Resolución 80/2025, de 18 de marzo, de la Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua, por la que se formula la Declaración Ambiental Estratégica del Plan Regional Integrado de Energía y Clima 2024-2030 (PRIEC) (EAE 53/2023)

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

Antecedentes de hecho:

Primero. La Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua del Gobierno de La Rioja ha solicitado al órgano ambiental el inicio del procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria del Plan Regional Integrado de Energía y Clima 2024-2030 (PRIEC) con fecha 20 de diciembre de 2023.

La Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua actúa como promotor y órgano sustantivo del Plan.

La documentación presentada a tal efecto corresponde a la establecida en el artículo 18 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, así como en el artículo 7 del Decreto 29/2018, de 20 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Título I 'Intervención administrativa' de la Ley 6/2017, de 8 de mayo, de protección del medio ambiente de La Rioja.

Segundo. Según la documentación aportada por el promotor, el Plan Regional Integrado de Energía y Clima, junto con el Plan Regional de Adaptación al Cambio Climático, conforman los instrumentos de planificación de los que se dota la Comunidad Autónoma de La Rioja para hacer frente a los desafíos que el cambio climático trae sobre su actividad económica, su población y la salud del territorio en su conjunto.

Su ámbito de aplicación se circunscribe en sentido estricto al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja. La gran mayoría de medidas previstas en el Plan no están territorializadas por lo que el ámbito de aplicación considerado para su implementación es la totalidad del territorio, salvo las medidas que sólo se aplican a infraestructuras específicas y, por lo tanto, a zonas específicas. La aplicación de las medidas estará supeditada a las prioridades, objetivos y condicionantes territoriales por lo que se podrán presentar diferencias en los distintos espacios.

El resultado final del Plan Regional Integrado de Energía y Clima (en lo sucesivo, PRIEC) es una hoja de ruta que establece las líneas de actuación y medidas específicas para alcanzar los objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (en lo sucesivo, GEI), siendo éstos acordes con los objetivos establecidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, y con los mecanismos de coordinación, seguimiento e impulso de las políticas, planes y actuaciones que contribuyen a dicha reducción y a la transición hacia un nuevo modelo energético.

Estas líneas de acción y las medidas que las conforman se detallan para cada ámbito de actuación, siendo éstos similares a los establecidos en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima:

- Descarbonización de la economía.

- Eficiencia energética.

- Investigación, innovación y competitividad.

- Transparencia y participación.

Las medidas van dirigidas hacia la transformación del modelo productivo de La Rioja, especialmente en el uso de la energía, planteando una evolución hacia una estructura económica que sea compatible con el respeto al medioambiente. El Plan Regional Integrado de Energía y Clima promueve una transición hacia una neutralidad climática en coherencia con la estructura económica y la realidad social de La Rioja.

La misión del Plan Regional Integrado de Energía y Clima es: 'ser el instrumento de planificación básico para promover la acción coordinada y coherente para mitigar las causas del cambio climático en La Rioja, entendiendo por mitigación la intervención de cualquier tipo tendente a reducir el impacto que la actividad humana tiene en el cambio del clima global'.

Asimismo, su visión se detalla a continuación: A 2030, La Rioja se ha constituido como un referente de territorio sostenible medioambientalmente, asentándose sobre un modelo económico descarbonizado y resiliente al cambio climático, y habiendo conseguido la protección de la salud humana y de los ecosistemas del territorio, pudiendo así lograr un crecimiento socialmente justo, inclusivo y democrático.

Para alcanzar esta visión, la planificación se centrará en tres ámbitos de actuación diferenciados y un cuarto ámbito transversal a todos los demás. Estos son:

- Ámbito de actuación 1.

Descarbonización de la economía, focalizando los esfuerzos en la sustitución progresiva de las fuentes de energía fósiles por fuentes renovables y facilitando la democratización del acceso a la energía por parte de la ciudadanía.

- Ámbito de actuación 2.

Eficiencia energética, promoviendo un consumo racional y responsable de energía, un acercamiento de los puntos de producción y consumo energéticos y una mejora en los usos y tecnologías de transporte urbano y de carretera.

- Ámbito de actuación 3.

Investigación, innovación y competitividad, impulsando el conocimiento especializado e intensificando la investigación y el desarrollo tecnológico, para así poder aprovechar de manera efectiva las oportunidades brindadas por la transición energética y potenciar la competitividad del tejido empresarial de La Rioja.

- Ámbito de actuación 4.

Transparencia y participación, disponiendo los canales de comunicación necesarios para dar la oportunidad a la sociedad de proponer y tomar un rol activo en la transición, así como asegurando la difusión de las actuaciones que se impulsen.

Las medidas abarcadas en los cuatro ámbitos de actuación previamente mencionados serán las que permitan alcanzar los objetivos fijados en el Plan Regional Integrado de Energía y Clima.

A continuación, se enumeran los cuatro objetivos del Plan:

- Objetivo 1.

Reducir las emisiones difusas de gases de efecto invernadero para 2030 en un 43% respecto a 2005, situándose en la senda para alcanzar la neutralidad climática en 2050.

- Objetivo 2.

Aumentar la generación de energía renovable hasta alcanzar el 43 % del consumo final de los sectores difusos.

- Objetivo 3.

Incrementar el autoconsumo energético, en concreto alcanzar en 2030 los 107 MW de potencia eléctrica instalada y 1,2 ktep en autoconsumo en energía térmica.

- Objetivo 4.

Mejorar la eficiencia energética: Ahorrar un 20% en las necesidades energéticas por producto interior bruto.

El Plan Regional Integrado de Energía y Clima tiene una vigencia establecida para el período 2024-2030. Para alcanzar los objetivos fijados, se han definido 19 líneas de acción, agrupadas en los cuatro ámbitos de actuación anteriormente mencionados. Estas líneas de acción son las siguientes:

- Ámbito de actuación 1. Descarbonización de la economía.

- Línea de acción L1.1. Fomentar la integración de las energías renovables en el territorio.

- Línea de acción L1.2. Impulsar la generación renovable distribuida, el autoconsumo y nuevos modelos de negocio.

- Línea de acción L1.3. Promover la reducción de gases de efecto invernadero en la industria.

- Línea de acción L1.4. Promover la reducción de gases de efecto invernadero en el sector agroalimentario.

- Línea de acción L1.5. Promover la reducción de gases de efecto invernadero en la gestión de residuos y de subproductos.

- Línea de acción L1.6. Promover el consumo de combustibles sin emisiones en procesos de difícil electrificación.

- Línea de acción L1.7. Impulso a aumentar las absorciones en sumideros naturales.

- Línea de acción L1.8. Promover la reducción de gases de efecto invernadero en el transporte por carretera.

- Ámbito de actuación 2. Eficiencia energética.

- Línea de acción L2.1. Fomentar la eficiencia energética en el sector residencial.

- Línea de acción L2.2. Fomentar la eficiencia energética en el sector industrial.

- Línea de acción L2.3. Fomentar la eficiencia energética en el sector terciario.

- Línea de acción L2.4. Fomentar la eficiencia energética en el sector primario.

- Línea de acción L2.5. Impulsar la eficiencia energética en el transporte por carretera.

- Ámbito de actuación 3. Investigación, innovación y competitividad.

- Línea de acción L3.1. Fomentar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación.

- Línea de acción L3.2. Promover la creación de empleo sostenible y de calidad.

- Ámbito de actuación 4. Transparencia y participación.

- Línea de acción L4.1. Impulsar campañas de información y sensibilización.

- Línea de acción L4.2. Promover programas de formación y capacitación.

- Línea de acción L4.3. Promover la participación y colaboración en el desarrollo de políticas.

- Línea de acción L4.4. Garantizar una transición justa e inclusiva.

Según el promotor, La Rioja alcanzará todos los objetivos del Plan Regional Integrado de Energía y Clima para 2030 mediante la implementación de las medidas descritas en el marco estratégico.

El Plan Regional Integrado de Energía y Clima 2030 (PRIEC) indica que tendrá un impacto socioeconómico positivo en La Rioja. Los impactos socioeconómicos se derivan de las inversiones asociadas al despliegue de las políticas y medidas recogidas en el Plan, que impulsarán la actividad económica (PIB), crearán puestos de trabajo y generarán ingresos para las Administraciones públicas. Puesto que el cambio climático y los contaminantes atmosféricos, como las partículas finas, tienen efectos perjudiciales para la salud (pueden generar enfermedades y ocasionar muertes prematuras), el Plan tendrá también un impacto positivo en la salud de la ciudadanía.

En línea con el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2023-2030 (PNIEC) del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico del Gobierno, este Plan también diferencia entre un Escenario Tendencial (escenario sin medidas adicionales) y un Escenario Objetivo (escenario con medidas adicionales). De este modo, el impacto estimado es el efecto de las políticas y medidas establecidas en el Plan Regional Integrado de Energía y Clima que permiten alcanzar las metas establecidas en el Escenario Objetivo.

