Adjudicación provisional de los puestos para venta ambulante en el Paseo de las Norias durante las fiestas de San Bernabé 2025
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De conformidad con lo previsto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se notifica la Resolución de Alcaldía nº 03597/2025 de fecha 19 de mayo de 2025 por tratarse de un acto integrante de un procedimiento de concurrencia competitiva, y cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:
Esta Concejalía de Urbanismo, Espacio Público y Ciudad Circular, en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, y teniendo en cuenta:
1. El Acuerdo de Junta de Gobierno número 16-04-2025/O/027, adoptado en sesión celebrada con fecha 16 de abril de 2025, por el que se aprobaron las Bases reguladoras para la concesión de autorizaciones de ocupación de espacios en la vía pública por puestos de venta ambulante durante las fiestas de San Bernabé y San Mateo 2025. Dichas Bases fueron objeto de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja núm. 75, de fecha 22 de abril de 2025, estando expuestas igualmente en el Tablón de Edictos municipal desde el día 23 de abril hasta el día 7 de mayo ambos inclusive, tal y como consta en el Certificado emitido al efecto obrante en el expediente de fecha 8 de mayo de 2025.
2. El informe emitido por el TAG del Área de Urbanismo, Espacio Público y Ciudad Circular de Espacio Público y Actividades de fecha 16 de mayo de 2025, en el que estima correcta la documentación presentada por 20 de las asociaciones que han realizado solicitud de acuerdo a las Bases mencionadas, según el orden en el que han completado la documentación.
3. La siguiente Asociación queda fuera del reparto al no aportar la documentación exigida en las Bases reguladoras (cláusula 6), ni proceder a la oportuna subsanación de conformidad con lo previsto en las mismas (cláusula 8), tal y como consta en el expediente:
Asoc. De Vendedores de Prod. De Artesania Ibili Munduan G01401561
4. El informe emitido por la Técnico de Grado Medio en Dominio Público de fecha 16 de mayo de 2025 en el que concluye el reparto procedente del número de puestos solicitados por cada Asociación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de las Bases reguladoras tal y como se recoge en el Dispositivo Segundo de la presente Resolución.
5. El contenido del Capítulo IV Título III, de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación de Comercio Minorista, modificado por la Ley 1/2010, de 1 de marzo, el Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria, y la Ordenanza Reguladora de las Actividades comerciales e Industriales en Terrenos Públicos en la ciudad de Logroño.
6. El artículo 127.2 de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases del Régimen Local en su redacción dada por la Ley 57/2003 de Medidas de Modernización del Régimen Local.
7. El Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de julio de 2024, de delegación de competencias en el Concejal Titular del Área de Urbanismo, Espacio Público, Infraestructuras y Ciudad Circular.
8. La propuesta de Resolución formulada al efecto por el T.A.G. del Área de Urbanismo, Espacio Público y Ciudad Circular.
RESUELVE
Primero. Excluir del proceso de adjudicación para la obtención de puestos para ejercer la venta ambulante en el Paseo de las Norias durante las fiestas de San Bernabé 2025, a
Asoc. de Vendedores de Prod. de Artesania Ibili Munduan | G01401561 | No aporta la documentación exigida en las Bases Reguladoras (cláusula 6): - Certificado emitido por Registro de Asociaciones, - Número de puestos solicitados, - Declaración responsable suscrita por socios integrados en la lista. |
Segundo. Adjudicar provisionalmente los puestos de venta ambulante a las asociaciones que a continuación se relacionan, indicando el orden de adjudicación y el número de puestos asignados:
Orden | Reg. de solicitud | NIF | Asociación | Solicitados | Adj. Provis. |
1 | 21071 | G26549485 | Asociación Touba La Rioja | 6 | 6 |
2 | 21114 | G26558510 | Asoc. de Vend. Makarimal Akhlahi | 5 | 5 |
3 | 21401 | G62702741 | Collectiu D'Artesans Multietnic Cultural | 8 | 7 |
4 | 21441 | G71382329 | Asociación Mbolo | 7 | 7 |
5 | 21527 | G74471731 | Asoc. de Venta Ambulante Touba Granada Asturias | 6 | 6 |
6 | 21665 | G87471835 | Asociación de Artesanos Cordillera de los Andes | 8 | 6 |
7 | 21670 | G83353482 | Asociación Profesional de Artesanos Cesar Vallejo | 5 | 5 |
8 | 21870 | G10753154 | Asociación de Feriantes de Izarra Afizar | 8 | 6 |
9 | 22051 | G42694083 | Asoc. de Vendedores Ambulantes Artesanos Agatha de Flor | 2 | 2 |
10 | 22069 | G74430737 | Asoc. Vend. Ambulantes Senegaleses en Asturias | 8 | 6 |
11 | 22148 | G95917472 | Asoc. Defensa Derechos de las Personas Manteras 'Mbolo Moye Doole' | 8 | 6 |
12 | 22162 | G10761286 | Fusión Comerciantes Run@ Rock | 4 | 4 |
13 | 22723 | G98192727 | Asociación Estar Siempre Unidos E.S.U. | 6 | 6 |
14 | 22755 | G74457540 | Asoc. de Venta Ambulante Africa Asturias | 5 | 5 |
15 | 22808 | G26553107 | Asoc. Vend. Ambulantes Touba | 5 | 5 |
16 | 23095 | G44518546 | Asoc. Artesanos de Ben Slimane | 4 | 4 |
17 | 23278 | G01576248 | Asoc. Vendedores Ambulantes de Izarra Ambuizar | 10 | 6 |
18 | 23427 | G56150287 | Asoc. Pastef Asturias | 5 | 5 |
19 | 23428 | G10596385 | Asoc. Serigne Fallou Asturias Gijón | 5 | 5 |
20 | 23430 | G26545731 | Asoc. Vendedores Ambulantes en Logroño | 4 | 4 |
Totales | 106 |
De esta forma quedan asignados provisionalmente los 106 puestos disponibles, que lo serán definitivamente siguiendo el orden señalado y comenzando por el puesto marcado con el número 52 (de acuerdo a lo establecido en el cláusula 8 de las bases reguladoras) para aquellas asociaciones que completen la documentación señalada en el artículo 9 de las citadas Bases.
Tercero. Habilitar a las asociaciones señaladas en el dispositivo segundo, un plazo de cinco días hábiles contado a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja para la siguiente documentación, a efectos de proceder a la adjudicación definitiva:
Justificante del abono de la tasa correspondiente a los puestos que tengan autorizados de conformidad con la tarifa establecida en la ordenanza fiscal número 18, Reguladora de las Tasas por instalación de puestos, barracas, casetas de venta, quioscos, espectáculos o atracciones situadas en terrenos de uso público, considerando como módulo de 4 metros lineales.
Justificante de constitución de fianza por importe de 750 euros por cada asociación, en garantía de la conservación y correcta reposición del dominio público afectado.
Cuarto. Notificar la presente Resolución a los interesados, así como dar traslado de la misma a Intervención General, a la Dirección General de Gestión Tributaria, a Parque de Servicios y Dirección General de Medio Ambiente a los efectos oportunos.
Logroño a 19 de mayo de 2025.- El Alcalde, Conrado Escobar Las Heras.