Resolución 87/2024, de 25 de octubre, de la Dirección General de Gestión Educativa, por la que se emplaza a posibles interesados en el proceso contencioso-administrativo, PA 590/2024, interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Logroño, contra la Consejería de Educación y Empleo del Gobierno de La Rioja
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Eduardo Arteaga Aldana interpuso recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado 590/2024, contra la Resolución de 24 de junio de 2024 de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se desestima el recurso de alzada de 7 de diciembre de 2023 interpuesto por Eduardo Arteaga Aldana contra la Resolución de la Viceconsejería de Educación, Universidades y Formación Profesional por la que se desestima la solicitud de 28 de agosto de 2023 por la que solicita sea reconocido el abuso y fraude incurridos por los sucesivos nombramientos y prolongación de su relación con la administración como personal funcionario interino con las consecuencias que deriven de dicho reconocimiento.
En el citado recurso, el juzgado de los contencioso-administrativo número 2 requirió a esta Administración pública la remisión del expediente administrativo completo, así como la práctica de los emplazamientos necesarios, en cumplimiento del artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En su virtud se emplaza a los posibles interesados en el procedimiento contencioso-administrativo para que, si conviene, comparezcan ante el órgano judicial en el proceso antes referido, en el plazo de 9 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, bajo apercibimiento de que, si no lo hicieran, continuará el procedimiento sin haber lugar a practicarles notificación alguna, y significándoles que el presente emplazamiento se incorporará al expediente administrativo, que será remitido al órgano judicial requirente.
Logroño a 25 de octubre de 2024.- La Directora General de Gestión Educativa, Carolina Leticia Fernández Losada.