El Plan Regional Integrado de Energía y Clima contempla además un sistema de evaluación y seguimiento para conocer la evolución del marco climático y el grado de avance del Plan mediante un mecanismo periódico de revisión de las medidas incluidas en el mismo, así como de sus efectos. Para ello se han definido indicadores específicos para cada una de las medidas.

Para el análisis de los avances que se van ejecutando en el Plan Regional Integrado de Energía y Clima se han definido los dos mecanismos:

- Realización del Informe de Evaluación intermedia (2028).

- Realización de Informes de Seguimiento bienal.

El documento del Plan Regional Integrado de Energía y Clima presenta un análisis de la situación actual y proyecciones de las emisiones de gases de efecto invernadero de La Rioja (incluyendo los escenarios y las metodologías utilizadas) y la modelización energética. Los escenarios de emisiones están directamente ligados a los escenarios energéticos, ya que las emisiones con origen en el consumo de energía son las de mayor peso en los inventarios de emisiones de gases de efecto invernadero. En el Plan se analizaron y proyectaron ambos escenarios.

El Plan ha llevado a cabo un análisis sobre las sinergias e interacciones entre Plan Regional Integrado de Energía y Clima y la Agenda 2030, y así determinar en qué medida el Gobierno de La Rioja está contribuyendo a la consecución de los ODS en el marco de este Plan. El Plan Regional Integrado de Energía y Clima contribuye a la consecución de 12 de los 17 objetivos planteados, siendo éstos: ODS 1 Fin de la pobreza; ODS 3 Salud y bienestar; ODS 4 Educación de calidad; ODS 5 Igualdad de género; ODS 7 Energía asequible y no contaminante; ODS 8 Trabajo decente y crecimiento económico; ODS 9 Industria, innovación e infraestructura; ODS 10 Reducción de las desigualdades; ODS 11 Ciudades y comunidades sostenibles; ODS 12 Producción y consumo responsables; ODS 13 Acción por el clima; y ODS 15 Vida de ecosistemas terrestres.

El Plan Regional Integrado de Energía y Clima incluye, además, las inversiones necesarias para lograr los objetivos y las fuentes de financiación.

En cuanto al estudio de alternativas del Plan Regional Integrado de Energía y Clima, se han analizado varias:

- La alternativa E0, escenario tendencial (referencia) consistente en no modificar la tendencia actualmente existente. En ella se analiza la demanda energética y el consumo de energías renovables que se producirían en el horizonte del Plan, sin que se realicen las actuaciones del Plan Regional Integrado de Energía y Clima 2030 y con un escenario de penetración de energías renovables del escenario tendencial del PNIEC 2030. Sólo se tienen en cuenta las medidas que ya hayan sido implantadas y la evolución del mercado de una forma que continúe la tendencia existente hasta el año 2030. En emisiones y absorciones se ha continuado la tendencia hasta 2050.

- La alternativa E1, escenario de eficiencia con almacenamiento por bombeo en centrales hidráulicas (escenario alternativo de almacenamiento energético): se ha definido un escenario objetivo teórico, en base a las sendas de crecimiento del PNIEC 2030 y en el que se implementan infraestructuras para el almacenamiento energético por bombeo en las centrales hidráulicas de La Rioja. En este escenario se alcanzan los objetivos establecidos en el Plan Regional Integrado de Energía y Clima.

- La alternativa E2, Escenario de eficiencia (objetivo o alternativa seleccionada) Escenario objetivo: se ha definido un escenario objetivo teórico, en base a las sendas de crecimiento del PNIEC 2030. En este escenario, sin embargo, no se contempla almacenamiento energético por bombeo en las centrales hidráulicas. En este escenario se alcanzan los objetivos establecidos en el Plan Regional Integrado de Energía y Clima.

Para la elección de la mejor alternativa posible, se han establecido unos criterios específicos para su valoración y comparación, como son, el nivel de cumplimiento de los objetivos adquiridos por La Rioja en materia de energía y clima, el impacto sobre el desarrollo económico, el impacto sobre el medio ambiente y la salud pública, los efectos ambientales y territoriales y los impactos relativos a la seguridad energética.

La alternativa 0 se trata, por tanto, de una opción descartable a priori, por su incompatibilidad con el marco estratégico de la planificación (normativa, compromisos internacionales y objetivos básicos), y se considera exclusivamente a efectos comparativos, para evidenciar los efectos de 'no actuar'.

La alternativa 1 satisface adecuadamente los objetivos que constituyen el marco de referencia de la planificación. Sin embargo, implementar instalaciones de bombeo con la consecuente disminución en la potencia de los parques eólicos y fotovoltaicos autorizados, involucra la generación de impactos negativos, dificultades técnicas y grandes inversiones que conllevan al descarte de esta alternativa.

La alternativa 2 representa el escenario objetivo resultante de la modelización y, por tanto, satisface adecuadamente los objetivos que constituyen el marco de referencia de la planificación, tanto en lo referente a descarbonización, como a penetración de las renovables y a eficiencia energética.

El promotor concluye que la solución más apropiada es la alternativa 2.

Tercero. El Plan Regional Integrado de Energía y Clima de La Rioja 2024-2030 es un plan que establece el marco para la futura autorización de proyectos legalmente sometidos a evaluación de impacto ambiental. Por todo ello, y según se establece en el ámbito de aplicación recogido en el artículo 6 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, debe someterse al procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria.

Cuarto. A la vista de la Resolución 79/2024, de la Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua por la que se aprueba el Documento de alcance para la elaboración del Estudio ambiental estratégico del Plan Regional Integrado de Energía y Clima 2024-2030 (PRIEC), así como de lo establecido en el anexo IV de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el promotor elaboró el correspondiente Estudio ambiental estratégico, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20 de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre.

En relación con el proceso de participación pública, la versión inicial del Plan Regional Integrado de Energía y Clima 2024-2030 (PRIEC) y su Estudio ambiental estratégico fueron sometidos durante cuarenta y cinco días hábiles al trámite de información pública mediante el anuncio efectuado por el órgano sustantivo en el BOR número 169, de 30 de agosto de 2024. Durante este periodo la documentación estuvo a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja.

Así mismo, se procedió a la realización de las consultas a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas durante treinta días hábiles de acuerdo con lo recogido en el Documento de alcance anteriormente citado.

Finalizado el periodo de información pública y consultas, se han recibido los siguientes informes de las Administraciones públicas afectadas:

Con fecha 11 de septiembre de 2024, Demarcación de Carreteras del Estado en La Rioja informa su remisión a las consideraciones en esta materia sin formular sugerencias específicas.

Con fecha 19 de septiembre de 2024, la Subdirección General de Emergencias y Protección Civil no plantea objeciones a la propuesta, por lo que se informa favorablemente.

Con fecha 20 de septiembre de 2024, la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático de Euskadi solicita para valorar de manera preliminar los impactos esperados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que el Plan Regional Integrado de Energía y Clima planifique estratégicamente las posibles instalaciones que se promueven en su desarrollo, en marco de las líneas de actuación L1.1.1. Desarrollo de nuevos proyectos de energías renovables y L1.1.2. Renovación y extensión de vida útil de instalaciones renovables existentes.

Con fecha 24 de septiembre de 2024, la Dirección General de Cultura solicita enfatizar en elementos destacados del Patrimonio Cultural de La Rioja como el patrimonio arqueológico y paleontológico, y el Bien de Interés Cultural 'El paisaje cultural del Vino y el Viñedo de La Rioja'. Así mismo, solicita la inclusión del Camino Jacobeo del Ebro en el apartado correspondiente. Por otro lado, constata la valoración que hace el Estudio sobre los posibles efectos negativos y su magnitud en el Patrimonio Cultural derivados de la implantación de instalaciones y ejecución de obras de proyectos de energías renovables. Así como también, resalta la inclusión de cartografía relativa al patrimonio arqueológico y/o paleontológico en formato vectorial de toda solicitud enviada al 'Servicio de Conservación y Promoción del Patrimonio Histórico del Gobierno de La Rioja' en materia de proyectos nuevos o adecuaciones a existentes.

Con fecha 7 de octubre de 2024, Dirección General de Medio Natural y Paisaje indica que no plantea objeciones a la propuesta, por lo que se informa favorablemente.

Con fecha 8 de octubre de 2024, la Oficina Española de Cambio Climático indica que sería conveniente actualizar los objetivos del Plan Regional Integrado de Energía y Clima de acuerdo con la última actualización del PNIEC 2023-2030 y/o sugiere añadir un apartado de compatibilidad entre los objetivos del PRIEC y del PNIEC 2023-2030 donde se explique con mayor claridad esta cuestión.

