Resolución 790/2025, de 4 de abril, del Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se modifica la Resolución 1634/2024, de 12 de agosto, de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueba la refundición y modificación del Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2025

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Antecedentes:

La Resolución 1673/2022, de 21 de noviembre, (Boletín Oficial de La Rioja número 224 de 22 de noviembre) de la entonces Consejería de Hacienda y Administración Pública, aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de las Consejería de Hacienda y Administración Pública para el periodo 2023-2025 que ha sido modificado posteriormente y mediante sucesivas Resoluciones número 651/2023 (Boletín Oficial de La Rioja número 209 de 17 10. 23), número 288/2024 (Boletín Oficial de La Rioja número 31 de 13.02.2024), número 800/2024 (Boletín Oficial de La Rioja número 84 de 30 4.2024) del Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno.

Finalmente, mediante Resolución 1634/2024, de 12 de agosto, de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, (Boletín Oficial de La Rioja número 158, de 14 de agosto de 2024) se aprueba la refundición y modificación del Plan Estratégico de Subvenciones, en adelante PES, que ahora se modifica.

La presente modificación obedece a la supresión de una línea correspondiente a la Subdirección General del Instituto de Estadística de La Rioja por una parte, al cambio de otra línea de la Dirección General de Tributos por otra, y finalmente, a la creación de dos nuevas líneas que surgen, la primera de la Dirección General de Fondos Europeos y de Relaciones con la Unión Europea que consiste en una Subvención a la Federación Riojana de Municipios, para la prestación a los municipios de menos de 2.500 habitantes de la Comunidad Autónoma de la Rioja de un servicio de asistencia en materia de fondos europeos y la segunda, de la colaboración del Gobierno de La Rioja con la Jefatura Superior de Policía de La Rioja con motivo del 200 aniversario de la Policía Nacional con el fin de instalar una estatua de los Santos Ángeles Custodios en lugar destacado en la ciudad de Logroño, como homenaje al citado Cuerpo.

Así mismo y en el marco de las Actuaciones relativas a los Medios de Comunicación y Publicidad Institucional, la Secretaría General Técnica de la Consejería , propone la modificación de determinados elementos de las 3 líneas que las integran y que son los referentes a la eliminación del anticipo de pago , modificación de la justificación e importe de las Subvenciones para la producción y emisión de contenidos audiovisuales y los indicadores establecidos para la Subvención que financia el Convenio de colaboración entre el Gobierno de La Rioja y la Asociación de Informadores Gráficos de Prensa y Televisión de La Rioja (AiG), para el impulso y consolidación de la información y contenidos gráficos en el marco del derecho a la información y la Subvención que financia el convenio de colaboración a suscribir entre el Gobierno de La Rioja, y la Asociación de Empresas de Comunicación e La Rioja, 'A Crear'.

La línea que la mencionada Subdirección General del Instituto de Estadística de La Rioja propone suprimir, habida cuenta de la falta de implementación a lo largo de la vigencia del Plan que se modifica e incluso de la del anterior PES, es la denominada 'Subvención de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas de formación tanto de personal técnico como de personal investigador que se realicen en el ámbito de la actividad estadística oficial y que sean promovidas por la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno'.

La línea propuesta por la Dirección General de Tributos iniciada en el ejercicio anterior se trata, en realidad del desdoblamiento de una única anterior más generalista la cual, atendiendo a la necesidad de una mayor especialización en la prevención y atención del juego patológico dio lugar a dos líneas, desplegadas en tres actuaciones que se han previsto como subvenciones nominativas en la Ley de Presupuestos Generales para 2025 y se contemplan en el ámbito del Plan de Prevención de Adicciones, siendo las siguientes:

- Subvención a las asociaciones riojanas que se encarguen de la rehabilitación de personas con trastornos psicológicos asociados a los juegos de azar.

- Ayudas para la Prevención de Adicciones.

En virtud del artículo 65 de la Ley 3/2022, de 29 de marzo, reguladora del juego y las apuestas de La Rioja y de la prevención del juego problemático y patológico, las entidades de carácter social que tengan la finalidad de prevención y atención en ese ámbito regulado por la Ley, recibirán las ayudas que se establezcan en los Presupuestos Generales de La Rioja.

