Corrección errores en el requerimiento de subsanación relativo a la convocatoria pública 2026 aprobada mediante Orden ATP/88/2022, de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la promoción y comunicación en mercados de terceros países en el marco del plan estratégico de la política agraria común de la Comunidad Autónoma de La Rioja
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Advertido error, por omisión, en el Requerimiento de subsanación relativo a convocatoria pública 2024, pagos FEAGA 2026, aprobada mediante Orden ATP/88/2022, de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la promoción y comunicación en mercados de terceros países en el marco del plan estratégico de la política agraria común de la Comunidad Autónoma de La Rioja, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 226, de 18 de noviembre de 2024, se procede a su corrección con la inclusión de los dos solicitantes omitidos en,
La relación de solicitantes y número de expediente correspondiente para la subsanación de la solicitud es la siguiente:
Bodegas Sonsierra, S.Coop. | PV1600015/26 |
La Rioja Alta, SA | PV1600016/26 |
Por el presente requerimiento se comunica a los solicitantes que, una vez revisada la documentación presentada, ésta se constata insuficiente de acuerdo al artículo 6 de la citada Orden ATP/88/2022, por lo que deberán presentar y/o completar la documentación requerida a cada solicitante, en un plazo de diez días a contar a partir del día siguiente a la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de La Rioja, presenten los documentos solicitados por medios electrónicos, de acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en la aplicación APW--Ayuda Promoción Vino, a la que se puede acceder en la página web,
(www.larioja.org/ayudasbodegaspromocion).
En caso contrario, se les tendrá por desistidos de su solicitud de ayuda.
En el caso de que la documentación solicitada afecte únicamente a uno o varios de los gastos solicitados, pero no a su totalidad, se considerará no subvencionable dicho gasto en caso de no presentarse la documentación requerida.
Logroño a 10 de diciembre de 2024.- La Jefa del Servicio de Calidad Agroalimentaria, Ana Barrio Cadiñanos.