Resolución 2/2025, de 17 de enero, de la Subdirección General de Diálogo Social y Relaciones Laborales, por la que se admite el depósito de la modificación de los estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación de Empresas del Sector de la Industria TIC, la Digitalización y de la Economía Digital de la Rioja-AERTIRC (en adelante Asociación de Empresas del Sector de la Industria Tecnológica, la Digitalización y de la Economía Digital de La Rioja-AERTIC)
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Vista la documentación presentada por doña Laura Urbieta Núñez en representación de la asociación empresarial denominada Asociación de Empresas del Sector de la Industria TIC, la Digitalización y de la Economía Digital de la Rioja -AERTIRC- (en adelante Asociación de Empresas del Sector de la Industria Tecnológica, la Digitalización y de la Economía Digital de la Rioja -AERTIC-), y teniendo en cuenta los siguientes,
Antecedentes:
Primero. El 16 de diciembre de 2024 se recibió en la Oficina de Depósito de Estatutos de las Organizaciones Sindicales y Empresariales de La Rioja, solicitud de depósito de la modificación de los Estatutos de la Asociación de Empresas del Sector de la Industria TIC, la Digitalización y de la Economía Digital de la Rioja -AERTIRC- (en adelante Asociación de Empresas del Sector de la Industria Tecnológica, la Digitalización y de la Economía Digital de la Rioja -AERTIC-), así como copia del Acta de la Asamblea General Extraordinaria de la citada Asociación en la que se aprobó la modificación estatutaria y nuevos estatutos de la Asociación.
Segundo. El 2 de enero de 2025 se requiere a la citada Asociación para que subsane los defectos observados en la documentación aportada, requerimiento que es atendido el 7 de enero de 2025, dentro del plazo concedido al efecto.
Tercero. La Asamblea General Extraordinaria, celebrada el 12 de diciembre de 2024, acordó por unanimidad la modificación del artículo 1 de los Estatutos (Denominación y Personalidad Jurídica), pasando la organización a denominarse Asociación de Empresas del Sector de la Industria Tecnológica, la Digitalización y de la Economía Digital de la Rioja -AERTIC-).
Cuarto. El Acta de dicha Asamblea la firma doña Laura Urbieta Núñez con el Visto Bueno de don Ignacio Gurría de la Torre, Secretaria General y Presidente de la Asociación.
Fundamentos de derecho:
Primero. La Subdirección General de Diálogo Social y Relaciones Laborales es competente para la resolución de este procedimiento en virtud de lo dispuesto en el Decreto 55/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, modificada por Decreto 156/2023, de 21 de noviembre.
Segundo. Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
Conforme a los preceptos legales establecidos y demás de general aplicación, la Subdirectora General de Diálogo Social y Relaciones Laborales, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
RESUELVE
Primero. Admitir el depósito de la modificación estatutaria de la asociación empresarial denominada Asociación de Empresas del Sector de la Industria Tecnológica, la Digitalización y de la Economía Digital de la Rioja -AERTIC-)-.
Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo a través del siguiente enlace. (https://expinterweb.mites.gob.es/deose/?request_autoridadlaboral=2600) , siendo posible impugnarlo ante los Juzgados de lo Social de La Rioja, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.
Esta resolución podrá ser impugnada directamente ante los órganos jurisdiccionales del orden social, de acuerdo con lo previsto en los artículos 167 y siguiente de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, tal como establece el artículo 15 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
Logroño a 17 de enero de 2025.- La Subdirectora General de Diálogo Social y Relaciones Laborales, Pilar Simón Estefanía.