Resolución 131/2025, de 25 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se convoca por el procedimiento de concurrencia competitiva, dos becas para la formación de profesionales técnicos de bibliotecas, prevista en la Orden 7/2013, de 14 de marzo, de la entonces Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas de formación en archivística y en biblioteconomía (extracto)
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BDNS: 815124
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/815124).
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas becas las personas que reúnan las condiciones establecidas en el artículo 4 de la Orden 7/2013, de 14 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas de formación en Biblioteconomía.
Segundo. Objeto.
Convocar 2 becas de formación y perfeccionamiento técnico-profesional para titulados de las áreas de conocimiento de biblioteconomía.
Tercero. Cuantía.
Por cada becario la cuantía asciende a 9.665,73 euros, al convocarse 2 becas, la cifra asciende a diecinueve mil trecientos treinta y un euros con cuarenta y seis céntimos (19.331,46 euros).
Se pagarán por mensualidades vencidas, sujetas a la correspondiente retención del IRPF y se aplicará la correspondiente retención de Seguridad social, en la parte que corresponda al Becario.
Cuarto. Plazo de presentación de las solicitudes.
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de veinte días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
Las solicitudes ajustadas al modelo oficial, podrán encontrarse en la oficina electrónica (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=14467), y presentarse en el Registro General de la Comunidad Autónoma de La Rioja o en el resto de lugares previstos en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus organismos públicos y en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto. Otros datos de interés.
Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=14467).
Sexto. Documentación y Justificación.
La justificación de la realización de las actividades becadas deberá llevarse a cabo conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Orden 7/2013, de 14 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas de formación en Archivística y en Biblioteconomía.
Logroño a 25 de febrero de 2025.- El Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, José Luis Pérez Pastor.