Con fecha 24, 28, 30 y 31 de octubre de 2024, Paisajes y Viñedos de La Rioja Oriental; Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja; Heredad de Vistahermosa S.L.; Viñedos Valdemar S.L.U; Plataforma por el Progreso Sostenible de las Tierras Orientales de La Rioja; Sociedad Cooperativa Bodega San Miguel, Asociación Riojana de Agricultores y Ganaderos ARAG-ASAJA y Unión de Agricultores y Ganaderos de La Rioja (UAGR-COAG) solicitan que se considere su parte como interesada, exponiendo numerosas cuestiones.

Con fecha 29 de octubre de 2024, el Servicio de Integración Ambiental de La Rioja de la Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua indica que no se han observado inconvenientes en el ámbito de las competencias atribuidas a la Dirección General y que el reporte es favorable.

Con fecha 4 de noviembre de 2024, la Federación de Empresas de La Rioja solicita tener en cuenta determinadas consideraciones.

Una vez finalizada la fase de consultas a las Administraciones públicas y personas interesadas, tal como establece el procedimiento de evaluación ambiental estratégica, el promotor ha procedido a realizar un análisis de las cuestiones incluidas en cada uno de los informes recibidos por parte de las diferentes administraciones y personas interesadas, quedando recogido en el documento aportado 'Respuesta a alegaciones'.

En líneas generales, el promotor ha tomado en consideración y ha procedido a modificar aquellas cuestiones y/o propuestas que consideraron adecuadas dentro del alcance del Plan Regional Integrado de Energía y Clima, teniendo en cuenta el ámbito competencial de aplicación y justificando aquellas otras que, por diversos motivos, superan el ámbito del Plan Regional Integrado de Energía y Clima.

Quinto. Con fecha 20 de noviembre de 2024, 17, 18 y 19 de febrero de 2025 y según se establece en el artículo 24 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el promotor remite al órgano ambiental el expediente completo de evaluación ambiental estratégica ordinaria de este Plan Regional, el cual consta de los siguientes documentos:

1. Propuesta final del Plan Regional Integrado de Energía y Clima 2024-2030 (PRIEC) (noviembre de 2024).

2. Estudio ambiental estratégico (noviembre de 2024).

3. Resultado de la información pública y las consultas llevadas a cabo (noviembre de 2024) incluyendo copia de los informes sectoriales y alegaciones recibidos (febrero de 2025).

4. Resumen del Estudio Ambiental Estratégico (noviembre de 2024).

5. Documento resumen en el que se describe la integración en la propuesta final del Plan Regional de los aspectos ambientales, del Estudio ambiental estratégico (EsAE) y su adecuación con el Documento de alcance, así como el resultado de las consultas realizadas y cómo estas se han tenido en consideración (febrero de 2025).

Tras el análisis técnico del expediente efectuado, y de acuerdo con el informe emitido a este respecto por la Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua con fecha 11 de marzo de 2025, la documentación remitida se considera completa para su tramitación en función de lo previsto en el artículo 24 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Así mismo, se valora que los trámites de información pública y consultas se han realizado conforme a lo previsto en los artículos 21 y 22 de la Ley anteriormente mencionada.

El Plan Regional Integrado de Energía y Clima y su Estudio ambiental estratégico se han adecuado al contenido del Documento de alcance, teniendo en cuenta los criterios ambientales estratégicos descritos en el mismo. Además, este Estudio se ha elaborado según lo requerido en el Documento de alcance anteriormente citado en cuanto a estructura, contenido, amplitud y nivel de detalle, siendo los apartados desarrollados los siguientes:

1. Descripción del contenido, objetivos del Plan Regional Integrado de Energía y Clima y relaciones con Planes y Programas.

2. Objetivos de protección ambiental del Plan Regional Integrado de Energía y Clima.

3. Aspectos relevantes del medio ambiente.

4. Características medioambientales de las zonas que puedan verse afectadas de manera significativa por el Plan Regional Integrado de Energía y Clima de La Rioja.

5. Problemática medioambiental relevante para el Plan Regional Integrado de Energía y Clima de La Rioja.

6. Examen de las alternativas consideradas y justificación de la alternativa seleccionada.

7. Los probables efectos significativos en el medio ambiente.

8. Medidas Preventivas, Correctoras y Compensatorias.

9. Programa de Vigilancia Ambiental.

Anexos:

Anexo 1. Relación medidas del Plan Regional Integrado de Energía y Clima que puedan afectar a RN2000 o estar sometidas a estudio de impacto ambiental.

Anexo 2. Huella de carbono.

Anexo 3. Bibliografía.

Anexo 4. Autores del documento y capacidad técnica.

Resumen no técnico del Estudio Ambiental Estratégico

En la elaboración tanto del Plan Regional Integrado de Energía y Clima de La Rioja 2024-2030 (PRIEC) como del Estudio Ambiental Estratégico (EsAE) asociado han tenido en consideración el documento de alcance y los principios de sostenibilidad ambiental en él incluidos. En ambos documentos se incluyen los criterios ambientales estratégicos derivados de la normativa ambiental tanto de ámbito internacional, comunitario, nacional, autonómico, así como otros instrumentos de planificación ambiental en materia de energía, cambio climático, conservación de la biodiversidad, paisaje, gestión de los recursos hídricos y energéticos y economía circular. Se han tenido en cuenta los objetivos de protección ambiental derivados la normativa aplicable e instrumentos de planificación, entre los que destacan:

- Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.

- Objetivos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2023-2030.

- Objetivos del Programa Nacional de Reducción de Emisiones.

- Objetivos de la Estrategia Española de Cambio Climático y Energía Limpia (EECCEL) 2007-2012-2020.

- Objetivos del Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático 2021-2030.

- Objetivos de la hoja de ruta de los sectores difusos a 2020.

- Objetivos del Plan Director de Lucha contra el Cambio Climático 2018 - 2030 de ADIF.

- Objetivos de la Hoja de Ruta 2020 en Difusos en La Rioja.

- Objetivos de la Estrategia Regional frente al Cambio Climático 2008-2012.

- Objetivos del Convenio de 1979 sobre contaminación transfronteriza a gran distancia y sus Protocolos de Actuación.

- Objetivos del Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica 2019-2022 (PNCCA).

- Objetivos del Plan Nacional de Calidad del AIRE 2017-2019 (Plan Aire II).

- Objetivos del Plan de Mejora de la Calidad del Aire en La Rioja 2010-2015.

- Objetivos del Plan Nacional de actuaciones prioritarias en materia de restauración hidrológico-forestal, control de la erosión y defensa contra la desertificación (PNAP) 2018.

- Objetivos del Programa de Acción Nacional Contra la Desertificación (PAND) 2008.

- Objetivos del Plan de Impulso al Medio Ambiente para la adaptación al cambio climático en España 2015-2020.

- Acuerdo de París.

- Estrategia de Adaptación al Cambio Climático de la Unión Europea.

- Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo 2025.

- Declaración de emergencia climática.

- Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Ebro 2022-2027.

- Plan Nacional de Depuración, Saneamiento, Eficiencia, Ahorro y Reutilización.

- Plan de Gestión del Riesgo de Inundación del Ebro 2022-2027.

- Ebro Resilience.

- Plan especial de sequía de la Demarcación Hidrográfica del Ebro.

- Orientaciones estratégicas sobre Agua y Cambio Climático.

- Plan Director de Abastecimiento de La Rioja 2016-2027.

- Plan Director de Saneamiento y Depuración de La Rioja 2016-2027.

- Plan Director de Residuos de La Rioja 2016-2026.

- Estrategia de Economía Circular de La Rioja 2030.

- Plan Territorial de Protección Civil de La Rioja.

- Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en La Rioja.

- Plan Especial de Protección Civil de La Rioja ante Inundaciones.

- Planes de Gestión, Conservación y Recuperación de especies de flora y fauna amenazada.

- Planes de Gestión, Planes Rectores de Uso y Gestión y Planes de Ordenación de los Recursos Naturales de espacios naturales protegidos.

- Directriz de Protección del Suelo No Urbanizable de La Rioja.

- Estrategia del Paisaje de La Rioja.

- Planes Generales Municipales y Planes Especiales.

- Plan de Acción para el Clima y la Energía Sostenible (PACES).

- Planes locales de Emergencia antes situaciones de sequía.

El estudio ambiental estratégico incluye un análisis de las interrelaciones del Plan Regional Integrado de Energía y Clima con los principales instrumentos de planificación de ámbito nacional (estrategias, planes y programas) y autonómico, sin perjuicio de que todos los planes nacionales, autonómicos y municipales concurrentes deberán ser considerados en detalle en las etapas siguientes de planificación y de autorización de proyectos específicos que se deriven del PRIEC.

