Modificación provisional de la ordenanza fiscal de recogida domiciliaria de basuras
Resumen autogenerado por OpenAI
Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
El Pleno del Ayuntamiento de Murillo de Río Leza, en sesión plenaria, aprobó con carácter provisional:
Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras.
Dicho acuerdo, permanecerá expuesto al público en el tablón de anuncios por término de treinta días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, durante cuyo plazo podrán los interesados examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones o sugerencias, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2024, de 5 de marzo.
Murillo de Río Leza a 1 de noviembre de 2024.- El Alcalde-Presidente, Sergio Chicote Beltrán.