Consulta previa: ayudas a la contratación laboral de cuidadores cualificados y a la reducción de la jornada laboral
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Bases reguladoras para la concesión de ayudas a la contratación laboral de cuidadores cualificados y empleados del hogar y a la reducción de la jornada de trabajo para el cuidado de hijos menores de 14 años y de personas mayores de 65 años a cargo del solicitante.
Diagnóstico breve
El programa de Gobierno en materia de empleo tiene como objetivos:
- Enfoque al empoderamiento personal.
- Reforma de las políticas activas de empleo.
- Enriquecer los programas de ayudas al empleo, fomentar el empleo indefinido y mejorar la empleabilidad, así como la conciliación de la vida profesional y personal.
- La reciente situación inesperada y sobrevenida ante la crisis provocada por la llegada del COVID-19 hace necesaria una Orden de ayudas para facilitar la conciliación de la vida laboral y personal a través de medidas que posibiliten el adecuado cuidado de los hijos y de personas mayores de 65 años en el entorno del hogar doméstico.
Por lo que se pretende incorporar al mercado laboral a personas en desempleo mediante la contratación en hogares para el cuidado de los hijos o personas mayores de 65 años, cuando las personas de las que dependen no pueden hacerlo al tener que realizar su labor en sus respectivos puestos de trabajo.
Simultáneamente se trata de un impulso a la conciliación mediante la contratación directa de cuidadores y empleados del hogar en el propio domicilio y a su vez se abre la alternativa de que los padres puedan reducir su jornada laboral para el cuidado de sus hijos o de las personas mayores de 65 años a su cargo.
El procedimiento para la concesión de las subvenciones será el de concesión directa, previa convocatoria, y se concederán y abonarán en un solo trámite a los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos.
Propuesta inicial
La actual crisis provocada por la llegada del COVID-19, con situaciones no conocidas hasta ahora en cuanto a la limitación de la movilidad de las personas, hace necesario a su vez facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar, en un entorno social y laboral cambiante, en el que los padres y madres con hijos o con personas mayores de 65 años a su cargo necesitan apoyo para que estas personas tengan el cuidado que necesitan mientras ellos pueden seguir en su puesto de trabajo.
Se abre a su vez la posibilidad de incorporar al mercado laboral a personas en desempleo mediante la contratación en hogares para el cuidado de los hijos o personas mayores de 65 años, cuando las personas de las que dependen no pueden hacerlo al tener que realizar su labor en sus respectivos puestos de trabajo.
Es por tanto un impulso a la conciliación mediante la contratación directa de cuidadores y empleados del hogar en el propio domicilio y a su vez se abre la alternativa de que los padres puedan reducir su jornada laboral para el cuidado de sus hijos o de las personas mayores de 65 años a su cargo.
Es oportuno incentivar tanto la contratación temporal mínima de cuatro meses como la contratación indefinida que genera mayor estabilidad en el empleo. Junto con la orden de subvenciones destinadas al fomento del empleo por cuenta ajena y la orden dirigida a mayores de 52 años que han perdido su empleo por la pandemia COVID-19 se abre ahora mediante las ayudas de esta Orden la posibilidad de facilitar la conciliación, con la alternativa de contratar cuidadores y empleados del hogar, o bien, reducir la jornada laboral.
Se prevé que esta orden esté en vigor temporalmente, durante los años 2020 y 2021.
Los recientes datos del SEPE indican que actualmente hay 5.071 desempleados susceptibles de ser contratados con posibilidad de acceder a las ayudas de esta Orden.
Objetivos
La orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, destinadas a la contratación laboral de cuidadores cualificados y empleados del hogar en desempleo y a la reducción de la jornada de trabajo para el cuidado de hijos menores de catorce años o de personas mayores de 65 años a cargo del solicitante. Para ello se subvencionará:
- La contratación de trabajadores relacionados en el Anexo en situación de desempleo para el cuidado de hijos menores de catorce años o personas mayores de 65 años a cargo del solicitante.
- La reducción del horario laboral de trabajadores con hijos menores de catorce años o personas mayores de 65 años a su cargo para facilitar el cuidado de los mismos.
Alternativas
De acuerdo con la Ley general de subvenciones es preciso aprobar bases reguladoras para la concesión de subvenciones, por lo que no existen alternativas para ello.