Las tres actuaciones contempladas en la Ley de Presupuestos Generales mencionadas, a enmarcar en las líneas citadas son:

- Subvención a las asociaciones riojanas que se encarguen de la rehabilitación de personas con trastornos psicológicos asociados a los juegos de azar:

12.04.9231.480.01   ARJA. Gastos generales de funcionamiento                26.000

- Ayudas para la Prevención de Adicciones:

12.04.9231.480.02  
Proyecto Hombre. Plan Prevención Adicciones           
 8.000
12.04.9231.480.03 ARJA. Plan Prevención Adicciones 8.000

En cuanto a la línea propuesta por la Dirección General de Fondos y Relaciones con la Unión Europea, tiene por objeto impulsar, la prestación de servicios de asistencia y cooperación jurídica, económica, administrativa y técnica para potenciar la capacidad de gestión de las entidades locales a través de los instrumentos adecuados. Específicamente, la asistencia en materia de fondos europeos, una competencia de vital importancia en el momento actual, lo que ha motivado que se confiera una función en esta materia a la Consejería de Hacienda Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno a través de la citada Dirección General. Por otro lado, al amparo de lo establecido en la disposición adicional quinta de la citada Ley 7/1985, la Federación Riojana de Municipios tiene entre sus fines el de prestar los servicios que los municipios les soliciten o les deleguen. El Gobierno de La Rioja cuenta con crédito suficiente para, en concepto de subvención a la Federación Riojana de Municipios, prestar a los municipios de menos de 2.500 habitantes de la Comunidad Autónoma de La Rioja de un servicio de asistencia en materia de fondos europeos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Tal y como se justificó en el expediente de aprobación del Convenio suscrito el 17 de diciembre de 2024, a través del mismo se pretende completar el conjunto de actuaciones de asesoramiento técnico que se desarrollan por la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, en favor de las entidades locales riojanas, por parte de los servicios técnicos del propio Gobierno de La Rioja; financiando las actuaciones a desarrollar por la Federación Riojana de Municipios, en orden a facilitar a las citadas entidades la gestión de los fondos europeos derivados del MRR. El Convenio prevé un gasto de 300.000 euros ya abonado con carácter anticipado al 100% en el ejercicio 2024, establece fecha límite de justificación del gasto el 15 de julio de 2026 y su vigencia se extiende hasta 2026.

La última de las líneas propuestas tiene su origen en la Colaboración mencionada con la Jefatura Superior de Policía de La Rioja que canaliza a su vez una iniciativa de la Fundación Policía Española cuyo fin último es la suscripción de un Convenio entre la Comunidad Autónoma de La Rioja y la mencionada Fundación para conceder a la Fundación de Policía Española una subvención para la realización del proyecto denominado 'Escultura estatua de los Santos Ángeles Custodios homenaje a la Policía Nacional' con una aportación de la Comunidad Autónoma de 6.000,00 euros (SEIS MIL EUROS). Esta aportación se realizará con cargo a la partida presupuestaria 12.01.9111.780.00 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el año 2025.

La subvención será de concesión directa al amparo del artículo 22 apartado 2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por apreciarse y considerarse las razones de interés público y cultural que han sido expuestas por la entidad solicitante, y que no son otras que la singularidad del proyecto objeto del mismo, su autoría y el motivo que sustenta la ejecución del mismo. A su vez, es claro el interés público, social y cultural que se ha expuesto por la Fundación a efectos de ejecución de la escultura de homenaje de que se trata. La singularidad de la subvención deriva del propio proyecto presentado. Su carácter único viene determinado por la autoría del escultor cartagenero Juan José Quirós Illán, quién ha realizado estas esculturas temáticas en diversas capitales y ciudades españolas, con la misma finalidad de homenaje.

Por las razones expuestas, y de conformidad con los artículos 42.2 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros y 8 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, corresponde en este momento modificar el Plan Estratégico 2023-2025 para crear y modificar las líneas de subvención descritas.

Informada la creación y modificación de dichas líneas por la Dirección General de Control Presupuestario, este Consejero, en uso de las facultades que tiene conferidas

RESUELVE

Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Hacienda y Administración Pública para el periodo 2023-2025 y en su virtud incluir, suprimir y modificar las líneas de subvención siguientes:

ACTUACIONES RELATIVAS A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y PUBLICIDAD INSTITUCIONAL

1.- Subvenciones para la producción y emisión de contenidos audiovisuales.
A. Partida presupuestaria:
1212.1812.470.00
B. Objetivos:

Consolidar la programación televisiva original relacionada con elementos culturales o sociales, actividad económica, eventos deportivos, y cualquier otra que se refiera a la actividad de la sociedad riojana. Se entiende por programación original aquella que no consista en la mera reemisión de programas televisivos cuya difusión se haya realizado o se esté realizando por otro medio.

