Aprobación definitiva del presupuesto general para el año 2025

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Por no haberse presentado sugerencias ni reclamaciones se ha elevado a definitiva la aprobación inicial del Presupuesto General de este Municipio para el ejercicio 2025, cuyo resumen a nivel de capítulos es como sigue:

Resumen del presupuesto general para el año 2025.

  Estado de ingresos  
    Capítulos     Denominación Importe/euros
  A) Operaciones no financieras  
  A.1) Operaciones corrientes  
1 Impuestos directos 5.036.000
2 Impuestos indirectos 475.001
3 Tasas, precios públicos y otros ingresos                         3.662.599
4 Transferencias corrientes 5.185.650
5 Ingresos patrimoniales 316.000
  A.2) Operaciones de capital  
6 Enajenación de inversiones reales 200.000
7 Transferencias de capital 354.750
  B) Operaciones financieras  
8 Activos financieros 70.000
9 Pasivos financieros 0
  total ingresos 15.300.000

  Estado de gastos  

    Capítulos    

Denominación

Importe/euros

 

a) Operaciones no financieras

 
 

a.1) Operaciones corrientes

 

1

Gastos de personal

4.366.100

2

Gastos corrientes en bienes y servicios                          

8.023.700

3

Gastos financieros

7.000

4

Transferencias corrientes

500.000

5

Fondo de contingencia

0

 

A.2) Operaciones de capital

 

6

Inversiones reales

2.323.200

7

Transferencias de capital

50.000

 

B) Operaciones financieras

 

8

Activos financieros

30.000

9

Pasivos financieros

0

 

Total de gastos

15.300.000


Asimismo se publica la plantilla de personal aprobada:

Personal funcionario y número de plazas:

- Secretario General de Habilitación Nacional, 1.

- Interventor de Habilitación Nacional, 1.

- Tesorero de Habilitación Nacional ,1.

- Arquitecto Superior, 1.

- Técnico-Letrado (Administración General), 1.

- Técnico-Letrado (Administración Financiera), 1.

- Técnico Bienes, Contratación y Personal, 1.

- Subinspector Jefe, 1.

- Arquitecto Técnico Aparejador, 1.

- Director Actividades Culturales y Deportivas, 1.

- Ingeniero Obras públicas, 1.

- T.G.M. Intervención, 1.
- Analista Programador, 1.

- Técnico Responsable Informática y Comunicaciones, 1.

- Gestor de Secretaria General, 1.

- Gestor Serv.Grles., Personal, 1.

- Jefe de Negociado Obras y Urbanismo, 1.

- Jefe de Negociado Rentas y Exacciones, 1.

- Jefe de Negociado Presupuestos y Contabilidad, 1.

- Jefe de Negociado Tesorería y Recaudación, 1.

- Oficial de Policía Local, 1.

- Administrativo de Administración General, 5.

- Responsable O.M.I.C. 0,5.

- Técnico Auxiliar Especialista Microinformática, 1.

- Guardia Agente Local, 20,5.

- Delineante Urbanismo, 1.

- Auxiliar Administrativo de Administración General, 9,5.

- Ordenanza-Notificador, 1.

- Auxiliar Lector Notificador, 1.

- Conserje limpiador Colegio San Felices, 1.

- Ordenanza Telefonista, 1.

Otro personal laboral no incluido en la  R.P.T.:

- Operador de cabina, 1.

- Personal Subvencionado fomento de empleo, 7.

Personal laboral fijo y número de plazas:

- Técnico Prevención Drogodependencias, 1.

- Trabajadora Social, 3.
- T.G.M Juventud, 1.

- Técnico de Turismo, Prom. Económica y Desarrollo Local, 1.

- Monitor de Ocio y Tiempo Libr, 1.

- Oficial de segunda, 2.

- Auxiliar del Centro Municipal de Cultura, 1,77.

- Encargado Cementerio, 1.
- Peón Especializado, 2.

- Peón Servicio de Agua, 3.

- Peón Obras y Servicios, 3.

- Limpiador Colegios - Edificios, 1.

- Conserje Instalaciones Deportivas, 2.

- Operario Tramoyista, 1.

Lo que se publica en cumplimiento de los artículos 112, número 3, último párrafo y 70, número 2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, 169 número 3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 20 número 3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Contra esta aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, por los legitimados del artículo 170, número 1, con arreglo a los motivos de su número 2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, según autoriza su artículo 171, número 1, en la forma y plazos establecidos en el artículo 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998.

Haro a 16 de enero de 2025.- La Alcaldesa-Presidenta, Guadalupe Fernández Prado.

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