Resolución 2/2025, de 21 de enero, de la Dirección General de Empleo, por la que se reconoce la obligación y se propone el abono del cincuenta por ciento, en concepto de anticipo, a las entidades beneficiarias de subvenciones de la convocatoria adicional para la contratación de personas desempleadas de treinta años o más, para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja

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Antecedentes de hecho:

1.- Por Resolución 121/2024, de fecha 18/12/24, el consejero de Educación y Empleo concedió a las entidades relacionadas en el anexo las subvenciones para la contratación de personas desempleadas en la realización de obras o servicios de interés general y social, conforme a los dispuesto en la Orden EDE/33/2024, arriba citada.

2.- Se ha comprobado que los beneficiarios se encuentran al corriente en sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social y la hacienda autonómica.

3.- Propuesta de reconocimiento de la obligación y propuesta de pago del 50 % de la subvención de la jefa del Servicio de la Red de Empleo, de fecha 19/12/24, en el que se declara el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa específica.

4.- Informe de fiscalización previa de fecha 20/1/25.

5.- En la tramitación del expediente se cumple la normativa aplicable en materia de procedimiento administrativo y de subvenciones.

A los hechos mencionados les son de aplicación los siguientes,

Fundamentos de derecho:

Primero. Para la elaboración del presente informe para proponer el pago del 50 %, en concepto de anticipo se ha tenido en cuenta la siguiente normativa:

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja.

Ley 12/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2024.

Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Decreto 53/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Orden EDE/33/2024, de 9 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la contratación de personas desempleadas de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Resolución 59/2024 de la Consejería de Educación y Empleo por la que se procede a la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la contratación de personas desempleadas de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general y social para el año 2024 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja en aplicación de la Orden EDE/33/2024, de 9 de mayo, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la contratación de personas desempleadas de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Resolución 101/2024, de 23 de octubre, de la Consejería de Educación y Empleo, para la aprobación del gasto para la convocatoria adicional de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la contratación de personas desempleadas de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general y social para el año 2024 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en aplicación de la Orden EDE/33/2024, de 9 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de dichas ayudas

Resolución 8/2024, de 8 de febrero, de la Consejería de Educación y Empleo, de delegación de competencias en los centros directivos y asignación de funciones a los jefes de servicio.

Vistos los hechos y fundamentos de derecho señalados y en virtud de las atribuciones que tiene conferidas, la directora general de Empleo,

RESUELVE

Único. Reconocer la obligación y proponer el abono del 50 %, en concepto de anticipo, a las entidades relacionas en el documento anexo por los importes que el mismo se relacionan para cada una de ellas, con cargo a las aplicaciones presupuestaria del presupuesto ordinario para el año 2024 que se indican, habida cuenta de que, tal como se ha comprobado, existe crédito presupuestario suficiente y adecuado en tales partidas, y con las referencias de intervención señaladas.

Remítase el expediente a la Intervención Delegada.

Notifíquese a los interesados.

Lo que se traslada para su conocimiento y a los efectos oportunos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la presente resolución pone fin a la vía administrativa.

Contra la misma se puede interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, o, vía jurisdiccional, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el plazo de dos meses, ambos plazos, contados a partir del día siguiente al de notificación de esta Resolución, a tenor de lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en concordancia con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 21 de enero de 2025.- La Directora general de Empleo, Cristina Salinas García.

















ANEXO
Relación de pagos


A) Con cargo a la aplicación presupuestaria 0808.2411.46100 del presupuesto 2024:

Expediente Beneficiario NIF Subvención Pago anticipo Ref. Intervención
O33-2024-233407 Ayto. de Tormantos P2615000C 10.571,82 5.285,91 2024/GG/08/1965/1
O33-2024-232408 Ayto. de Grañón P2606900E 10.571,82 5.285,91 2024/GG/08/1965/2
O33-2024-233413 Ayto. de Navarrete P2610600E 16624,98 8.312,49 2024/GG/08/1965/3
O33-2024-233092 Ayto. de Haro P2607100A 21.143,64 10.571,82 2024/GG/08/1965/4
O33-2024-233026 Ayto. de Ocón P2609700F 21.143,64 10.571,82 2024/GG/08/1965/5
O33-2024-233148 Ayto. de Bergasa P2602800A 21.143,64 10.571,82 2024/GG/08/1965/6
O33-2024-233048 Ayto. de Cihuri P2604900G 21.143,64 10.571,82 2024/GG/08/1965/7
O33-2024-233005 Ayto. de Ortigosa de C. P2611200C 21.143,64 10.571,82 2024/GG/08/1965/8
O33-2024-233173 Ayto. de El Rasillo P2612200B 21.143,64 10.571,82 2024/GG/08/1965/9
O33-2024-233138 Ayto. de Bañares P2602400J 21.143,64 10.571,82 2024/GG/08/1965/10
O33-2024-233216 Ayto. de Ventrosa P2616400D 21.143,64 10.571,82 2024/GG/08/1965/11
O33-2024-233183 Ayto. de Viniegra de Abajo P2617900B 21.143,64 10.571,82 2024/GG/08/1965/12
O33-2024-233078 Ayto. de Alfaro P2601100G 21.143,64 10.571,82 2024/GG/08/1965/13
O33-2024-233079 Ayto. de Alfaro P2601100G 21.143,64 10.571,82 2024/GG/08/1965/14
O33-2024-233081 Ayto. de Alfaro P2601100G 33.249,96 16.624,98 2024/GG/08/1965/15
O33-2024-233119 Ayto. de San Vicente de la S.       P2614200J 21.143,64 10.571,82 2024/GG/08/1965/16
O33-2024-233031 Ayto. de Villavelayo P2617600H 21.143,64 10.571,82 2024/GG/08/1965/17
O33-2024-233021 Ayto. de Brieva de C. P2603200C 21.143,64 10.571,82 2024/GG/08/1965/18



B) Con cargo a la aplicación presupuestaria 0808.2411.48000 del presupuesto 2024:

Expediente Beneficiario NIF Subvención Pago anticipo Ref. Intervención
O33-2024-233405 Fundación San Ezequiel Moreno   G50884907 16.624,98 8.312,49 2024/GG/08/1965/19
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