Destaca el efecto sinérgico positivo del Plan Regional Integrado de Energía y Clima con otros planes relacionados con el cambio climático y la calidad del aire, como el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2023-2030, el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático 2021-2030, el Plan Regional de Adaptación al Cambio Climático 2023-2030 de La Rioja, la Estrategia Española de Cambio Climático y Energía Limpia 2007-2012-2020 y el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica.

Por otro lado, este análisis enfatiza la necesidad de desarrollar las actuaciones del Plan Regional Integrado de Energía y Clima en coherencia con los objetivos de aquellos instrumentos con los que podrían existir incompatibilidades. En concreto, con el Plan Estratégico del Patrimonio Natural y la Biodiversidad a 2030, la Estrategia de Conservación de Aves Amenazadas ligadas a medios agro-esteparios en España y el Convenio Europeo del Paisaje y los planes regionales de gestión, conservación y recuperación de especies amenazadas, la Directriz de Protección del Suelo No Urbanizable de La Rioja, la Estrategia del Paisaje de La Rioja entre otros, debido al despliegue de renovables sobre el territorio. Así mismo, las actuaciones susceptibles de suponer una demanda adicional de recursos hídricos, deberán estar alineadas con los objetivos del Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Ebro 2022-2027, de los planes especiales de sequía y de la Estrategia Nacional de Restauración de Ríos (2022-2030).

Partiendo del análisis del marco de referencia anteriormente descrito, determinado por los convenios, instrumentos normativos y de planificación relacionados con el Plan Regional Integrado de Energía y Clima se fijaron los siguientes principios o criterios ambientales:

- Minimizar la emisión de gases de efecto invernadero.

- Minimizar las emisiones de contaminantes a la atmósfera.

- Garantizar la conservación de los suelos y evitar los procesos erosivos.

- Procurar el buen estado de las aguas continentales (superficiales y subterráneas) y de los ecosistemas acuáticos asociados.

- Garantizar la conservación de la biodiversidad (recursos genéticos, flora y fauna silvestre, hábitats y ecosistemas), especialmente en los espacios naturales protegidos y aquellos enclaves relevantes para la conservación.

- Garantizar la conectividad ecológica de los espacios protegidos y la permeabilidad territorial.

- Procurar la conservación del paisaje rural.

- Minimizar la afección a elementos del patrimonio histórico, cultural, arqueológico y etnográfico.

- Protección de los bienes de interés público (montes de utilidad pública, vías pecuarias, etc.).

- Evitar el deterioro de los espacios urbanos y periurbanos.

- Maximizar la eficiencia en el uso de los recursos, reduciendo los residuos generados y fomentando la reutilización y el reciclaje.

- Reducir el impacto del despoblamiento y abandono del medio rural sobre sus valores ecológicos, culturales y sociales.

- Proteger la salud de los ciudadanos en relación con el medio ambiente.

- Contribuir a la lucha contra la pobreza energética.

De los criterios ambientales considerados, así como de los probables efectos significativos del Plan Regional Integrado de Energía y Clima sobre el medio ambiente, se establecieron un conjunto de objetivos ambientales. Estos objetivos ambientales se han tenido en cuenta en la elaboración del Plan y constituyen el marco para su evaluación ambiental y seguimiento:

- Cambio climático:

- Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero .

- Incentivar acciones de protección y fomento de sumideros de CO2.

- Calidad del aire:

- Reducir las emisiones de contaminantes a la atmósfera.

- Geología y suelos:

- Contribuir a la conservación de suelos, minimizando su alteración.

- Evitar los procesos erosivos que suponen la pérdida de recursos edáficos.

- Agua y sistemas acuáticos continentales:

- Prevenir el deterioro de las masas de agua (superficiales y subterráneas) y contribuir a alcanzar su buen estado.

- Procurar la conservación de los valores de los ecosistemas acuáticos continentales superficiales (ríos, lagos y humedales).

- Biodiversidad, espacios naturales protegidos y Red Natura 2000:

- Minimizar la afección a la biodiversidad y al patrimonio natural (recursos genéticos, flora y fauna silvestres, hábitats y ecosistemas).

- Garantizar la conectividad ecológica, limitando la fragmentación territorial y las barreras a los desplazamientos de las especies.

- Minimizar la ocupación de espacios naturales protegidos y de la Red Natura 2000.

- Población y salud:

- Reducir las afecciones a la salud relacionadas con el medio ambiente.

- Reducir los niveles de pobreza energética.

- Patrimonio cultural y paisaje:

- Limitar el deterioro de los recursos paisajísticos en el medio rural.

- Minimizar la afección a elementos del patrimonio histórico, cultural, arqueológico y etnográfico.

- Procurar la protección de los bienes de interés público (montes de utilidad pública, vías pecuarias).

- Favorecer la mejora del paisaje urbano.

- Usos del suelo:

- Vigilar que los cambios de uso de suelo se producen de manera compatible con la conservación del medio ambiente.

- Favorecer el desarrollo económico y social en áreas rurales.

- Residuos:

- Minimizar la producción de residuos, fomentando la reutilización y el reciclaje, atendiendo a los principios de la jerarquía de residuos, incluyendo el aprovechamiento energético de residuos de competencia municipal, forestales y/ agrícolas.

Cabe destacar que los objetivos ambientales estratégicos que derivan del Plan Regional Integrado de Energía y Clima constituyen los compromisos de los promotores para garantizar la sostenibilidad ambiental del plan.

El Estudio ambiental estratégico realiza una caracterización ambiental del ámbito de estudio, que incluye toda La Rioja, describiendo los siguientes factores de medio:

- Clima.
- Calidad del aire.
- Confort sonoro.

- Condiciones lumínicas y electromagnéticas.

- Geología, geomorfología y geotecnia.

- Usos del suelo.
- Hidrología e hidrogeología.

- Fauna, flora y espacios naturales protegidos.

- Paisaje.
- Socioeconomía

- Montes de Utilidad Pública.

- Salud humana.

- Riesgos naturales y tecnológicos.

- Patrimonio cultural.
- Vías pecuarias.
- Energía.
- Residuos.

Se ha llevado a cabo una estimación de la huella de carbono del Plan Regional Integrado de Energía y Clima, que se deberá materializar en los futuros proyectos concretos.

Partiendo de la caracterización ambiental del territorio y según las acciones previstas en el Plan Regional Integrado de Energía y Clima, se lleva a cabo una evaluación de impactos con el objetivo de determinar el alcance y el grado de afección que la aplicación del Plan Regional Integrado de Energía y Clima generaría sobre los diferentes factores del medio.

Esta evaluación se plantea de forma fundamentalmente semi-cuantitativa, de acuerdo con el nivel estratégico en que se inscribe el Plan. La delimitación y cuantificación de estos efectos deberá realizarse en fases posteriores, correspondientes a la evaluación de impacto ambiental de los proyectos que se deriven del Plan.

Para facilitar la evaluación, el estudio ambiental estratégico establece la clasificación de las actuaciones del Plan Regional Integrado de Energía y Clima en componentes, según la interacción con el medio ambiente de cada una de ellas:

1. Despliegue e integración de las energías renovables: comprende el desarrollo de las diferentes tecnologías que sustentan la producción, distribución, transporte y almacenamiento de energía renovable, junto con los mecanismos de gestión del suministro en el sistema eléctrico.

2. Transformaciones sectoriales: comprende las transformaciones orientadas a la descarbonización y la mejora de la eficiencia energética más allá del sector eléctrico, agrupadas por sectores.

3. Acciones transversales: comprende el desarrollo de acciones o transformaciones transversales (económicas, sociales, territoriales y de conocimiento) orientadas a favorecer la transición energética y climática que no se adscriben a tecnologías o sectores concretos.

Una vez detalladas las componentes principales del Plan Regional Integrado de Energía y Clima, el análisis de los efectos medioambientales se ha realizado en dos etapas:

- Primera etapa: identificación de los impactos ambientales. Se detallan las acciones que implican cada una de las medidas del Plan Regional Integrado de Energía y Clima y se identifican los impactos ambientales previsibles derivados de dichas acciones sobre los distintos factores del medio.

- Segunda etapa: caracterización de los efectos ambientales.

Tras la evaluación de los potenciales impactos, se extraen las siguientes conclusiones generales sobre los efectos más relevantes y significativos:

- Cambio climático:

El estudio ambiental estratégico concluye que el principal efecto sobre el medio ambiente del Plan Regional Integrado de Energía y Clima será la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. El promotor pone de manifiesto que el impacto previsible sobre el cambio climático es de carácter muy positivo a escala global y que coincide con el cumplimiento del objetivo general de descarbonización, que pretende reducir las emisiones difusas de gases de efecto invernadero para 2030 en un 43 % respecto a 2005, situándose en la senda para alcanzar la neutralidad climática en 2050.

