Delegación de competencias del Alcalde
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Se publica, a continuación, Resolución de la Alcaldía de fecha 10 de julio de 2025 mediante la que se delegan competencias en la Teniente de Alcalde Marisol Medrano Paúl:
Resolución de la Alcaldía:
Considerando lo dispuesto en los artículos 21 del Texto Refundido de las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local y el 44 y 47 .2 del Reglamento de Organización y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y con motivo de mi ausencia de este término municipal durante los días 27 de julio al 4 de agosto de 2025, ambos inclusive,
RESUELVO
Primero. Delegar en la Miembro de la Comisión de Gobierno y Teniente de Alcalde María Soledad Medrano Paúl el ejercicio de todas las funciones correspondientes a esta Alcaldía durante los días 27 de julio al 4 de agosto de 2025, ambos inclusive.
Segundo. La Delegación comprende tanto las facultades de Dirección y gestión como la de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero. La Delegación conferida requerirá para su eficacia la aceptación, se publicará en el Boletín Oficial de La Rioja y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.
Cuarto. Los Concejales Delegados quedan obligados a informar a esta Alcaldía, a posteriori, de la gestión y disposiciones que dicten y, previamente, de las decisiones de transcendencia, en los términos previstos en el art. 115 del ROF.
En lo no previsto en esta Resolución regirán la LRBRL y el ROF en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen en estas Normas.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Rincón de Soto a 11 de julio de 2025.- El Alcalde-Presidente, Javier Martínez Llorente.