Resolución 1625/2024, de 3 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, por el que se adoptan flexibilidades en la Comunidad Autónoma de La Rioja para la campaña 2024 y 2025 en el régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, para hacer frente a las perturbaciones del mercado vitivinícola
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El sector vitivinícola tiene una gran importancia económica, social y cultural en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja. En los últimos años se ha venido incrementando la incertidumbre dentro del mercado del vino en toda la UE, afectando de manera más contundente a los vinos tintos que suponen el 90 % de la producción en La Rioja. El sector del vino ha venido encadenando una serie de acontecimientos a nivel mundial que han mermado sus perspectivas de desarrollo. La crisis producida por la pandemia COVID-19, se agravó con la salida del Reino Unido de la UE y los aranceles impuestos por Estados Unidos en pleno conflicto comercial con la UE. Más recientemente el encarecimiento de materias primas y combustibles y los efectos de la invasión de Ucrania por parte de Rusia y el conflicto en Oriente Próximo han contribuido a la falta de confianza general en la economía mundial. En concreto, la reducción del consumo, el debilitamiento de las exportaciones y la progresiva incorporación de nuevos países productores han contribuido a un descenso en las ventas y acumulación de stock en las bodegas de manera general en La Rioja.
La perturbación del mercado vitivinícola en La Rioja es clara, prueba de ello es que la Comunidad Autónoma de La Rioja se ha visto obligada a implementar en los últimos años, una serie de medidas excepcionales, que si bien están dando sus frutos, hace necesario continuar con este tipo de decisiones para alcanzar el deseado equilibrio entre producción y ventas, con objeto de paliar estos problemas que está sufriendo el sector y retirar del mercado parte de las existencias acumuladas, entre las que se encuentran:
- Limitar desde 2018 la superficie máxima disponible para autorizaciones de nueva plantación en las zonas geográficas delimitadas por la DOCa Rioja a 0,1 ha. Esta limitación sigue en vigor al menos hasta el año 2026. La tramitación de esta limitación incluye la iniciativa del sector y el apoyo de la administración, lo que demuestra que se utilizan las medidas disponibles para evitar el crecimiento del tejido productivo.
- Aprobar por parte de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente órdenes durante los años 2023 y 2024, por las que se dictan las bases reguladoras para la solicitud de ayudas de la destilación voluntaria de crisis. El objetivo de esta ayuda es retirar parte de la producción de vino del mercado, reduciendo el stock de las bodegas.
- Aprobar por parte de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente órdenes durante los años 2023 y 2024, por las que se dictan las bases reguladoras para la solicitud de ayudas de cosecha en verde. El objetivo de esta ayuda es eliminar la producción de parte de la superficie de viñedo, evitando su transformación en vino y contribuyendo a la disminución del stock existente en las bodegas.
- Por su parte el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja ha aprobado, mediante el acuerdo sobre las normas de campaña, una reducción del rendimiento amparado al 90 % para la vendimia 2024.
La combinación de la aplicación de la cosecha en verde, la reducción del rendimiento amparado y otros factores, principalmente climáticos, a pesar de dar como resultado que la cosecha 2024 en la DOCa Rioja haya sido la menor en lo que va de siglo, no es suficiente para acabar con la incertidumbre del mercado. El nerviosismo del sector por la situación de incertidumbre y el afán proactivo en la búsqueda de soluciones tiene su reflejo en la prensa local, donde se recogen tanto la dificultad de los productores de dar salida a la cosecha de la presente campaña, así como la gran cantidad de propuestas e ideas para mejorar el sector fruto de estudios, valoraciones y reuniones de trabajo.
A su vez, el Comité mixto del vino de España, Francia e Italia en el foro internacional celebrado en La Rioja, en el mes de julio, con representantes de esta Comunidad, analizó los problemas actuales que surgen con la puesta en marcha de las medidas de crisis en relación con la destilación, la cosecha en verde, constatando la necesidad de implementar estas medidas con la puesta en marcha de otras como la flexibilización del sistema de autorizaciones de viñedo o el arranque consensuando a su vez estas reflexiones y sus consecuencias con la Comisión Europea. Consecuencia de ello, se solicitó a la Comisión Europea la puesta en marcha de medidas urgentes para paliar esta incertidumbre, y así la Unión Europea mediante el Reglamento Delegado (UE) 2024/2159 de la Comisión, de 12 de agosto, por el que se establecen medidas excepcionales de carácter temporal que autorizan excepciones a determinadas disposiciones del Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo relativas al régimen de autorizaciones para plantaciones de vid a fin de hacer frente a las perturbaciones del mercado vitivinícola de la Unión ha aceptado flexibilizar el sistema de autorizaciones.
Por su parte, el Estado Español ha dado luz verde a la aplicación de medidas excepcionales aprobando el Real Decreto 1158/2024, de 19 de noviembre, por el que se desarrollan determinadas disposiciones de la Unión Europea que establecen medidas para responder a problemas específicos en el sector vitivinícola provocados por los fenómenos meteorológicos adversos y las perturbaciones del mercado vitivinícola de la Unión, ampliando la validez de las autorizaciones de nuevas plantaciones y de replantación, en regiones afectadas por estas perturbaciones, que venzan o hayan vencido en 2024 y 2025 a tres años después de la fecha de caducidad actual.
En virtud de lo expuesto, esta Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 56/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
RESUELVE
Primero. Identificar a la totalidad del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja como zona afectada por las perturbaciones de mercado de conformidad con el artículo 1.b) del Real Decreto 1158/2024, de 19 de noviembre, por el que se desarrollan determinadas disposiciones de la Unión Europea que establecen medidas para responder a problemas específicos en el sector vitivinícola provocados por los fenómenos meteorológicos adversos y las perturbaciones del mercado vitivinícola de la Unión.
Segundo. Ampliar la validez de las autorizaciones de nuevas plantaciones y de replantación que venzan o hayan vencido en 2024 y 2025 a tres años después de su fecha de caducidad actual, conforme a lo establecido en el artículo 3.1 del Real Decreto 1158/2024, de 19 de noviembre, por el que se desarrollan determinadas disposiciones de la Unión Europea que establecen medidas para responder a problemas específicos en el sector vitivinícola provocados por los fenómenos meteorológicos adversos y las perturbaciones del mercado vitivinícola de la Unión.
Tercero. No sancionar administrativamente a los titulares que no vayan a utilizar dichas autorizaciones, siempre que comuniquen, antes del 31 de diciembre de 2024, a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que no tienen intención de hacer uso de la autorización y que no desean beneficiarse de la prórroga prevista para su validez.
Cuarto. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Rioja para su general conocimiento, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás normativa de aplicación, surtiendo efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procediendo Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en su caso, directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, de conformidad con la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Logroño a 3 de diciembre de 2024.- La Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, Noemí Manzanos Martínez.