Esta reducción de las emisiones se basa fundamentalmente en el progresivo despliegue e integración de las energías renovables en el territorio (destacan por su contribución a la generación eléctrica la fotovoltaica y eólica), las medidas de eficiencia energética y las transformaciones sectoriales, en especial, las relacionadas con el sector del transporte. Aunque también tienen contribuciones positivas en la reducción de las emisiones las transformaciones sectoriales previstas en otras componentes del Plan Regional Integrado de Energía y Clima (industria, residencial, servicios y edificación, agrícola y ganadero, forestal y residuos).

Además, el Plan incluye actuaciones concretas en los sectores forestal y agrícola (fomento de la agricultura respetuosa con el medio ambiente y mantenimiento de cubiertas vegetales) que van a suponer un aumento de la absorción de carbono.

Por otro lado, el fomento del conocimiento y la investigación, una de las componentes transversales del Plan Regional Integrado de Energía y Clima, impulsará el desarrollo de tecnologías y procesos más eficientes que minimicen todavía más las emisiones y mejoren su integración ambiental y territorial.

- Calidad del aire:

El EsAE indica que, unido a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, la mejora general de la calidad atmosférica es otro de los efectos más destacados del Plan Regional Integrado de Energía y Clima.

Esta mejora, considerada como muy favorable en términos ambientales por el promotor, se debe principalmente a las transformaciones sectoriales en el transporte (electrificación, mejoras en la eficiencia y cambio modal) y en la industria (penetración de energías alternativas, mejoras en la eficiencia) que provocarán una disminución de la emisión de gases contaminantes resultantes de la combustión, tales como PM 2,5, ozono (O3), dióxido de azufre (SO2) y óxidos de nitrógeno (NOX). Estas reducciones en los niveles de emisión de contaminantes atmosféricos llevan asociadas importantes mejoras en términos de calidad ambiental, que se traducirán en una disminución de los daños a la salud humana y en consecuencia del número de muertes prematuras, con los correspondientes co-beneficios económicos en términos de salud pública.

No obstante, de forma menos relevante y con un efecto significativamente menor, pueden producirse impactos sobre la calidad del aire vinculados a las obras de construcción de nuevas infraestructuras y todos sus elementos, si bien se trata de un impacto de escasa persistencia que se circunscribe al entorno de las obras y será objeto de medidas preventivas y correctoras convencionales durante la evaluación y ejecución de los proyectos.

- Hidrología:

El estudio ambiental estratégico afirma que las medidas desarrolladas por el Plan Regional Integrado de Energía y Clima tienen un impacto positivo significativo en la calidad y disponibilidad del agua. En este sentido, la relación con los recursos hídricos deriva de varios factores interconectados que demuestran cómo la transición hacia fuentes de energía más limpias y sostenibles puede proteger y mejorar las masas de agua.

En primer lugar, la descarbonización reduce la contaminación asociada con la extracción y quema de combustibles fósiles. Al adoptar fuentes de energía renovable como la solar y eólica, se reduce la contaminación atmosférica y, por ende, se minimiza la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas. Además, la descarbonización contribuye a la preservación de los recursos hídricos al reducir la demanda de agua para la generación de energía. En paralelo, reducir las emisiones de gases de efecto invernadero contribuye positivamente a los patrones de precipitación, los ciclos hidrológicos y la disponibilidad de agua dulce.

Por otro lado, para la producción de energía eléctrica y, en el contexto del Plan Regional Integrado de Energía y Clima, se prevén actuaciones que pueden generar presiones sobre las masas de agua, especialmente, a través del desarrollo de la producción de hidrógeno renovable. Esta tecnología se basa en el consumo de recursos hídricos, al ser el agua el insumo principal y utilizarse en varias etapas del proceso. Sobre la calidad de las aguas, la producción de hidrógeno renovable generará vertidos con un nivel de electrolitos elevado, por lo que el vertido a los cauces podría tener consecuencias ambientales sobre los ecosistemas que deberán ser analizados en cada explotación.

- Geodiversidad y suelos:

Los principales impactos del Plan Regional Integrado de Energía y Clima sobre el suelo y la geodiversidad derivan del incremento del despliegue de parques eólicos y fotovoltaicos, cuyo impacto global es calificado como moderado por el promotor. Sin embargo, el uso de cubiertas, de edificios públicos y privados, para la instalación de fotovoltaicas, reducirá considerablemente la superficie de suelo que será necesario ocupar.

El desarrollo de nuevas instalaciones solares y eólicas conlleva la alteración temporal de los suelos en la ejecución de obras (explanación, movimiento de tierras, zanjas, acopio de materiales, tránsito de vehículos y maquinaria, etc.), que implica la eliminación de la cubierta vegetal y el aumento del riesgo de erosión y lavado de suelos. Estos efectos pueden ser más relevantes en territorios especialmente frágiles. Posteriormente, la alteración del suelo permanece durante toda la vida útil de la instalación, aunque en este tipo de instalaciones la ocupación puede considerarse de baja densidad, según afirma el estudio ambiental estratégico.

El Plan Regional Integrado de Energía y Clima contempla la aplicación de técnicas de agricultura respetuosas con el medio ambiente que favorecen el papel del suelo como sumidero de carbono y mejora su resiliencia frente al cambio climático. Además de reducirse las emisiones, se obtienen beneficios agronómicos, por la mejora de la estructura del suelo y su productividad; medioambientales, por incremento del carbono orgánico del suelo, de la biodiversidad asociada y de la resistencia del suelo a la erosión; y económicos, por la reducción en los costes de fertilización.

Las medidas previstas, en cuanto a la gestión de purines y estiércoles, unido a la optimización de la fertilización, tendrán una especial relevancia en la reducción de la contaminación difusa de las aguas superficiales y subterráneas.

Por otro lado, en relación al fomento de los sumideros forestales, se contemplan medidas específicas de gran alcance para la conservación de sistemas forestales y agrarios de alto valor ecológico, que pueden jugar un papel importante en la conservación de hábitats y especies y en la mejora de la biodiversidad de estos sistemas.

- Biodiversidad (fauna, flora, vegetación y hábitats de interés comunitario):

El despliegue de las energías renovables supone una importante ocupación del territorio que implica la alteración de los hábitats naturales y seminaturales y afecta a la vegetación, la flora y la fauna. El desarrollo de esta tecnología conlleva también el despliegue de líneas eléctricas de evacuación que, junto con la ocupación territorial de las instalaciones y los vallados perimetrales, suponen un efecto barrera y pérdida de conectividad ecológica del territorio. Además, en zonas de acumulación de proyectos, causan efectos acumulativos y sinérgicos. El estudio ambiental estratégico califica como grave el impacto de las instalaciones eólicas y de manera moderada el de las solares.

El estudio ambiental estratégico destaca los impactos sobre aves y quirópteros producidos por los aerogeneradores y las líneas eléctricas de evacuación, que causan mortalidad directa y lesiones por colisión, electrocución y barotrauma. También pueden constituir barreras para los desplazamientos de las aves en sus rutas de migración o entre las áreas de alimentación y descanso.

La instalación de plantas fotovoltaicas requiere una extensa ocupación territorial que puede ocasionar la pérdida, degradación y fragmentación del hábitat, con la eliminación de la vegetación y el desplazamiento de fauna asociada, por las molestias por ruido y tránsito, y por la alteración de las áreas de campeo, reproducción y descanso. El grupo faunístico más afectado por esta tecnología es el de las aves esteparias, ya que estas instalaciones se desarrollan, mayoritariamente, sobre superficies agrarias (cultivos herbáceos y de cereal, barbechos, mosaicos agrarios con matorral) o pastizales que constituyen el hábitat de este grupo de aves en declive.

- Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000:

Aunque el nivel de detalle del Plan Regional Integrado de Energía y Clima no ofrece localizaciones concretas para la ubicación de las nuevas instalaciones para la generación eléctrica con renovables (eólica y solar) o para las redes de transporte y distribución, no puede descartarse el riesgo de ocupación de superficies protegidas y superficies de la Red Natura 2000. Esta ocupación deberá ser mínima y compatible con los planes de gestión de los espacios protegidos y de la Red Natura 2000, asegurando la conservación de los valores por los cuales fueron declarados. En relación con la conservación de la biodiversidad, especialmente en el grupo de aves, es fundamental restringir el emplazamiento de parques eólicos en zonas importantes de paso o de nidificación, así como en Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), según indica el estudio ambiental estratégico, que valora el impacto como negativo moderado.

- Paisaje y patrimonio cultural:

El paisaje constituye uno de los principales recursos afectados por la aplicación del Plan Regional Integrado de Energía y Clima, en relación con el despliegue de las energías eólica y solar, unido a las redes de transporte y distribución eléctrica.