C. Indicadores:
Número de beneficiarios.

Previsión año 2023: dos beneficiarios.

Previsión año 2024: dos beneficiarios.

Previsión año 2025: dos beneficiarios.

D. Justificación:

La justificación del proyecto se realizará de conformidad con la modalidad de cuenta justificativa con aportación de informe de auditor regulada en el artículo 74 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las entidades beneficiarias quedan obligadas a presentar la solicitud de pago, la cuenta justificativa y el informe de auditor sobre la misma, en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la fecha de finalización del periodo de ejecución de la actividad subvencionada.

La cuenta justificativa estará compuesta por:

a) Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

b) Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas.

La memoria económica comprenderá toda la documentación que justifique los gastos efectuados con cargo a la subvención concedida, y contendrá:

Certificación en la que conste una relación de todos los gastos incurridos en la ejecución del objeto de la subvención, firmada por persona legalmente autorizada. Dicha certificación señalará que los gastos que se relacionan corresponden exclusivamente con los producidos en la ejecución del programa, indicando en esa relación el número de factura, el concepto detallado y su importe.

Una relación clasificada de los gastos conforme al modelo de tabla de gastos facilitada por la administración concedente en la que figure la relación de los gastos realizados.

Justificantes de gastos y pagos realizados: Se deberán aportar las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación anterior y la documentación acreditativa del pago.

Se incluirán justificantes de gastos realizados durante el plazo de ejecución del proyecto. No se podrán presentar justificantes de fecha posterior al vencimiento del plazo de justificación.

Declaración responsable del beneficiario sobre las fuentes de financiación, en la que se indicará cualquier otra subvención y/o ayuda de entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales para las mismas finalidades que subvencionan la ayuda concedida mediante esta convocatoria.

El informe de auditoría contable y técnica emitido al beneficiario, será elaborado por un auditor de cuentas con inscripción como ejerciente vigente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

La referida norma de actuación del auditor concreta el alcance de los trabajos a realizar y el contenido del informe a emitir una vez finalizada la revisión.

E. Periodicidad de la subvención:

Anual.
F. Modalidad de concesión:
Concurrencia competitiva.

G. Procedencia de los fondos:

Autonómica.
H. Plazo:
Año 2023-2025.
I. Cuantía subvención:
2023: 600.000,00 euros.
2024: 600.000,00 euros.
2025: 750.000,00 euros.
2.- Subvención que financia el Convenio de colaboración entre el Gobierno de La Rioja y la Asociación de Informadores Gráficos de Prensa y Televisión de La Rioja (AiG), para el impulso y consolidación de la información y contenidos gráficos en el marco del derecho a la información.
A. Partida presupuestaria:
1212.1812.48600
B. Objetivos:

Esta subvención financia el convenio que tiene por objeto establecer y regular la colaboración entre la Comunidad Autónoma de La Rioja, a través de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno y AiG para el desarrollo de actividades e iniciativas de la citada asociación.

C. Indicadores:

Grado de difusión de las actividades de AiG: 2 soportes

D. Justificación:

Se abonarán las cantidades aportadas por el Gobierno de La Rioja a la asociación AiG en un único pago, una vez justificados por ésta los gastos. Con la fecha límite que se establezca en el convenio la asociación presentará a la Consejería la siguiente documentación:

Certificación expedida y firmada electrónicamente por persona legalmente autorizada en la asociación.

Memoria explicativa de las actividades realizadas en cumplimiento del objeto y fines del presente convenio.

Certificación en la que conste una relación de todos los gastos producidos en la ejecución del objeto del convenio.

Facturas y justificantes de los gastos realizados.

E. Periodicidad de la subvención:

Anual.
F. Modalidad de concesión:
Concesión directa.

G. Procedencia de los fondos:

Autonómica.
H. Plazo:
Año 2023-2025.
I. Cuantía subvención:
2023: 5.000,00 euros.
2024: 5.000,00 euros.
2025: 5.000,00 euros.
3.- Subvención que financia las Acciones de formación y difusión del sector publicitario mediante el convenio de colaboración a suscribir entre el Gobierno de La Rioja y la Asociación de Empresas de Comunicación de La Rioja, A Crear.
A. Partida presupuestaria:
1212.1812.48601
B. Objetivos:

Esta subvención financia el convenio que tiene por objeto establecer y regular la colaboración entre la Comunidad Autónoma de La Rioja, a través de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno y A Crear para el desarrollo de actividades e iniciativas de la citada asociación.

