Consulta previa: Decreto por el que se regula la convivencia escolar en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja
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El artículo 1.k) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, contempla la educación para la convivencia, el respeto, la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos, así como para la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, y en especial en el del acoso escolar y ciberacoso con el fin de ayudar al alumnado a reconocer toda forma de maltrato, abuso sexual, violencia o discriminación y reaccionar frente a ella. El artículo 2.c) de la citada Ley Orgánica 2/2006, de Educación, señala que uno de los fines hacia cuya consecución se orienta el sistema educativo español es la educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, así como en la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos. En un primer momento, el capítulo VI de la Ley 4/2024, de 1 de julio, de medidas administrativas y presupuestarias urgentes para la mejora de la prestación de los servicios públicos en La Rioja, ha establecido las medidas administrativas de convivencia en los centros educativos. Resulta, por consiguiente, necesario desarrollar reglamentariamente el nuevo marco legal para la convivencia escolar. 2024/519.
Diagnóstico breve
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, contempla la educación para la convivencia, el respeto, la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos, así como para la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, y señala que uno de los fines hacia cuya consecución se orienta el sistema educativo español es la educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, así como en la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos.
Actualmente, en la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Decreto 31/2022, de 1 de junio, por el que se regula la convivencia en los centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR de 3 de junio de 2022) estableció el marco general para el desarrollo de la convivencia positiva en nuestra Comunidad Autónoma. Sin embargo, la aplicación de la citada normativa ha provocado incertidumbre en los centros educativos riojanos. Es por ello que, pese a su breve periodo de vigencia, en atención a la demanda de los centros educativos, se ha hecho necesario redefinir la normativa autonómica relacionada con la convivencia escolar.
Propuesta inicial
Aprobar un Decreto que regule la convivencia escolar en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Objetivos
Regular la convivencia escolar en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Alternativas
No se contemplan otras alternativas regulatorias o no regulatorias.
Otras consideraciones
Se valorarán las distintas propuestas que lleguen durante el trámite de consulta previa para considerar su inclusión en
el borrador.