Consulta Previa: Subvenciones a Ayuntamientos con agrupaciones de voluntarios de Protección Civil
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Orden por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a ayuntamientos con agrupaciones de voluntarios de protección civil en el ámbito de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de La Rioja. 2024/000410
Diagnóstico breve
El artículo 55 de la Ley 1/2011, de 7 de febrero, de Protección Civil y Atención de Emergencias de La Rioja, expone:
- Se denominan voluntarios de protección civil aquellas personas que, libre y desinteresadamente, participan de manera organizada, conformes a su reglamento y normativa de aplicación en las materias de esta ley. Su actividad se orienta principalmente a la prevención en actividades públicas y a la colaboración con otros servicios operativos en la protección y socorro de personas, bienes y medio ambiente en situaciones de riesgo, emergencia, catástrofe o calamidad.
- Los municipios y la Administración de la Comunidad Autónoma participarán en el desarrollo, mantenimiento y operatividad de las agrupaciones de voluntarios de protección civil homologadas mediante ...el aseguramiento...
- Las entidades de voluntariado de protección civil se atendrán a lo dispuesto en normativa específica.
El Decreto 49/1993, de 28 de octubre, por el que aprueba el Reglamento de las Agrupaciones Municipales de voluntarios de Protección Civil en la Comunidad Autónoma de La Rioja, en su artículo 29 indica que el voluntario de protección civil, en cualquier caso, tiene derecho a estar asegurado contra los posibles riesgos derivados de su actuación.
En el artículo 30 de la misma norma, se expone que los daños y perjuicios que, como consecuencia del trabajo voluntario, pueda recibir el beneficiario del mismo, así como los terceros, quedarán cubiertos por un seguro de responsabilidad civil
Propuesta inicial
Se pretende solucionar el aseguramiento de los voluntarios de las agrupaciones municipales de voluntarios de protección civil por accidentes y por responsabilidad civil ante actuaciones.
Objetivos
El objetivo de la propuesta de orden es establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por la Consejería del Gobierno de La Rioja competente en Protección Civil, cuyos beneficiarios son los ayuntamientos que dispongan de agrupación municipal de voluntarios de protección civil para contribuir a su funcionamiento y actividad en el ámbito de la protección civil y la atención de emergencias en La Rioja cumpliendo con las disposiciones normativas sobre el aseguramiento indicadas en el artículo 55 de la Ley 1/2011 de Protección Civil y Atención de Emergencias y en los artículos 29 y 30 del Decreto 49/1993, de 28 de octubre, por el que aprueba el Reglamento de las Agrupaciones Municipalesde voluntaros de Protección Civil en la Comunidad Autónoma de La Rioja.