SUBVENCIONES: requerimiento de subsanación relativo a la convocatoria pública 2025, de ayudas económicas con carácter de subvención a Entidades Locales integradas en la Reserva Regional de Caza de Cameros-Demanda
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Requerimiento de subsanación relativo a la convocatoria pública aprobada mediante Resolución 538/2025, de 9 de abril, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria pública para el año 2025, de ayudas económicas con carácter de subvención a Entidades Locales integradas en la Reserva Regional de Caza de Cameros-Demanda.
Mediante Resolución 538/2025, de 9 de abril, (Boletín Oficial de La Rioja número 72, de 14 de abril de 2025), de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, se convoca la subvención regulada en la Orden AGR/5/2019, de 19 de febrero, por la que se modifica la Orden 12/2016, de 25 de abril, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a Entidades Locales integradas en la reserva regional de caza de Cameros-Demanda.
Una vez revisada la documentación presentada, se ha comprobado que algunas solicitudes están incompletas, al constatarse errores o información incompleta en los documentos exigidos por la Orden AGR/5/2019, de 19 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
En consecuencia, se comunica a los beneficiarios que se relacionan a continuación, que disponen de un plazo de diez días hábiles desde la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de La Rioja, para realizar las siguientes subsanaciones:
Expediente S25-RV001. Ayuntamiento de Jalón de Cameros.
Falta:
- Certificación acreditativa de acuerdo o resolución órgano municipal.
- Nombramiento director obra.
- Certificado de disponibilidad terrenos.
Expediente S25-RV002. Ayuntamiento de Rabanera.
Falta:
- Certificación acreditativa de acuerdo o resolución órgano municipal.
- Proyecto de obra, memoria valorada o, en su caso, anteproyecto, firmado por técnico competente en la materia.
Expediente S25-RV009. Ayuntamiento de Viniegra de Abajo.
Falta:
- Certificación acreditativa de acuerdo o resolución órgano municipal.
- Nombramiento director obra.
- Certificado de disponibilidad terrenos.
- Proyecto de obra, memoria valorada o, en su caso, anteproyecto, firmado por técnico competente en la materia.
Expediente S25-RV010. Hermandad de las Trece Villas de la Venta de Piqueras.
Falta:
- Proyecto de obra, memoria valorada o, en su caso, anteproyecto, firmado por técnico competente en la materia.
Expediente S25-RV011. Ayuntamiento de Enciso.
Falta:
- Certificación acreditativa de acuerdo o resolución órgano municipal.
- Nombramiento director obra.
- Proyecto de obra, memoria valorada o, en su caso, anteproyecto, firmado por técnico competente en la materia.
Expediente S25-RV012. Ayuntamiento de Ezcaray.
Falta:
- Certificación acreditativa de acuerdo o resolución órgano municipal.
- Nombramiento director obra.
- Certificado de disponibilidad terrenos.
- Proyecto de obra, memoria valorada o, en su caso, anteproyecto, firmado por técnico competente en la materia.
Expediente S25-RV014. Ayuntamiento de Canales de la Sierra.
Falta:
- Nombramiento director obra.
- Proyecto de obra, memoria valorada o, en su caso, anteproyecto, firmado por técnico competente en la materia.
Por tanto se requiere a los beneficiarios indicados a que, en un plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de La Rioja, presenten las subsanaciones indicadas en su expediente dentro de la página web del Gobierno de La Rioja - Medio Ambiente - Subvenciones - Procedimiento 01947 subvenciones a entidades locales integradas en la Reserva Regional de caza de La Rioja Cameros-Demanda, de acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. En caso contrario, se les tendrá por desistidos de su solicitud de ayuda, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 de la Orden AGR/5/2019, de 19 de febrero, y en artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Logroño a 16 de mayo de 2025.- El Jefe de Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca, Pedro Pablo Matute Lozano.