Consulta Previa: Decreto por el que se regula la inclusión educativa en La Rioja
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El artículo 1.b) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación establece como principios del sistema educativo español La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades, también entre mujeres y hombres, que ayuden a superar cualquier discriminación y la accesibilidad universal a la educación, y que actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que se deriven de cualquier tipo de discapacidad, de acuerdo con lo establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada en 2008, por España. Actualmente, en la Comunidad Autónoma de La Rioja, no existe normativa autonómica que regule la Equidad y la Inclusión en el ámbito educativo para todo el alumnado y especialmente para el alumnado vulnerable, lo que hace necesario su regulación. 2024/000457
Diagnóstico breve
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece como principios fundamentales del sistema educativo español la equidad e inclusión de todo el alumnado atendiendo y partiendo de las diferencias individuales del mismo.
Actualmente en la Comunidad Autónoma de la Rioja no existe normativa autonómica que regule las diferencias individuales del alumnado ni la respuesta educativa a las mimas.
Por otra parte, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada en 2008, por España, en su artículo 24 establece que los Estados Partes asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles.
Es por ello que resulta obligado el desarrollo de un Decreto que regule la inclusión educativa y de respuesta a la atención a las diferencias individuales del alumnado.
Propuesta inicial
Aprobar un Decreto que regule la inclusión educativa en los centros sostenidos con fondos públicos que imparten las etapas educativas no universitarias para la atención a las diferencias individuales del alumnado. En concreto, regular la identificación de potencialidades y las barreras para el aprendizaje, inclusión y participación de todo el alumnado, la planificación de la respuesta educativa desde el principio de inclusión, así como establecer y regular las medidas de inclusión educativa.
Objetivos
Regular los principios pedagógicos de la inclusión educativa en los centros sostenidos con fondos públicos de la Rioja.
Alternativas
No se contemplan otras alternativas regulatorias o no regulatorias.
Otras consideraciones
Se valorarán las distintas propuestas que lleguen durante el trámite de consulta previa para considerar su inclusión en el borrador.