SUBVENCIONES: convocatoria para el ejercicio 2025, de las subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo referidas en el artículo 2.1 de la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo (extracto)
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Resolución 155/2025, de 19 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se convocan para el ejercicio 2025, las subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo referidas en el artículo 2.1 de la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo (extracto).
BDNS: 829867
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/829867)
Primero: Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo y demás asociaciones, entidades y organizaciones que cumplan los requisitos establecidos el artículo 13 del Decreto 14/2006 y en el artículo 3 de la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo.
Segundo: Objeto.
Estas subvenciones están destinadas a financiar la ejecución de los proyectos de cooperación, entendidos como conjunto de actuaciones que tengan como finalidad contribuir al desarrollo humano, social o económico de la población de los países socios catalogados como receptores de ayuda al desarrollo por el Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE.
Tercero: Bases reguladoras.
La Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo (Boletín Oficial de La Rioja número 62, de 22 de mayo de 2019).
Cuarto: Cuantía.
El gasto de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un total de 2.776.300 euros, que se financiarán con cargo a las partidas 07.02.01.1421.480.00 y 07.02.01.1421.780.00 de la Dirección General de Cultura de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud.
Quinto: Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 31 días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Las solicitudes deberán presentarse antes de las 14:00 horas del último día de plazo. La documentación que debe acompañar a la solicitud se recoge en el artículo 12 de la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo.
Sexto: Otros datos de interés.
- Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=24565).
- Documentación: La presentación de la solicitud se realizará por el representante de la entidad o de la agrupación, telemáticamente, mediante la cumplimentación de los campos establecidos en la aplicación informática creada al efecto y disponible en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (https://ias1.larioja.org/cex/infra/indexCAR.jsp?sist=GSP).
La solicitud deberá estar acompañada de la siguiente documentación:
Documentación obligatoria: la documentación obligatoria exigida en la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo, deberá presentarse de acuerdo a los modelos suministrados en el aplicativo CEX, disponibles igualmente en la oficina electrónica y conforme a las indicaciones contenidas en los mismos.
Documentación adicional: se podrá presentar documentación adicional, en un único archivo, hasta un máximo de 100 páginas, tipo de letra Arial 10, interlineado sencillo, con márgenes (superior e inferior, derecho e izquierdo) entre 2 y 2,5 cm. Por cada página en exceso, se penalizarán 0,10 puntos del total de la puntuación obtenida.
No se admitirán enlaces a otros documentos ni a otra información tanto en la documentación obligatoria como en la documentación adicional.
- Procedimiento de concesión: se tramitará conforme a lo previsto en el artículo 10 y siguientes de la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo.
- Plan Anual de Cooperación: Prioridades marcadas en el plan anual (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=24565):
Línea de Actuación Prioritaria 5 del V Plan Director. Proyectos que busquen la mejora de la producción y la productividad agrícola con un enfoque de sostenibilidad medioambiental aumentando los ingresos de pequeños productores en particular las mujeres, los pueblos indígenas, la agricultura familiar y otros colectivos especialmente vulnerables.
Línea de Actuación Prioritaria 19 del V Plan Director. Proyectos que tengan como objetivo facilitar un puesto de trabajo decente para las mujeres y los hombres, incluidos los jóvenes y las personas con discapacidad, así como la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor con especial atención a jóvenes y colectivos vulnerables que no cursan estudios ni reciben capacitación para el empleo.
Línea de Actuación Prioritaria 24 del V Plan Director. Proyectos de apoyo institucional que sirvan para el fortalecimiento de capacidades técnicas de instituciones públicas locales que apoyen la creación de instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas a la ciudadanía en especial aquellas con competencias en materia de protección de las personas víctimas de violencia y trata, así como la promoción de los DDHH. Serán de especial interés proyectos de ONGD que incorporen la participación de personal funcionario del Gobierno de La Rioja y de EELL de la región.
Asimismo, el Plan Anual de Cooperación para el Desarrollo 2025 incluye, con el consenso del Consejo Regional de Cooperación para el Desarrollo, conforme a lo previsto en el V Plan Director de Cooperación de La Rioja, a Guatemala como país prioritario, a efectos del apartado 4.1.1. del Anexo I de la citada de la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo.
Logroño a 19 de mayo de 2025.- El Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, José Luis Pérez Pastor.