La instalación de los parques eólicos requiere de localizaciones ventosas, que suelen coincidir con sectores de elevada intervisibilidad, generalmente poco antropizados, en los que no es infrecuente la presencia de valores paisajísticos destacados, donde el impacto visual de los aerogeneradores es elevado. Por otro lado, las instalaciones solares requieren una amplia extensión y su contraste con el entorno hace que su impacto sea considerable. El estudio ambiental estratégico califica el impacto como negativo severo en el caso de instalaciones eólicas y fotovoltaicas y sus redes de transporte y distribución.

En cuanto a los cambios en el transporte en las ciudades, así como en el uso del suelo urbano y la distribución espacial de los diferentes medios de transporte, tienen una importante incidencia en el paisaje urbano y en la conservación del patrimonio cultural. Esta mejora del paisaje urbano y la reducción de la degradación del patrimonio cultural a causa del cambio modal en el transporte se valora como un efecto positivo favorable.

Por otro lado, una inadecuada elección de emplazamientos o una ejecución deficiente de las obras puede entrañar un riesgo de afección al patrimonio.

Con carácter general, la protección del patrimonio cultural, el dominio público forestal y el dominio público pecuario se garantiza a través del cumplimiento de la normativa sectorial desarrollada y concretamente, a través de la consideración de estos aspectos en los procedimientos de evaluación ambiental y autorización de proyectos.

- Población, salud pública y bienes materiales:

El principal efecto previsible del Plan Regional Integrado de Energía y Clima sobre la salud humana se relaciona con la mejora de la calidad del aire y la reducción de la contaminación, lo que supone la reducción de enfermedades y muertes prematuras asociadas a la contaminación atmosférica. Este aspecto ya se valoró en el apartado sobre los efectos en el cambio climático.

Sin embargo, a nivel local, pueden producirse molestias sobre las poblaciones más cercanas a los proyectos. El desarrollo de instalaciones eólicas podría incrementar el nivel acústico local, y causar molestias por el efecto sombra intermitente y la reflexión solar, que también se produce en fotovoltaicas. Los campos electromagnéticos asociados a los tendidos de alta y media tensión, subestaciones y transformadores generan una preocupación en la sociedad por sus posibles efectos sobre la salud. El promotor considera dichos impactos como compatibles.

- Usos del suelo, ordenación del territorio y desarrollo socioeconómico:

Aunque la necesidad de superficie para el desarrollo de energías renovables en el territorio pueda presentar ciertas incompatibilidades de uso (cinegético, recreativos, turísticos, etc.), el despliegue de instalaciones de generación eléctrica, fundamentalmente eólica y solar, así como el aprovechamiento de la biomasa, suponen una oportunidad para la dinamización económica y la creación de empleo, contribuyendo así al freno del despoblamiento de entornos como los rurales.

En el caso de las nuevas instalaciones, es previsible la generación de recursos económicos a nivel local y la creación de empleo tanto en la fase de construcción como de explotación. Además, el desarrollo de infraestructuras puede suponer mejoras en núcleos rurales aislados, tales como mejoras en la electrificación y en la conservación de caminos.

Por otro lado, las industrias agrícolas y forestales se ven beneficiadas económicamente por la posibilidad de utilizar determinados residuos o subproductos para la generación de energía. Por último, el considerable desarrollo de las energías renovables previsto en el Plan Regional Integrado de Energía y Clima reduce la dependencia energética de combustibles fósiles, fomentando la diversificación energética y el autoconsumo.

Por tanto, el impulso al desarrollo económico y social derivado del despliegue de energías renovables se valora en el estudio ambiental estratégico como un efecto positivo favorable.

- Generación de residuos y consumo de recursos:

Se prevé un aumento de la generación de residuos y demanda de recursos adicionales, tanto por la construcción de las nuevas instalaciones, como por la fabricación de equipos. Debido a la magnitud de esta expansión, se espera que sus efectos sean significativos a nivel estratégico.

Por otra parte, se prevé una reducción positiva del consumo de combustibles fósiles no renovables. Y, en paralelo, un aumento en la eficiencia del consumo y la generación de residuos, a partir de la incidencia ambiental y territorial positiva de las transformaciones sectoriales necesarias para la adaptación a la transición energética.

El EsAE propone una relación de medidas para prevenir, reducir y, en la medida de lo posible, corregir cualquier efecto negativo sobre el territorio, incluyendo además las medidas y acciones específicas recomendadas en los informes remitidos por las distintas Administraciones públicas, en el Documento de alcance, o por normativa sectorial aplicable.

Se proponen las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de los objetivos de protección ambiental, estableciendo las medidas necesarias para prevenir y reducir los potenciales efectos negativos derivados de la aplicación del Plan Regional Integrado de Energía y Clima de La Rioja, así como para aprovechar las oportunidades que ofrece el propio Plan para promover mejoras en el medio ambiente.

Cabe destacar que el Plan Regional tiene una orientación estratégica y no están definidos con detalle los proyectos concretos que derivan de su aplicación ni se conoce su ubicación. Por tanto, durante el desarrollo de los futuros instrumentos o proyectos que deriven del Plan Regional Integrado de Energía y Clima se deberán valorar los procedimientos de intervención administrativa ambiental. En dichos procedimientos serán identificados y valorados en detalle los impactos derivados de la ejecución y funcionamiento de estos, así como las medidas preventivas, correctoras y compensatorias. Se tendrán en especial consideración aquellos proyectos derivados del Plan Regional que se hallen sometidos a la normativa vigente en materia de evaluación de impacto ambiental, así como aquellas actuaciones en las que sea necesario realizar un estudio de las repercusiones sobre los espacios pertenecientes a la Red Natura 2000.

Los responsables de la implementación, ejecución y desarrollo de las actuaciones que prevé el Plan deberán tener en cuenta todas las medidas de integración ambiental establecidas. Por tanto, la correcta integración ambiental del Plan Regional Integrado de Energía y Clima involucra a una variedad de agentes, como promotores de proyectos específicos, entidades locales, Administración autonómica y la Administración General del Estado, cada uno dentro de sus respectivos ámbitos de competencia.

El estudio ambiental estratégico detalla las medidas cuyo objetivo es mejorar la integración ambiental del Plan Regional Integrado de Energía y Clima a nivel estratégico, así como las recomendaciones previstas para reducir el impacto ambiental de proyectos que deriven de su aplicación:

- Medidas Estratégicas: Obligatorias a implementar por el órgano sustantivo.

- Recomendaciones a nivel de proyecto: buenas prácticas ambientales para que el resto de las administraciones y los promotores de los proyectos derivados del Plan Regional Integrado de Energía y Clima tengan en cuenta en su planificación e implementación.

Se describen las medidas propuestas con el objetivo de mejorar la integración ambiental del Plan Regional Integrado de Energía y Clima en el nivel estratégico:

- Medidas estratégicas de carácter transversal.

- Incorporación de líneas de investigación en materia medioambiental que mejore la integración ambiental de las medidas del Plan Regional Integrado de Energía y Clima.

- Fomento de iniciativas de compensación de la huella de carbono y de economía circula.

- Medidas orientadas al despliegue e integración de las energías renovables.

- Promoción de criterios ambientales generales para la ubicación de instalaciones de energías renovables.

- Promoción de criterios ambientales específicos por tecnologías.

- Medidas para la integración de renovables en el sistema eléctrico.

- Evaluación ambiental estratégica del Plan de desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026.

- Análisis territorial de nuevos corredores para el transporte de energía eléctrica.

- Incorporación de la variable ambiental en la planificación estratégica de los sistemas de almacenamiento y gestión de la demanda.

- Planificación territorial del bombeo hidráulico.

- Planificación territorial del almacenamiento con baterías.

- Medidas relativas a la reducción progresiva de energías procedentes de fuentes no renovables.

- Estrategia de Transición Justa.

Se describen las medidas estratégicas que determinan transformaciones con incidencia sobre el transporte, el sector residencial y de servicios, la industria, el sector agrario, forestal, la gestión de residuos y los gases fluorados.

A continuación, se indican las recomendaciones de medidas para proyectos futuros derivados de la implementación del Plan Regional Integrado de Energía y Clima:

- Recomendaciones de carácter transversal.

- Recomendaciones para los proyectos de generación eléctrica con eólica.

- Ubicación de las instalaciones eólicas.

- Prevención de procesos erosivos y recuperación de espacios afectados por las obras.

- Incorporación de criterios paisajísticos a nivel de proyecto.

- Incorporación de criterios ambientales en la definición de los aerogeneradores.

- Medidas para reducir el riesgo de colisión de la avifauna y quirópteros.

- Previsión de medidas compensatorias para las poblaciones de fauna afectadas.

- Prevención de molestias a la población.

- Medidas de información a la población.

- Protección y recuperación del patrimonio histórico y cultural.

- Integración socioeconómica de los parques eólicos.

- Restablecimiento del estado original del terreno y contribución a la economía circular.

- Recomendaciones para los proyectos de generación eléctrica fotovoltaica.

