Aprobación provisional de la modificación de ordenanzas fiscales 2025
El Pleno del Ayuntamiento de Pradejón, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de octubre de 2024, acordó la aprobación provisional de la modificación de varios tributos y sus correspondientes ordenanzas fiscales que entrarán en vigor el 1 de enero de 2025, conforme al texto que consta en el expediente.
En concreto se modifican las siguientes:
- Ordenanza fiscal reguladora número 7 reguladora de la tasa por el servicio de recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos.
- Ordenanza fiscal número 8, reguladora de la Tasa por prestación de los servicios de piscinas municipales.
- Ordenanza fiscal número 9, reguladora de la tasa por el servicio de suministro de agua potable y alcantarillado.
- Ordenanza fiscal número 12, reguladora de la tasa por instalacion de puestos, barracas, casetas de venta, espectaculos o atracciones.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, dicho acuerdo se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
En el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, el Acuerdo se considera definitivo, en base al propio acuerdo corporativo y al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Pradejón a 28 de octubre de 2024.- El Alcalde-Presidente, Alfonso Pousada Cabrero.