Apertura de cobranza de la tasa de alcantarillado 2025 y tasa de recogida de basura 2025 (segunda cuota)
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El periodo voluntario será del 15 de julio al 16 de septiembre de 2025. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Real Decreto 939/2005 de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se advierte a los obligados al pago que, transcurrido el periodo de recaudación voluntaria en la fecha señalada, para las deudas que no hayan sido satisfechas se iniciará el periodo ejecutivo, incrementándose dichas deuda con los recargos de dicho periodo ejecutivo, los intereses que se devenguen y las costas que se produzcan, exigiéndose su ingreso mediante el procedimiento administrativo de apremio.
El ingreso de las deudas podrá efectuarse por los obligados al pago mediante la modalidad de domiciliación bancaria en cualquier Entidad Financiera que el obligado al pago haya comunicado oportunamente ante el Ayuntamiento de Anguciana, de acuerdo con las normas contenidas en los artículos 25.2 y 38 del Real Decreto 939/2005 de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Asimismo, serán remitidos los soportes de ingreso correspondientes a los obligados al pago que no tengan formalizada Domiciliación Bancaria, al objeto de que procedan a su ingreso a través de la Entidad Banco Santander. No obstante, si dicho soporte de ingreso no es recibido por el obligado al pago, éste deberá proceder a su solicitud presencialmente en la oficina de Recaudación del Ayuntamiento de Anguciana, sita en la Plaza de la Constitución número 1 de Anguciana (La Rioja), los lunes y miércoles en horario de 11:00 a 12:30 horas o a través del teléfono 628 784 827.
Anguciana a 4 de junio de 2025.- El Alcalde-Presidente, Jorge Loyo Mendoza.