Resolución 404/2024, de 18 de julio, de la Secretaria General Técnica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, en ejecución de lo dispuesto en la Sentencia 114/2024, de 14 de mayo, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el PO 89/2023, interpuesto por Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL)

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Antecedentes de hecho:

Primero. Interpuesto recurso contencioso-administrativo por Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL) contra el Decreto 12/2023, de 5 de abril, por el que se aprueba el Plan de Gestión del Lobo (Canis lupus) en La Rioja y su coexistencia con la Ganadería Extensiva, la Sentencia número 114/2024, de 9 de mayo, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el PO 89/2023, estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto, declarando la nulidad del párrafo segundo del criterio 1c) del Protocolo para la extracción del Lobo, integrado como Anexo II en el Decreto 12/2023, de 5 de abril, por el que se aprueba el Plan de Gestión del Lobo.

Segundo. Con fecha 9 de julio de 2024, la Dirección General de los Servicios Jurídicos remite testimonio literal de la sentencia dictada en el procedimiento referenciado, para que se lleve a efecto lo acordado en el fallo.

Fundamentos jurídicos:

Único. Resultando firme la Sentencia 114/2024, de 9 de mayo de 2024, de la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, ha de darse publicidad a su parte dispositiva de acuerdo con el artículo 72.2 de la Ley de La Jurisdicción contencioso-administrativa. La Sentencia contiene el siguiente fallo judicial:

'Se estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Asociación para la Conservación y el Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL) frente al Decreto 12/2023, de 5 de abril, por el que se aprueba el Plan de Gestión del Lobo en La Rioja y su coexistencia con la ganadería extensiva.

Se declara la nulidad del párrafo segundo del criterio 1c) del Protocolo para la extracción del lobo, Anexo II, conforme a lo establecido en el Fundamento de Derecho Tercero in fine, debiéndose proceder conforme dispone el artículo 72 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa una vez firme la Sentencia'.

De forma previa se dictó por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, la resolución número 64/2023 por la que se instaron las medidas necesarias para dar cumplimiento al auto 47/2023, de 28 de junio, de medidas cautelares. Dichas medidas, deben decaer con la sentencia firma dictada.

El Decreto objeto de recurso contencioso administrativo fue publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 71, de 12 de abril de 2023 y en la página web del Gobierno de La Rioja (Coexistencia ganadería extensiva y gestión del lobo en La Rioja - Medio ambiente - Portal del Gobierno de La Rioja), por lo que de acuerdo con el fallo judicial, la ejecución de la sentencia implica la publicación de fallo recogido anteriormente en los mismos medios en los que el mencionado Decreto ha sido objeto de publicación.

Por todo lo anterior, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 8.1.f) del Decreto 56/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la Secretaria General Técnica de la Consejería Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente,



RESUELVE

Primero. Dar cumplimiento a lo establecido en la sentencia número 114/2024, de 9 de mayo, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el PO 89/2023, en el marco del recurso contencioso-administrativo interpuesto por Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL), que estima parcialmente el mismo declarando la nulidad del párrafo segundo del criterio 1c) del Protocolo para la extracción del Lobo, Anexo II párrafo incluido en el apartado 1c. del 'Protocolo para la extracción y captura de ejemplares de lobo en La Rioja de forma excepcional y selectiva', que figura como Anexo II del Decreto 12/2023, de 5 de abril, por el que se aprueba el Plan de Gestión del lobo (Canis lupus) en La Rioja y su coexistencia con la ganadería extensiva (Boletín Oficial de La Rioja 71, de 12 de abril de 2023), conforme a lo establecido en el Fundamento de Derecho Tercero in fine, debiéndose proceder conforme dispone el artículo 72 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa una vez firme el citado fallo judicial.

Segundo. Asegurar el general conocimiento del citado fallo judicial mediante la publicación de la presente resolución en las mismas sedes donde ha sido objeto de publicación el Decreto objeto de recurso, en concreto, en el Boletín Oficial de La Rioja y en la dirección web Coexistencia ganadería extensiva y gestión del lobo en La Rioja - Medio ambiente - Portal del Gobierno de La Rioja.

Notifíquese a la parte demandante y trasládese a la Dirección General de los Servicios Jurídicos y a la Dirección General de Medio Natural y Paisaje.

Logroño a 18 de julio de 2024.- La Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, María del Prado Ayala Fernández.

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