Consulta previa: modificación del reglamento orgánico de los Centros de Educación Obligatoria

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El artículo 5, apartado a), del Decreto 1/2011, de 14 de enero, contempla la existencia de la figura del Jefe de Estudios de Infantil y Primaria y del Jefe de Estudios de Secundaria. El Decreto 22/2012, de 22 de junio, crea el Centro de Educación Obligatoria Villa de Autol. En la actualidad, el centro educativo Villa de Autol es el único centro docente con estas características en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, impartiendo las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria. No obstante, debido a la complejidad organizativa actual en el citado centro, en cuanto a volumen de alumnado y profesorado, resulta necesario contemplar la figura de la Jefatura de Estudios adjunta. 000091/24.

Diagnóstico breve

El artículo 5, apartado a), del Decreto 1/2011, de 14 de enero, dispone que los Centros de Educación Obligatoria
tendrán los siguientes órganos unipersonales de gobierno: Director, Jefe de Estudios de Infantil y Primaria, Jefe
de Estudios de Secundaria y Secretario.
La situación actual del Centro de Educación Obligatoria Villa de Autol y su complejidad organizativa conlleva la
necesidad de crear una figura no recogida en este Decreto, la figura de la Jefatura de Estudios adjunta.
Por lo tanto, se van a modificar los artículos del Decreto 1/2011, de 14 de enero, referidos a los componentes
del equipo directivo, para añadir la figura de la Jefatura de Estudios adjunta. De esta forma, las competencias de
esta Jefatura serán las que le delegue el Jefe o Jefa de Estudios de Infantil y Primaria y el Jefe o Jefa de Estudios
de Secundaria, previa autorización del Director o Directora.

Propuesta inicial

El borrador del texto Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 1/2011, de 14 de enero, por el que
se aprueba el reglamento orgánico de los Centros de Educación Obligatoria en la Comunidad Autónoma de La
Rioja recogerá la modificación de los órganos unipersonales de gobierno, en los términos señalados en la
propuesta inicial anterior.
Es por ello que resulta necesario llevar a cabo dicha modificación al objeto de adecuar la estructura organizativa
de los Centros de Educación Obligatoria a la compleja situación actual.

Objetivos

Modificar el Decreto 01/2011, de 14 de enero, por el que se aprueba el reglamento orgánico de los Centros de
Educación Obligatoria en la Comunidad Autónoma de La Rioja al objeto de incorporar dentro de los Órganos
unipersonales de gobierno la figura del Jefe o Jefa de Estudios adjunta.

Alternativas

No se contemplan otras alternativas regulatorias o no regulatorias.

Otras consideraciones

Estudiaremos y debatiremos las propuestas que nos lleguen durante la fase de debate y se valorará su inclusión
en el anteproyecto.

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