Decreto del Presidente 4/2025, de 9 de mayo, por el que se dispone el nombramiento de un miembro de la Comisión de garantía y evaluación de La Rioja
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
El Decreto 42/2021, de 25 de junio, por el que se crean la Comisión de garantía y evaluación de La Rioja y el Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la prestación sanitaria de ayuda médica para morir establece, en su artículo 5.5, que el Presidente y los Vocales de la Comisión de garantía y evaluación de La Rioja serán nombrados y cesados por decreto de quien ostente la Presidencia de la Comunidad Autónoma, a propuesta de la consejería competente en materia de salud.
El Decreto del Presidente 5/2024, de 30 de julio, por el que se dispone el nombramiento de los miembros de la Comisión de garantía y evaluación de La Rioja, dispuso el nombramiento de los miembros que integran la actual Comisión de garantía y evaluación de La Rioja.
Ante el cese por jubilación de uno de los miembros de la Comisión, profesional médico, es necesario proceder al nombramiento de un nuevo profesional médico para ocupar la vocalía vacante.
En su virtud,
DISPONGO
Primero. Nombrar como vocal de la Comisión de garantía y evaluación de La Rioja a doña Sandra Colina Lizuain.
Segundo. El presente decreto tendrá efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño a 9 de mayo de 2025.- El Presidente, Gonzalo Capellán de Miguel.