Delegación de funciones para la celebración de matrimonio civil
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Resolución de Alcaldía de fecha 9 de julio de 2025 del Ayuntamiento de Uruñuela, en uso de las atribuciones concedidas por el artículo 43.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre ha resuelto delegar la atribución que le confiere el artículo 51.2.1º del Código Civil, con referencia a la autorización de matrimonio civil:
- En el concejal Antonio Ramón Hernández Lobo, para celebrar el matrimonio civil que tendrá lugar el 5 de septiembre de 2025. Expediente número 20250619/027545.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del citado Reglamento.
Uruñuela a 9 de julio de 2025.- El Alcalde-Presidente, Carmelo Benito Guinea Pascual.