- Directrices de emplazamiento de los parques solares.

- Integración de las especies locales y protección de su hábitat natural.

- Medidas para reducir el impacto faunístico de los proyectos.

- Mejora de la calidad ecológica del suelo.

- Fomento de la compatibilidad con usos ganaderos.

- Fomento de la coordinación y el trabajo común entre desarrolladores.

- Reducción del impacto visual de forma natural.

- Contratación de personal local favoreciendo la integración laboral y compras a proveedores locales.

- Reducción del uso de agua y mejora de las condiciones hidrológicas del terreno.

- Reducción del uso de hormigón.

- Restablecimiento del estado original del terreno y contribución a la economía circular.

- Recomendaciones para los proyectos de renovación de centrales hidroeléctricas.

- Medidas de mejora para la fauna piscícola.

- Reducción del impacto paisajístico.

- Protección del patrimonio cultural.

- Medidas para evitar cambios en el transporte de sedimentos.

- Reducción de plagas animales y vegetales.

- Calidad del agua.
- Reducción de ruidos.

- Recomendaciones para los proyectos de instalaciones geotérmicas.

- Aplicación de medidas para la protección de acuíferos.

- Recomendaciones para los proyectos en relación con biomasa.

- Reducción de las emisiones asociadas al uso de biomasa.

- Prevención de impactos sobre la avifauna en el aprovechamiento de biomasa agrícola.

- Recomendaciones para los proyectos de redes de transporte y distribución de energía.

- Reducción de la mortalidad de aves por colisión y electrocución.

- Protección del patrimonio cultural.

- Creación de corredores ecológicos.

- Consideraciones ambientales en el trazado de las nuevas líneas.

- Recomendaciones para los proyectos de plantas de producción de hidrógeno.

- Prevención de afecciones a masas de agua.

- Prevención de afección por vibración y ruido.

- Residuos.

- Proyectos de conservación y restauración.

- Recomendaciones para los proyectos de almacenamiento con tecnología de bombeo hidráulico.

- Prevención de afecciones a la masa de agua.

- Prevención y corrección de efectos sobre la fauna y vegetación asociada al sistema fluvial.

- Integración ecológica del reservorio superior.

- Recomendaciones para los proyectos de almacenamiento con baterías.

- Medidas para prevenir episodios de contaminación accidental.

En el estudio ambiental estratégico también se incluyen recomendaciones para los proyectos derivados de transformaciones sectoriales:

- Recomendaciones para proyectos relacionados con el sector del transporte: adaptación de la red viaria y de la red ferroviaria.

- Recomendaciones para proyectos relacionados con el sector residencial, servicios y edificación, sector industrial, sector agrario (agrícola y ganadero), sector forestal y gestión de residuos.

Finalmente, el estudio ambiental estratégico realiza una propuesta de programa de vigilancia ambiental en el que se definen los parámetros que permitan el seguimiento, la detección de los impactos producidos y la comprobación de las medidas adoptadas a tal efecto.

El estudio ambiental estratégico recoge que el órgano sustantivo del Plan Regional Integrado de Energía y Clima deberá realizar un seguimiento de los efectos ambientales de su ejecución, con el fin de identificar con prontitud los impactos adversos no previstos y llevar a cabo las medidas adecuadas para evitarlos.

Dado que gran parte de las actuaciones del Plan se van a ejecutar a través de planes específicos y de proyectos susceptibles de estar sometidos a procedimientos de evaluación ambiental, en todos estos casos se va a realizar un seguimiento ambiental individualizado de cada uno de ellos, según determine cada resolución del órgano ambiental. El sistema de seguimiento diseñado deberá tener en cuenta, entonces, tanto los seguimientos de los desarrollos de los planes específicos y de los proyectos individuales, como del conjunto y de las propias determinaciones del Plan Regional Integrado de Energía y Clima.

El objeto de este seguimiento es verificar la eficacia de las medidas de integración ambiental propuestas en el estudio ambiental estratégico, modificándolas y adaptándolas a las nuevas necesidades que, en su caso, se pudieran detectar.

Este seguimiento se realizará a través del sistema de indicadores de control y vigilancia ambiental incluido en el capítulo 9 del estudio ambiental estratégico.

El estudio ambiental estratégico indica que se elaborarán informes periódicos cada dos años a lo largo del horizonte del PRIEC 2024-2030. Además, se fija un hito intermedio de revisión del grado de aplicación de las medidas y de los indicadores establecidos para, en su caso, proceder a una adecuación del Plan en coherencia con la evolución del mercado de la energía y con los compromisos políticos que se vayan asumiendo en el marco de la transición energética y la lucha contra la crisis climática.

Por último, se incluye un resumen de carácter no técnico de toda la información facilitada en el resto de los apartados del Estudio ambiental estratégico.

Sexto. La declaración ambiental estratégica es el informe preceptivo y determinante del órgano ambiental con el que finaliza la evaluación ambiental estratégica ordinaria y que se pronuncia sobre la integración de los aspectos ambientales en la propuesta final del plan o programa. De acuerdo con lo previsto en el artículo 25 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el órgano ambiental, una vez finalizado el análisis técnico del expediente, formulará la declaración ambiental estratégica.

En este sentido, tanto la documentación presentada por el promotor a lo largo del procedimiento como el resultado de las consultas efectuadas a las Administraciones públicas afectadas han sido valorados por el Servicio de Integración Ambiental de la Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua, proponiendo con fecha 12 de marzo de 2025 la emisión de la presente Declaración ambiental estratégica.

Fundamentos de derecho:

Primero. El expediente ha sido tramitado de acuerdo con el procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria establecido en los artículos 17 al 25 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y demás normativa general de aplicación; en el artículo 16 de la Ley 6/2017, de 8 de mayo, de protección del medio ambiente de la Comunidad Autónoma de La Rioja y en los artículos 7, 9 y 9bis del Decreto 29/2019, de 20 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Título I 'Intervención administrativa' de la Ley 6/2017, de 8 de mayo, de protección del medio ambiente de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como en la demás normativa de aplicación.

Segundo. En la Comunidad Autónoma de La Rioja, el órgano ambiental competente para la emisión de las declaraciones ambientales estratégicas es la Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 6/2017, de 8 de mayo, de protección del medio ambiente de la Comunidad Autónoma de La Rioja y en el artículo 4 del Decreto 29/2019, de 20 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Título I 'Intervención administrativa' de la Ley 6/2017, de 8 de mayo, de protección del medio ambiente de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

A la vista de todo lo anterior, a propuesta del Servicio de Integración Ambiental y según lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua,

RESUELVE

Primero. Formular Declaración ambiental estratégica favorable del Plan Regional Integrado de Energía y Clima 2024-2030 (PRIEC), promovido por la Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua, siempre y cuando se adopten las medidas preventivas y correctoras que a continuación se relacionan, además de las propuestas por el promotor:

A. Condiciones generales:

1) La ejecución e implementación de las actuaciones del Plan Regional Integrado de Energía y Clima deben cumplir las medidas de integración ambiental que contempla el estudio ambiental estratégico, en lo que no resulten contrarias a la presente resolución.

2) Asimismo, los proyectos que se desarrollen como consecuencia de la ejecución e implementación del Plan Regional Integrado de Energía y Clima deben considerar las medidas de integración ambiental y las recomendaciones para proyectos que les sean de aplicación, así como las determinaciones ambientales establecidas en la declaración ambiental estratégica del Plan Regional Integrado de Energía y Clima, sin perjuicio de que, en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de los proyectos, se determinen las condiciones específicas en las que deba desarrollarse cada proyecto, para garantizar la protección del medio ambiente.

3) La proyección y el desarrollo de las energías renovables debe producirse en el marco de las previsiones establecidas en el PRIEC 2024-2030, sin que se produzca su sobrepaso. Si bien el Plan Regional Integrado de Energía y Clima se plantea como un instrumento flexible sobre las previsiones concretas para cada tecnología, deben evitarse variaciones significativas que incrementen los impactos del plan y desvirtúen la evaluación ambiental estratégica realizada. Por el contrario, se considera favorable la evolución hacia una mayor generación mediante autoconsumo, en detrimento del despliegue de renovables sobre el territorio, lo que deberá potenciarse y favorecerse para alcanzar o superar las previsiones del PRIEC 2024-2030, en lo posible.

4) Las actuaciones y proyectos que se desarrollen como consecuencia de la implantación del Plan Regional Integrado de Energía y Clima en relación con la producción y distribución de biometano, biogás e hidrógeno verde deberán considerar y minimizar los riesgos de fugas de gases que incrementen el efecto invernadero o emisiones indirectas de gases contaminantes a la atmósfera.

5) En los proyectos de almacenamiento con baterías, deben primarse los dispositivos y las tecnologías que minimicen los riesgos de contaminación.

