Convocatoria de subvenciones a asociaciones educativas sin ánimo de lucro. Año 2025 (extracto)
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BDNS: 823307
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero. Beneficiarios.
Asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro cuyos objetivos vayan encaminados a promover y potenciar el asociacionismo socio-educativo.
Segundo. Objeto.
Promover y potenciar el asociacionismo socio-educativo, favoreciendo aspectos como la participación en la sociedad, el ocio y tiempo libre creativos, una correcta socialización de los individuos, su formación integral y cuanto pueda impulsar una adecuada transición al mundo adulto.
Tercero.
La Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Logroño, aprobada por acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 6 de febrero de 2025 (Boletín Oficial de La Rioja número 26 de fecha 7 de febrero de 2025)
Cuarto. Cuantía.
- Cuantía total: 50.000 euros.
- Cuantía por beneficiario: El importe de las subvenciones a otorgar a cada una de las entidades se calculará para cada programa o actividad atendiendo a los puntos obtenidos mediante la aplicación del baremo especificado en el artículo número 7 'Criterio de valoración de las solicitudes' de esta convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria por la Base Nacional de Subvenciones en el Boletín Oficial de La Rioja.
Lugar de presentación de solicitudes.- Las entidades solicitantes estarán obligadas a relacionarse con el Ayuntamiento de Logroño a través de medios electrónicos según establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2017 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes se presentarán en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Logroño o bien en cualquiera de los registros autorizados por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La sede electrónica de presentación del Ayuntamiento de Logroño se encuentra en la web (www.logrono.es). Igualmente quedará habilitada la presentación electrónica a través del registro electrónico del punto de acceso general del Estado en (https://administracion.gob.es)
Sexto. Otros datos de interés.
- Convocatoria: el texto íntegro de la Convocatoria estará disponible en la página web del Ayuntamiento de Logroño https://logrono.es/becas-y-subvenciones.
Solicitudes:
- Documentación: Según el artículo 5 de la convocatoria.
- Criterios de valoración: Según el artículo 7 de la convocatoria.
- Forma de pago: Según el artículo 10 de la convocatoria.
- F orma de justificación: Según el artículo 11 de la convocatoria.
Logroño a 28 de marzo del 2025.- El Alcalde, Conrado Escobar Las Heras.