CONVENIO: entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y la Fundación para la Transformación de La Rioja, por el que se asume la asistencia jurídica de dicho ente por los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Resolución 1085/2024, de 10 de julio, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone la publicación del resumen del Convenio entre la Comunidad Autónoma de La Rioja, a través de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y la Fundación para la Transformación de La Rioja, por el que se asume la asistencia jurídica de dicho ente por los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.
Logroño a 10 de julio de 2024.- La Jefa de Servicio de Secretariado de Gobierno y Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno (Por Resolución 894/2023, de 20 de julio, de la SGT), Begoña Sáinz Martínez.
Número de Registro: 2024/0430.
Resumen:
Convenio entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y la Fundación para la Transformación de La Rioja, por el que se asume la asistencia jurídica de dicho ente por los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Fecha de suscripción:
27 de junio de 2024.
Sujetos que lo suscriben:
Gobierno de La Rioja: Alfonso Dominguez Simón - Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno.
Fundación para la Transformación de La Rioja: Arturo Colina Aguirre - Director General.
Objeto del convenio:
De acuerdo con lo previsto en el Decreto 21/2006, de 7 de abril, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Dirección General de los Servicios Jurídicos y conforme al procedimiento en él previsto, la Dirección General de los Servicios Jurídicos del Gobierno de La Rioja prestará su asistencia a la (entidad) cuando no exista colisión de intereses entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja y la citada entidad, encargándose de la representación y defensa en juicio, y del asesoramiento jurídico por vía de informe y prestará toda la colaboración que le sea requerida a tal fin de representación y defensa, así como para el mejor asesoramiento jurídico.
La asistencia letrada comprende también la que pueda corresponder a los empleados de (entidad). Esta asistencia se prestará en los términos establecidos en el artículo 69.5 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de funcionamiento y régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, por el artículo 15 del Decreto 21/2006, de 7 de abril, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Dirección General de los Servicios Jurídicos y, por las Circulares e Instrucciones del Director General que, en cada momento se encuentren vigentes.
Vigencia:
El convenio será de aplicación desde su firma. Tendrá una duración de cuatro años desde su firma. No obstante, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente la prórroga del convenio por cuatro años adicionales previa adenda suscrita al efecto.
Prórrogas:
Los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente la prórroga del convenio por cuatro años adicionales previa adenda suscrita al efecto.
Texto íntegro:
Puede acceder al texto íntegro del convenio en el buscador del Registro Electrónico de Convenios (https://web.larioja.org/portal-transparencia/buscador-de-convenios)