6) Debe estudiarse el desarrollo de mecanismos legales o garantías económicas, que garanticen el adecuado desmantelamiento de las instalaciones, la restauración del medio y la gestión de los residuos producidos a final de la vida útil de las instalaciones por los promotores.

7) Se recuerda que, en cada uno de los proyectos que se tenga previsto desarrollar, será necesario informe previo cuando se prevean posibles afecciones en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Medio Natural y Paisaje.

8) Se adoptarán las técnicas de construcción y los materiales necesarios para favorecer la integración paisajística de las infraestructuras e instalaciones que deriven del Plan.

9) Se recuerda que las actuaciones en dominio público hidráulico y su zona de policía asociada requerirán autorización de la Confederación Hidrográfica del Ebro, en los términos establecidos en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

B. En relación con el cambio climático:

1) Se recomienda la adaptación de las actuaciones a los aspectos microclimáticos del territorio, así como la inserción de instalaciones de energías renovables, especialmente placas solares, tanto para usos propios como la iluminación general, la calefacción o el agua caliente sanitaria, como para la incorporación de energía a la red, equilibrando el impacto de las fuentes de energías no renovables.

2) Se dispondrán los medios necesarios para minimizar la generación de polvo, gases contaminantes, ruidos y calidad del aire mediante el mantenimiento preventivo de los motores de la maquinaria, la optimización de los planes de trabajo y la reducción de los recorridos de la maquinaria pesada, con el fin de contribuir a reducir las emisiones causantes del cambio climático mediante el empleo de las mejores tecnologías disponibles.

C. En relación con los residuos:

1) Se evitará todo tipo de vertido en la zona afectada para las obras, tomando las medidas protectoras que se consideren necesarias. En este sentido, no se realizarán tareas de reparación y mantenimiento de maquinaria, vehículos y herramientas a motor en la zona de actuación. Se deberán extremar las precauciones para evitar los riesgos de vertido, directo o indirecto a la red hidrográfica o a los acuíferos, de residuos contaminantes.

2) Se gestionarán adecuadamente los distintos tipos de residuos generados durante las obras según la normativa vigente en esta materia, prestando especial atención a lo establecido por el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

D. En relación con el ruido:

En lo que respecta a la normativa vigente en materia de ruido, se deberán cumplir los objetivos de calidad acústica dispuestos en el anexo II del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

E. Sobre los efectos en Red Natura 2000:

Las actuaciones que el Plan Regional Integrado de Energía y Clima prevea en los espacios catalogados con alguna figura de protección, tales como Red Natura 2000 (LIC, ZEC y ZEPA), lista de Humedales de Importancia Internacional (lista RAMSAR) y el resto de figuras recogidas en Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, deberán someterse a una evaluación adecuada de sus repercusiones que se realizará de acuerdo con la legislación básica estatal y la adicional de la Comunidad Autónoma de La Rioja, sin comprometer los objetivos de conservación de los lugares.

F. En relación con el patrimonio cultural:

De forma previa a la redacción de cada uno de los proyectos derivados de la aplicación del Plan Regional Integrado de Energía y Clima, se solicitará al Servicio de Conservación y Promoción del Patrimonio Histórico del Gobierno de La Rioja la información relativa a los bienes del Patrimonio Cultural inventariados en los términos municipales afectados por dichos proyectos, con el fin de evitar posibles afecciones al mismo. En este sentido, es especialmente vulnerable el patrimonio subyacente de índole arqueológica y/o paleontológica, por lo que cada solicitud deberá ir acompañada de cartografía en formato vectorial (shape, kmz o similar) con los trazados o áreas afectadas.

G. En cuanto al seguimiento ambiental del Plan Regional Integrado de Energía y Clima:

1) El órgano sustantivo deberá realizar un control de los efectos en el medio ambiente de su aplicación o ejecución, identificando los efectos adversos no previstos y llevando a cabo las medidas adecuadas para evitarlos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Este seguimiento deberá realizarse en consonancia con los principios de sostenibilidad y objetivos ambientales e indicadores propuestos durante su evaluación ambiental.

2) A estos efectos, durante el periodo de vigencia del Plan Regional Integrado de Energía y Clima se deberá realizar un informe de seguimiento bienal sobre el cumplimiento de la presente Declaración ambiental estratégica. Todos los informes bienales del Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) deberán informar del estado de desarrollo del Plan Regional Integrado de Energía y Clima en el momento de la redacción del informe, respecto de sus previsiones. El informe de seguimiento incluirá un listado de comprobación de las medidas previstas en el programa de vigilancia ambiental establecido en su correspondiente Estudio ambiental estratégico, así como un análisis de la evolución de su huella de carbono. El programa de vigilancia ambiental y el listado de comprobación se harán públicos en la sede electrónica del órgano sustantivo.

3) Dichos informes deberán ser remitidos al órgano ambiental (Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente) con el fin de facilitar su participación en el seguimiento y contrastar el cumplimiento de la declaración ambiental estratégica. También serán publicados en la sede electrónica del órgano sustantivo para facilitar la participación de los agentes sociales y la formulación de sugerencias.

4) Para completar el seguimiento ambiental establecido en el PVA del estudio ambiental estratégico, se deben integrar los siguientes indicadores ambientales a desarrollar por el órgano sustantivo:

- Emisiones totales de contaminantes atmosféricos (ktep) de los principales contaminantes atmosféricos (SO2, NO2, COVNM, PM2.5, NH3).

- Número total de plantas de producción de Hidrógeno verde.

- Hm3 de agua concedidos a plantas de producción de Hidrógeno verde.

- Superficie total y/o relativa ocupada por proyectos de energías renovables:

- Superficie total.

- Superficie ocupada en áreas o espacios protegidos.

Segundo. Recordar al promotor que esta Declaración ambiental estratégica no le exime del cumplimiento de cualesquiera otros trámites o autorizaciones ambientales que fueran necesarios con arreglo a la normativa sectorial correspondiente y cuya obtención, cuando resulte pertinente, deberá ser gestionada por el interesado.

Tercero. Recordar al promotor que esta Declaración ambiental estratégica perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicado en el Boletín Oficial de La Rioja, no se hubiera procedido a la aprobación definitiva de este Plan Regional en un plazo máximo de dos años.

En virtud del artículo 26 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el promotor del Plan debe incorporar el contenido de la declaración ambiental estratégica en el Plan y, de acuerdo con lo previsto en la legislación sectorial, lo someterá a la adopción o aprobación del órgano sustantivo.

En el plazo de diez días hábiles desde la adopción o aprobación del Plan, el órgano sustantivo remitirá para su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja la siguiente documentación:

a) La resolución por la que se adopta o aprueba el plan o programa, y una referencia a la dirección electrónica en la que el órgano sustantivo pondrá a disposición del público el contenido íntegro de dicho plan o programa.

b) Un extracto que incluya los siguientes aspectos:

1º. De qué manera se han integrado en el plan o programa los aspectos ambientales.

2º. Cómo se ha tomado en consideración en el plan o programa el estudio ambiental estratégico, los resultados de la información pública y de las consultas, incluyendo en su caso las consultas transfronterizas y la declaración ambiental estratégica, así como, cuando proceda, las discrepancias que hayan podido surgir en el proceso.

3º. Las razones de la elección de la alternativa seleccionada, en relación con las alternativas consideradas.

c) Las medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación del plan o programa.

Cuarto. Ordenar la publicación de esta Declaración ambiental estratégica en el Boletín Oficial de La Rioja y en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja.

Quinto. Trasladar la correspondiente Resolución al Servicio de Cambio Climático y al Servicio de Integración Ambiental de la Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua.

De conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, las declaraciones ambientales estratégicas no serán objeto de recurso alguno, sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía judicial frente a la disposición de carácter general que hubiese aprobado el plan o programa, o bien sin perjuicio de los que procedan en vía administrativa frente al acto, en su caso, de aprobación del mismo.

Logroño a 18 de marzo de 2025.- El Director General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua, José María Infante Olarte.

950178 {"title":"Resolución 80\/2025, de 18 de marzo, de la Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua, por la que se formula la Declaración Ambiental Estratégica del Plan Regional Integrado de Energía y Clima 2024-2030 (PRIEC) (EAE 53\/2023)","published_date":"2025-03-19","region":"larioja","region_text":"La Rioja","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-larioja.png","id":"950178"} larioja BOR;BOR 2025 nº 54;Consejería de agricultura, ganadería, mundo rural y medio ambiente;Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta a Professional para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Professional en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un grupo de trabajo. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propio grupo de trabajo. https://govclipping.com/es/larioja/boa/2025-03-19/950178-resolucion-80-2025-18-marzo-direccion-general-calidad-ambiental-cambio-climatico-agua-se-formula-declaracion-ambiental-estrategica-plan-regional-integrado-energia-clima-2024-2030-priec-eae-53-2023 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.