Informe propuesta de Resolución provisional de concesión relativa a la convocatoria pública aprobada mediante Resolución 1056/2024, de 2 de septiembre de 2024, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria pública para la concesión en el año 2024 de ayudas a la contratación del servicio de vigilancia obligatorio de los cotos de caza y pesca de La Rioja y las ayudas a la financiación de controles de especies cinegéticas que causan daños a la agricultura
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Hechos:
La Orden STE/27/2023, de 2 de mayo, y la Orden AGM/42/2024, de 19 de junio, por la que se modifica la Orden STE/27/2023, de 2 de mayo, para el año 2024, establecen las bases reguladoras de las ayudas a la contratación del servicio de vigilancia obligatoria de los cotos de caza y Pesca de La Rioja y las ayudas a la financiación de controles de especies cinegéticas que causan daño a la Agricultura. Mediante Resolución 1056/2024, de 2 de septiembre de 2024(B.O.R. 173 de 5 de septiembre de 2024), de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, se convoca la subvención regulada en la Orden STE/27/2023, de 2 de mayo, y la Orden AGM/42/2024, de 19 de junio, por la que se modifica la Orden STE/27/2023, de 2 de mayo, para el año 2024.
Se presentaron 95 solicitudes en el plazo establecido en la resolución de convocatoria para el año 2024, periodo comprendido entre el 3 de septiembre y el 3 de octubre de 2024.
Una vez revisada la documentación presentada, se comprobó que 26 solicitudes presentaban errores subsanables o información incompleta en los documentos exigidos por Orden STE/27/2023, de 2 de mayo, y la Orden AGM/42/2024, de 19 de junio, por la que se modifica la Orden STE/27/2023, de 2 de mayo, para el año 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas. En consecuencia, se publicó el requerimiento de subsanación de errores en el Boletín Oficial de La Rioja (B.O.R. 199 de 11 de octubre de 2024), disponiendo de un plazo de diez días hábiles desde la publicación de este requerimiento para la referida subsanación.
Pasado el plazo de subsanación de errores y revisada la nueva documentación aportada, el instructor ha valorado las solicitudes presentadas y conforme a la normativa, ha realizado el cálculo de las ayudas a conceder a cada solicitante y se ha elaborado esta propuesta de resolución provisional de concesión de las ayudas, que expresa tanto la relación de los posibles beneficiarios de las subvenciones como las solicitudes a denegar y las causas de las denegaciones.
Todos los solicitantes que tienen asignada ayuda en la relación adjunta cumplen los requisitos y condiciones establecidos en la normativa reguladora para ser beneficiados de las subvenciones y para que se proceda al pago de las mismas por los importes que figuran en ella.
Fundamentos de Derecho:
- Ley 12/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2024.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- El Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- El Decreto 56/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (B.O.R. 145 de 17 de julio de 2023).
- Orden STE/27/2023, de 2 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación del servicio de vigilancia obligatorio de los cotos de caza y pesca de La Rioja y las ayudas a la financiación de controles de especies cinegéticas que causan daño a la Agricultura.
- Orden AGM/42/2024, de 19 de junio, por la que se modifica la Orden STE/27/2023, de 2 de mayo por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación del servicio de vigilancia obligatorio de los cotos de caza y pesca de La Rioja y las ayudas a la financiación de controles de especies cinegéticas que causan daño a la Agricultura.
- Resolución 1056/2024, de 2 de septiembre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria pública para la concesión en el año 2024 de ayudas económicas con carácter de subvención para la contratación del servicio de vigilancia obligatorio de los cotos de caza y pesca de La Rioja y las ayudas a la financiación de controles de especies cinegéticas que causan daños a la agricultura.
- Resolución 34/2023, de 17 de julio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, sobre delegación de competencias.
En virtud de los hechos y fundamentos de derechos expuestos, desde este centro gestor se informa,
Que se han presentado 95 solicitudes en la convocatoria, no haciendo falta atender a las prioridades de valoración indicadas en la orden reguladora de la subvención debido al no haberse superado la cuantía de las ayudas aprobadas en las distintas partidas presupuestarias para 2024.
Que, en resumen, de las 95 solicitudes presentadas 18 solicitudes han sido desestimadas completamente por no haber subsanado la documentación conforme al artículo 9 apartado 4 Orden AGM/42/2024, de 19 de junio, por la que se modifica la Orden SE/27/2003, de 2 de mayo y 2 por Art. 9.1 de la Orden STE/27/2023. Documentación incorrecta.
