Delegación de funciones para la celebración de matrimonio civil
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Por esta Alcaldía mediante Decreto de 20 de marzo de 2025, y en uso de sus facultades conferidas por el artículo 43.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se ha resuelto delegar la atribución que le confiere el artículo 51 del Código Civil con referencia a la autorización de matrimonio civil a la concejala:
- Raquel Díaz de Rada, para la celebración de matrimonio civil que tendrá lugar el próximo 26 de abril de 2025. Expediente 34/2025.
Lo que hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del citado Reglamento.
Alcanadre a 20 de marzo de 2025.- El Alcalde-Presidente, Mikel Encina Reinares.