C. Indicadores:

Formación. Número mínimo de participantes: 10 personas.

Grado de divulgación del sector publicitario en medios. Audiencia media diaria durante la acción: 20.000 personas.

D. Justificación:

Se abonarán las cantidades aportadas por el Gobierno de La Rioja a la asociación en un único pago, una vez justificados por ésta los gastos. Con la fecha límite que se establezca en el convenio la asociación presentará a la Consejería la siguiente documentación:

Certificación expedida y firmada electrónicamente por persona legalmente autorizada en la asociación.

Memoria explicativa de las actividades realizadas en cumplimiento del objeto y fines del presente convenio.

Certificación en la que conste una relación de todos los gastos producidos en la ejecución del objeto del convenio.

Facturas y justificantes de los gastos realizados.

E. Periodicidad de la subvención:

Anual.
F. Modalidad de concesión:
Subvención nominativa.

G. Procedencia de los fondos:

Autonómica.
H. Plazo:
Año 2023-2025.
I. Cuantía subvención
2023: 30.000,00 euros.
2024: 30.000,00 euros.
2025: 30.000,00 euros.

ACTUACIONES EN MATERIA DE REHABILITACIÓN Y PREVENCIÓN DE ADICCIONES AL JUEGO

4.- Subvención a la Asociación Riojana de Jugadores de Azar en Rehabilitación (ARJA) encargada de la rehabilitación de personas con trastornos de juego.
A. Partidas presupuestarias:
12.04.9231.480.01
B. Objetivo:

Subvención a Asociación Riojana de Jugadores de Azar en Rehabilitación (ARJA) que presta asistencia a personas con adicciones comportamentales relacionadas con el juego problemático y el trastorno de juego, a través de intervenciones terapéuticas individuales, familiares y colectivas.

C. Indicadores:
1. Indicador de género:

Previsión año 2025: Medición de las personas participantes por género.

2. Número de pacientes atendidos:

Previsión año 2025: 20 pacientes atendidos.

3. Número de familias de pacientes realizadas:

Previsión año 2025: 45 familias de pacientes entrevistadas.

4. Número de terapias realizadas:

Previsión año 2025: 200 terapias realizadas.

5. Realización de actividades diferentes a las terapias:

Previsión año 2025: una actividad.

D. Justificación:

A través de la memoria anual de actividades de la asociación, la cual contendrá las terapias desarrolladas con jugadores, las sesiones realizadas con familiares, así como encuentros alternativos u otras actuaciones encaminadas a la consecución de los objetivos de las estrategias planteadas en el ámbito del juego problemático y el trastorno de juego.

E. Periodicidad de la subvención:

Anual.

F. Modalidad de la concesión:

Nominativa.

G. Procedencia de los fondos:

Autonómica.

H. Cuantía de la subvención:

2025: 26.000,00 euros.
I. Abono:

Dos plazos: el primero tras la firma del convenio; el segundo, tras la aprobación de la cuenta justificativa.

5.- Ayudas para la Prevención de Adicciones relacionadas con el Juego.

5.1.- Subvención a la Fundación Centro Solidaridad de La Rioja-Proyecto Hombre, encargada de desarrollar labores de prevención de conductas relacionadas con el juego problemático y patológico, información y sensibilización sobre la adicción al juego.

A. Partidas presupuestarias:
12.04.9231.480.02
B. Objetivo:

Subvención a la Fundación Centro Solidaridad de la Rioja-Proyecto Hombre La Rioja, destinada a desarrollar un plan de prevención de adicción al juego, así como labores de información y formación sobre juego problemático y patológico (trastorno de juego).

C. Indicadores:
Planes de prevención:

Previsión año 2025: Un programa anual con las líneas de actuación y medidas definidas para la persecución de objetivos.

D. Justificación:

Con la aportación y posterior realización del programa anual de prevención e información de adicción al juego.

E. Periodicidad de la subvención:

Anual.

F. Modalidad de la concesión:

Nominativa.

G. Procedencia de los fondos:

Autonómica.

H. Cuantía de la subvención:

2025: 8.000,00 euros.
I. Abono:

Único tras la presentación del plan y aprobación de la cuenta justificativa.

5.2.- Subvención a la Asociación Riojana de Jugadores de Azar en Rehabilitación (ARJA), encargadas de desarrollar labores de prevención de conductas relacionadas con el juego problemático y patológico, información y sensibilización sobre la adicción al juego.

