Resolución 103/2024, de 28 de octubre, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se aprueba la segunda modificación del Plan Estratégico de Actuaciones de la Consejería de Educación y Empleo para el período 2024-2026
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La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1, como disposición de carácter básico, la obligación de los órganos administrativos y en general de cualesquiera entes públicos que propongan el establecimiento de subvenciones, de concretar en un plan estratégico los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, de manera supeditada al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria
Esta obligación viene recogida, en iguales términos, en el 178.2 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja. En desarrollo de las normas citadas, el Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, dispone que el plan estratégico de subvenciones deberá hacer referencia a la suficiencia de fuentes de financiación, así como al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, a los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, al plazo necesario para su consecución, que en ningún caso superará los tres años, a los costes previsibles y a sus fuentes de financiación. En cuanto a la competencia para la aprobación de este instrumento de planificación, ésta se atribuye a los titulares de las distintas Consejerías.
Conforme a lo anterior, el Plan Estratégico se configura como el instrumento de planificación de las políticas públicas de fomento de la Consejería, en coherencia con el resto de herramientas de programación y planificación presupuestaria o sectorial. Por ello, el plan incluye, junto a las líneas estratégicas de actuación relativas a subvenciones, las transferencias nominativas que anualmente se aprueban en el correspondiente Anexo de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, las cuales, revisten una importancia cuantitativa y cualitativa suficiente como para aconsejar su planificación.
Mediante Resolución 41/2024, de 12 de abril, se aprueba por el Consejero de Educación y Empleo el Plan Estratégico de actuaciones de la Consejería de Educación y Empleo para el año 2024-2026, que se publicó en el Boletín Oficial de La Rioja número 75, de 18 de abril de 2024 que ha sido modificado mediante la publicación de la Resolución 77/2024, de 7 de agosto, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se aprueba la primera modificación del Plan Estratégico de Actuaciones de la Consejería de Educación y Empleo para el periodo 2024-2026.
Para que los planes estratégicos de subvenciones desplieguen todos los efectos como verdaderos instrumentos no solo de planificación, sino también de apoyo y mejora en la gestión y el control, es necesario llevar a cabo una labor de revisión, actualización y seguimiento de los planes aprobados que haga posible la retroalimentación que posibilite la toma de decisiones orientadas a la modificación, sustitución o eliminación de aquellas subvenciones que no alcancen los objetivos eficacia, eficiencia y economía previstos.
La tramitación de la segunda modificación del Plan Estratégico de Actuaciones de la Consejería de Educación y Empleo se ha iniciado para adaptar el Plan a los objetivos generales de la Consejería, incorporando modificaciones en determinadas líneas de subvencione y de otro lado ejecutar los fondos del plan de recuperación, transformación y resiliencia.
Las modificaciones al Plan se presentan agrupadas en función de los distintos órganos que las proponen.
Esta modificación del plan ha sido informada por la Dirección General con competencia en control presupuestario a efectos de lo dispuesto en el artículo 8.1 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja en fecha 18 de octubre de 2024.
Por todo lo anterior, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 42.2 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros y por el artículo 8 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Rioja, el Consejero de Educación y Empleo,
RESUELVE
Primero. Aprobar la segunda modificación del Plan Estratégico de Actuaciones de la Consejería de Educación y Empleo para el período 2024-2026 y sus Anexos.
Segundo. Ordenar la publicación y difusión de dicho Plan Estratégico de Actuaciones en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño a 28 de octubre de 2024.- El Consejero de Educación y Empleo, Alberto Galiana García.