Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 5/2024
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario del Ayuntamiento de Tirgo de fecha 28 de junio de 2024, sobre aprobación inicial de la modificación presupuestaria 5/2024, en la modalidad de transferencia de crédito entre diferentes áreas de gasto.
El resumen de las aplicaciones presupuestarias es el siguiente:
Aplicación | Descripción | Créditos a transferir | |
Progr. | Económica | ||
163 | 227 | Limpieza calles | 6.000,00 |
920 | 210 | Reparación y mantenimiento | 938,96 |
Total | 6.938,96 |
Aplicación | Descripción | Créditos a incorporar | |
Progr. | Económica | ||
338 | 226 | Festejos | 6.000,00 |
165 | 629 | Inversión Alumbrado Público | 938,96 |
Total | 6.938,96 |
Contra el presente Acuerdo de modificación presupuestaria, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Tirgo a 24 de julio de 2024.- El Alcalde-Presidente, Juan María Ruiz Cueva.