Descalificación voluntaria de vivienda de protección oficial
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública la Resolución de descalificación voluntaria de Vivienda de Protección Oficial, dictada por el Director General de Urbanismo y Vivienda, del beneficiario que a continuación se relaciona:
Expediente Fecha Resolución Dirección Localidad
26-D-22/2024 13/05/2025 Santa Eugenia 8 1 A Nájera
La presente Resolución no ponen fin a la vía administrativa, al no ser contemplado entre los supuestos previstos en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ni en los del artículo 45 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada indistintamente ante el mismo órgano que dicta esta Resolución o ante el Consejero de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Logroño a 13 de mayo de 2025.- El Director General de Urbanismo y Vivienda, Carlos Alonso Ledesma.