CRITERIOS DE DESEMPATE: resultado del sorteo para determinar el número y orden como criterios de desempate en los procedimientos de admisión de alumnado en ciclos formativos de Formación Profesional para el curso 2025/26
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Resolución 19/2025, de 9 de julio, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se hace público el resultado del sorteo para determinar el número y orden como criterios de desempate en los procedimientos de admisión de alumnado en ciclos formativos de Formación Profesional para el curso 2025/26.
Vistos:
1. El apartado noveno. A, párrafo 4, de la Resolución 5/2025, de 26 de mayo, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se establecen las instrucciones de los procesos de admisión y de matrícula del alumnado de Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Básico en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el curso 2025/26.
2. El apartado noveno. A, párrafo 4, de la Resolución 6/2025, de 26 de mayo, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se establecen las instrucciones de organización del proceso de admisión y matrícula en ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio en modalidad presencial en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el curso 2025/26.
3. El apartado noveno. A, párrafo 4, de la Resolución 7/2025, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se establecen las instrucciones de organización del proceso de admisión y matrícula en ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior en modalidad presencial en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el curso 2025/26.
4. El apartado séptimo, apartado 4, de la Resolución 15/2025, de 18 de junio, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se establecen las instrucciones de organización del proceso de admisión y matrícula en Grados B y D vinculados a los títulos de Formación Profesional de Grado Medio y Grado Superior en modalidad virtual en el Centro Integrado Público de Formación Profesional a Distancia de La Rioja para el curso 2025/26.
Se procede a realizar en la fecha de 9 de julio de 2025 el acto público de sorteo con el fin de obtener el número y el orden que servirán como criterio para resolver los casos de empate en los procedimientos de admisión regulados mediante las resoluciones anteriormente citadas.
Por todo lo anterior, el Director General de Formación Profesional, en virtud de las competencias legalmente atribuidas por el Decreto 53/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
RESUELVE
Primero. Hacer público que el número que se aplicará como criterio último para resolver los casos de empate entre solicitantes, una vez aplicados todos los criterios de prelación en cada uno de los procesos de admisión en enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo para el curso 2025/26, es el número 8275.
Segundo. Hacer público que el orden a seguir para decidir la proximidad del número asignado a cada solicitante de los correspondientes procesos de admisión respecto al número de desempate será decreciente.
Tercero. Publicar el resultado del sorteo en la página web del Gobierno de La Rioja y la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Empleo en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación/notificación, de conformidad con los artículos 121 y 122 siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso de los previstos en la legislación vigente.
Logroño a 9 de julio de 2025.- El Director General de Formación Profesional, Luis Daniel Marín Bueno.