Información pública: Orden convocatoria de subvenciones a entidades de perros de búsqueda, rescate y salvamento sin ánimo de lucro, en el ámbito de protección civil de La Rioja
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Orden por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades de perros de búsqueda, rescate y salvamento sin ánimo de lucro, en el ámbito de la protección civil de la Comunidad autónoma de La Rioja. 2024/000502
Diagnóstico breve
El artículo 57 de la Ley 1/2011, de 7 de febrero, de Protección Civil y Atención de Emergencias de La Rioja, expone:
Artículo 57. Organizaciones no gubernamentales.
En los términos establecidos en esta ley, las organizaciones no gubernamentales dedicadas al auxilio y socorro sanitario o asistencial y cuyos bienes o servicios puedan ser necesarios para la prevención o respuesta de las situaciones reguladas en esta ley serán consideradas servicios integrantes del sistema autonómico de protección civil.
Las entidades de búsqueda y rescate con perros se consideran servicios integrantes del sistema autonómico de protección civil y son un recurso movilizable por el Centro de Coordinación Operativa del Gobierno de La Rioja en caso de necesidades de búsqueda de personas principalmente en el medio rural o forestal.
Propuesta inicial
Se pretende solucionar el aseguramiento de los miembros de entidades que tienen como objeto la búsqueda, rescate y salvamento de personas con perros por accidentes y de los miembros y sus perros por responsabilidad civil ante actuaciones
Objetivos
El objetivo de la propuesta de orden es establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por la Consejería del Gobierno de La Rioja competente en Protección Civil, cuyos beneficiarios son las entidades
de perros de búsqueda, rescate y salvamento sin ánimo de lucro de La Rioja, para contribuir a su funcionamiento y actividad en el ámbito de la protección civil y la atención de emergencias en La Rioja.