Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por abastecimiento de agua

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Adoptado por este Ayuntamiento en sesión plenaria de 17 de febrero de 2025, acordó la aprobación provisional de la modificación la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por abastecimiento de agua, tal y como se transcribe mas adelante, y no habiéndose presentado reclamaciones contra el mismo en el plazo de treinta días de exposición al público del expediente, efectuado mediante anuncio fijado en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 40, de fecha 27 de febrero de 2025, queda definitivamente aprobado dicha ordenanza de conformidad con lo dispuesto en el articulo 7.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, pro el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y la propia resolución corporativa.

En cumplimiento de lo establecido en el articulo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, a continuación se inserta el texto íntegro de la modificación de la citada ordenanza fiscal, elevada ya a definitiva a todos los efectos legales.

Contra dicho acuerdo y ordenanza fiscal podrá interponerse, de conformidad con el artículo 19 del referido Real Decreto Legislativo 2/2004, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, en la forma que establece la ley reguladora de dicha jurisdicción.

José Luis Alonso Tejada, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Azofra.

Certifico:

Que el Ayuntamiento en Pleno en sesión celebrada el día 17 de febrero de 2025 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Dada cuenta por José Luis de su contenido, concretado en la implementación del nuevo supuesto gravable del contador de agua y sometido a votación el punto del orden del día, es aprobado por unanimidad PP y PSOE y, en consecuencia, se expondrá al público a efectos de alegaciones durante 30 días hábiles en el Boletín Oficial de La Rioja, transcurridos los cuales sin haberse presentado alguna, el presente acuerdo se elevará a definitivo,

ACUERDA

Único. Aprobación con carácter definitivo la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por abastecimiento de agua, con redacción que continuación se recoge:

Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de tasa de abastecimiento de agua.

Se implementa el nuevo supuesto de gravable de adquisición del contador, siendo el importe de 50 euros/contador.

Azofra a 28 de mayo de 2025.- El Alcalde-Presidente, Aurelio Cantera Montoya.

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