A. Partida presupuestaria:
12.04.9231.480.03
B. Objetivo:

Subvención a la Asociación Riojana de Jugadores de Azar en Rehabilitación (ARJA), destinada a desarrollar un plan de prevención de adicción al juego, así como labores de información y formación sobre juego problemático y patológico (trastorno de juego).

C. Indicadores:
Planes de prevención:

Previsión año 2025: Un programa anual con las líneas de actuación y medidas definidas para la persecución de objetivos.

D. Justificación:

Con la aportación y posterior realización del programa anual de prevención e información de adicción al juego.

E. Periodicidad de la subvención:

Anual.

F. Modalidad de la concesión:

Nominativa.

G. Procedencia de los fondos:

Autonómica.

H. Cuantía de la subvención:

2025: 8.000,00 euros.
I. Abono:

Único tras la presentación del plan y aprobación de la cuenta justificativa.


ACTUACIONES EN EL ÁMBITO ESTADÍSTICO- SUPRESIÓN DE UNA LÍNEA

Subvención de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas de formación tanto de personal técnico como de personal investigador que se realicen en el ámbito de la actividad estadística oficial y que sean promovidas por la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno

Justificación: La falta de implementación a lo largo de la vigencia del Plan que se modifica e incluso de la del anterior PES.


ACTUACIONES RELATIVAS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS A LOS MUNICIPIOS DE MENOS DE 2.500 HABITANTES DE UN SERVICIO DE ASISTENCIA EN MATERIA DE FONDOS EUROPEOS DEL MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA.

6. Subvención que financia el convenio para la concesión de una subvención del Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, a la Federación Riojana de Municipios, para la prestación a los municipios de menos de 2.500 habitantes de la Comunidad Autónoma de La Rioja de un servicio de asistencia en materia de fondos europeos del mecanismo de recuperación y resiliencia.
A. Partida Presupuestaria:
12.05.1411.481.00
B. Objetivo:

Este Convenio tiene por objeto establecer las condiciones de la concesión directa de una subvención a la Federación Riojana de Municipios, en lo sucesivo la Federación, para la financiación de los costes de la prestación de un servicio de asistencia técnica en materia de fondos europeos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia a los Ayuntamientos de los municipios a ella asociados incluidos en su ámbito de aplicación.

C. Indicadores:

Se establecen los siguientes indicadores de cara a evaluar el cumplimiento de los objetivos del convenio:

  Tipo de indicador 

Denominación

  Valor objetivo 

  Unidad de medida

De actividad

Nº de municipios asistidos

60

De actividad

Crédito del convenio ejecutado

300.000

Euros

De resultado

Fondos del PRTR ejecutados por los municipios asistidos   

10.000.000

Euros


D. Justificación:

La justificación de la presente subvención, de conformidad con el artículo 76 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones se producirá a través de módulos. Se requerirá, la siguiente documentación:

1. Una memoria de la actuación, justificativa del cumplimiento de las condiciones establecidas en las cláusulas segunda y tercera, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

2. Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:

Acreditación o, en su defecto, declaración del beneficiario sobre el número de unidades físicas consideradas como módulo. En concreto, se incluirá una relación clasificada de los gastos, con indicación de los servicios prestados a cada municipio, indicando el número de horas y el profesional contratado, dejando constancia de la aplicación de los límites máximos de actuación subvencionada.

Cuantía de la subvención calculada sobre la base de las actividades cuantificadas en la memoria de actuación y los módulos.

Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia, en caso de que los hubiera.

Un certificado de la Secretaría General de la Federación Riojana de Municipios indicando que el gasto soportado por la Federación de Municipios en la prestación de servicios subvencionados por el presente convenio es igual o superior al importe justificado.

Fecha límite :15 de julio de 2026.

E. Periodicidad de la Subvención:

2024-2026.

F. Modalidad de la Concesión:

Concesión directa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.2.c) del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

G. Procedencia de los fondos:

Autonómica.

H. Cuantía de la Subvención:

300.000 euros.
I. Abono:

A partir de la fecha de la firma del presente convenio se realizará un pago anticipado del 100% de la subvención, por importe de 300.000 euros, quedando eximida la Federación de la constitución de garantía.

Recibida la documentación justificativa de la actividad, se realizará la liquidación de la subvención, previa presentación de la justificación requerida, considerando los gastos totales justificados hasta la fecha límite indicada.


