Aprobación inicial de la trigésima tercera Modificación Puntual del Plan General Municipal de Haro, en el ámbito del área con planeamiento número 11 "Fuenteciega"
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el 29 de enero de 2025, ha acordado:
Dada cuenta de la modificación puntual de planeamiento en el ámbito del Área con Planeamiento Aprobado número 11 "Fuenteciega", incoada de oficio y redactada por el arquitecto Gonzalo Latorre Martínez con el objetivo de cambiar la calificación de suelos dotaciones públicos, zonas verdes y viario del Polígono Industrial Fuenteciega a suelo industrial.
Visto el Informe de determinación de afecciones ambientales emitido por la Dirección General de Calidad Ambiental, Cambio Climático y Agua del Gobierno de La Rioja, de 17 de diciembre de 2024, por el que "no debe someterse al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica simplificada y se informa que el promotor podrá continuar con la tramitación sustantiva para su aprobación."
Visto el informe del Arquitecto Municipal Eduardo Llona Manzanedo de 19 de diciembre de 2024.
Visto el informe-propuesta del Secretario Accidental de fecha 7 de enero de 2025.
Visto el Dictamen de la Comisión Municipal Informativa de Obras, Urbanismo y Vivienda de fecha 13 de enero de 2025.
Vistos los artículos 87 a 91, 104 a 106 de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, y 22.2.c) y 47.2 ll) de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local.
El Pleno, por unanimidad,
ACUERDA
Primero. Aprobar inicialmente el proyecto de la 33ª Modificación Puntual del Plan General Municipal de Haro en el ámbito del Área con Planeamiento Aprobado número 11 "Fuenteciega", en los términos que obran en el expediente.
Segundo. Abrir un período de información pública durante plazo de un mes, mediante anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de La Rioja y en la sede electrónica del Ayuntamiento, así como en un Diario de difusión local conforme a los términos señalados en el artículo 87.1 de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja. Durante dicho período quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo para que se presenten las alegaciones que se estimen pertinentes.
Tercero. Suspender el otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas para aquellas áreas del territorio objeto del planeamiento, cuyas nuevas determinaciones supongan modificación del régimen urbanístico vigente. Esta suspensión se publicará conjuntamente con la aprobación inicial.
Cuarto. Una vez recibidos los correspondientes informes sectoriales de las administraciones que pudieran resultar afectadas, las consideraciones e indicaciones contenidas en los mismos deberán incorporarse a las determinaciones de la modificación del Plan de General Municipal.
Quinto. Facultar a la Alcaldía- Presidencia para dictar cuantas resoluciones sean necesarias en orden a la ejecución de estos acuerdos.
Haro a 30 de enero de 2025.- La Alcaldesa-Presidenta, Guadalupe Fernández Prado.