Delegación en la Junta de Gobierno Local la competencia plenaria de aprobación del expediente, la apertura del procedimiento de adjudicación y la aprobación del gasto, del Servicio de Ayuda a Domicilio
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El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el 20 de junio de 2025, acordó:
Vista la memoria de necesidad del Servicio de Ayuda a Domicilio para 2026 y siguientes, redactada por la Trabajadora Social.
Visto que el valor estimado del servicio, para los cuatro años previstos, incluidas sus posibles prórrogas, excede del 10% de los recursos ordinarios del presupuesto, y que el órgano de contratación competente para el inicio, tramitación y resolución del expediente es el Pleno, conforme la DA 2ª LCSP y el artículo 21.1.o) Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Visto que durante el proceso de tramitación del expediente se requiere de la intervención del órgano de contratación, que es el Pleno, y que éste celebra sesión ordinaria una vez cada dos meses, teniendo en cuenta que previamente debe de celebrarse una sesión de la comisión informativa correspondiente y que el contrato de deberá estar adjudicado antes del 31 de diciembre de 2025.
Visto que la Junta de Gobierno Local, celebra sesión ordinaria todos los martes, lo que dotaría al procedimiento de contratación en su fase de preparación de mucha mayor agilidad y practicidad.
Visto que existe la posibilidad de delegación de competencias de determinadas materias del Pleno en la Alcaldía y en la Junta de Gobierno Local, conforme al artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el 51.3. ROF, que dispone: 3. El acuerdo de delegación contendrá el ámbito de los asuntos a que la misma se refiera y las facultades concretas que se delegan, así como las condiciones específicas de ejercicio de las mismas en la medida en que se concreten o aparten del régimen general previsto en este Reglamento.
Visto el Dictamen de la Comisión informativa de Bienestar Social e Igualdad de fecha 20 de junio de 2025.
El Pleno, por unanimidad,
ACUERDA
Primero. Delegar en la Junta de Gobierno Local, el ejercicio de las competencias para la aprobación del expediente, la apertura del procedimiento de adjudicación y la aprobación del gasto del Servicio de Ayuda a Domicilio, todos ellos actos de preparación del contrato, correspondiéndole la resolución de cualesquiera incidencias que surjan en el expediente, en el que actuará como órgano de contratación.
No se delega la atribución de efectuar la adjudicación, ni la de resolver sobre los efectos y extinción del mismo.
Segundo. Publicar el acuerdo de delegación en el Boletín Oficial de La Rioja, cursando efecto a partir del día siguiente al de su adopción.
Tercero. Dar cuenta a la Junta de Gobierno Local de este acuerdo en la próxima sesión que por la misma se celebre.
Haro a 23 de junio de 2025.- La Alcaldesa-Presidenta, Guadalupe Fernández Prado.