ACTUACIÓN RELATIVA A LA COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA RIOJA Y LA FUNDACIÓN DE POLICÍA ESPAÑOLA PARA LA CONCESIÓN DE UNA SUBVENCIÓN PARA LA FINANCIACIÓN DE LA CREACIÓN E INSTALACIÓN DE UNA ESCULTURA HOMENAJE A LA POLICÍA NACIONAL EN LA CIUDAD DE LOGROÑO.

7.- Subvención que financia el Convenio de Colaboración entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, y la Fundación de Policía Española para la concesión de una subvención para la financiación de la creación e instalación de una escultura homenaje a la Policía Nacional en la ciudad de Logroño.
A. Partida Presupuestaria:
12.01.9111.780.00
B. Objetivo:

El Convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre la Comunidad Autónoma de La Rioja y la Fundación de Policía Española para el desarrollo de las actividades que les son propias y la financiación de las mismas en el ámbito de la defensa de la libertad, de la memoria histórica y del fomento del arte y la cultura. En concreto el objeto del presente convenio es conceder a la Fundación Policía Española una subvención para la realización del proyecto denominado Escultura estatua de los Santos Ángeles Custodios homenaje a la Policía Nacional.

C. Indicadores:

El carácter singular de la subvención deriva del propio proyecto presentado. Su carácter único viene determinado por la autoría del escultor cartagenero Juan José Quirós Illán, quién ha realizado estas esculturas temáticas en diversas capitales y ciudades españolas, con la misma finalidad de homenaje. La Fundación se dispone a gestionar con la colaboración del Gobierno Riojano y otros entes públicos y privados el proyecto de ejecución e instalación de esta escultura que realizará este artista quién como se indica, cuenta con un amplio currículum de obras de este tipo.

El único indicador medible es en este caso, dada la peculiaridad y singularidad del objeto de la subvención, por las razones expuestas, la total ejecución e instalación de la obra realizada.

D. Justificación y Abono:

Con fecha límite 31 de octubre de 2025, la Fundación Policía Española presentará a la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, la documentación justificativa de la realización de los gastos y el cumplimiento de los objetivos previstos en el presente convenio y que se regulará a través de la cuenta justificativa.

Certificación expedida y firmada electrónicamente por persona legalmente autorizada en la Fundación, en la que se acredite si la misma ha recibido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, para las mismas finalidades que subvencionan la ayuda concedida mediante este convenio. En caso de haberlas recibido, se indicará el origen de la ayuda o ingreso público o privado, así como su importe. En ningún caso podrá producirse un exceso de financiación, a los efectos del artículo 19.3 del Decreto 14/2006, regulador del Régimen Jurídico de subvenciones del Sector Público de La Rioja.

Certificación en la que conste una relación de todos los gastos producidos en la ejecución del objeto del convenio, firmada electrónicamente por persona legalmente autorizada por la Fundación. Dicha certificación señalará que los gastos que se relacionan corresponden exclusivamente con los producidos en la ejecución del convenio, indicando en esa relación el número de factura, el concepto detallado y su importe.

Facturas y justificantes de los gastos realizados. La Fundación de la Policía podrá presentar copia simple de la citada documentación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En su caso, se adjuntará declaración responsable del representante legal de la Fundación la que se indique que los documentos aportados son copia fiel de los originales que obran en su poder.

E. Periodicidad de la Subvención:

2025.

F. Modalidad de la Concesión:

Concesión directa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.2.c) del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Es claro el interés público, social y cultural que se ha expuesto por la Fundación a efectos de ejecución de la escultura de homenaje de que se trata.

G. Procedencia de los fondos:

Autonómica.

H. Cuantía de la Subvención:

6.000 euros.

Logroño a 4 de abril de 2025.- El Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, Alfonso Domínguez Simón.

978453 {"title":"Resolución 790\/2025, de 4 de abril, del Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se modifica la Resolución 1634\/2024, de 12 de agosto, de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueba la refundición y modificación del Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2025","published_date":"2025-04-08","region":"larioja","region_text":"La Rioja","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-larioja.png","id":"978453"} larioja BOR;BOR 2025 nº 68;Consejería de hacienda, gobernanza pública, sociedad digital y portavocía del gobierno;Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta a Professional para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Professional en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/larioja/boa/2025-04-08/978453-resolucion-790-2025-4-abril-consejero-hacienda-gobernanza-publica-sociedad-digital-portavocia-gobierno-se-modifica-resolucion-1634-2024-12-agosto-consejeria-hacienda-gobernanza-publica-sociedad-digital-portavocia-gobierno-se-aprueba-refundicion-modificacion-plan-estrategico-subvenciones-2023-2025 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.