Que en el anexo I del presente informe se reflejan, por conceptos presupuestarios, las 75 solicitudes a las que se propone la concesión conforme a lo establecido en la Orden STE/27/2023, de 2 de mayo, reguladora de las ayudas, reflejándose en cada una de ellas el importe de la subvención concedida.
Que revisada administrativamente la documentación presentada las 75 solicitudes que se propone la aprobación de la ayuda cumplen todos los requisitos establecidos tanto en Resolución número 1056/2024, de 2 de septiembre, como en la Orden STE/27/2023, de 2 de mayo reguladora de las ayudas y Orden AGM/42/2024, de 19 de junio, por la que se modifica la Orden STE/27/2023, de 2 de mayo por la que se establecen las bases reguladoras.
En consecuencia, en uso de las atribuciones que me confiere el Decreto 56/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente y sus funciones y la Resolución 34/2023, de 17 de julio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, sobre delegación de competencias, se eleva al Director General Dirección General de Medio Natural y Paisaje la siguiente,
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Primero. Iniciar la concesión de las subvenciones a los 75 beneficiarios del Anexo I con cargo al año 2024 correspondiente a la subvención.
Segundo. Anular el gasto por un importe total de 11.952,89 euros desglosado en las siguientes partidas presupuestarias:
Concepto Presupuestario | Importe a anular/euros |
05.06.4712.761.04 | 4.616,86 |
05.06.4712.762.04 | 500,00 |
05.06.4712.773.00 | 255,39 |
05.06.4712.782.00 | 6.580,64 |
Del Concepto Presupuestario 05.06.4712.761.04 la cantidad de cuatro mil seiscientos dieciséis euros con ochenta y seis céntimos (4.616,86 euros).
Del Concepto Presupuestario 05.06.4712.762.04 la cantidad de quinientos euros (500,00 euros).
Del Concepto Presupuestario 05.06.4712.473.00 la cantidad de dos cientos cincuenta y cinco euros con treinta y nueve céntimos (255,39 euros).
Del Concepto Presupuestario 05.06.4712.4782.00 la cantidad de seis mil quinientos ochenta euros con sesenta y cuatro céntimos (6.580,64 euros).
Tercero. Conceder y Comprometer el gasto de 87.547,11 euros con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja del año 2024, imputándolos a las siguientes partidas presupuestarias, según Anexo I:
Concepto Presupuestario | Importe/euros |
05.06.4712.761.04 | 2.383,14 |
05.06.4712.762.04 | 0,00 |
05.06.4712.773.00 | 744,61 |
05.06.4712.782.00 | 84.419,36 |
Del Concepto Presupuestario 05.06.4712.761.04 la cantidad de dos mil trescientos ochenta y tres euros con catorce céntimos (2.383,14 euros).
Del Concepto Presupuestario 05.06.4712.773.04 la cantidad de setecientos cuarenta y cuatro euros con sesenta y un céntimos (744,61 euros).
Del Concepto Presupuestario 05.06.4712.782.00 la cantidad de ochenta y cuatro mil cuatrocientos diecinueve euros con treinta y seis céntimos (84.419,36 euros).
Cuarto. Desestimar las 20 solicitudes del anexo II por los motivos que se relacionan.
Quinto. Los beneficiarios de las subvenciones en virtud de lo establecido en el artículo 14.2 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, quedaran exonerados de la acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Por tanto se requiere a los beneficiarios indicados a que, en un plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, presenten las alegaciones que estimen oportunas de su expediente, de acuerdo con el artículo 10 de la Orden STE/27/2023, de 2 de mayo, que establece las bases reguladoras de las ayudas a la contratación del servicio de vigilancia obligatoria de los cotos de caza y Pesca de La Rioja y las ayudas a la financiación de controles de especies cinegéticas que causan daño a la Agricultura.
Si no se presentasen alegaciones, esta propuesta se considerará aceptada y la propuesta pasará a ser definitiva; si, por el contrario, se presentasen alegaciones a la misma, el órgano instructor estudiará las mismas y formulara la propuesta de resolución definitiva.
Logroño a 5 de noviembre de 2024.- El Jefe de Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca, Pedro Pablo Matute Lozano.