Requerimiento de subsanación de solicitudes presentadas a la Convocatoria pública aprobada mediante Resolución 429/2024, de 10 de abril, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, de las subvenciones para actuaciones de adaptación al riesgo de inundación de las edificaciones, equipamientos e instalaciones o explotaciones existentes en los municipios riojanos del tramo medio de la cuenca del río Ebro, dentro de la Estrategia Ebro Resilience y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas por la Unión Europea NextGenerationEu
Mediante la Orden AGM/19/2023, de 19 de diciembre, (Boletín Oficial de La Rioja número 254, de 22 de diciembre de 2024) se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones de adaptación al riesgo de inundación de las edificaciones, equipamientos e instalaciones o explotaciones existentes en los municipios riojanos del tramo medio de la cuenca del río Ebro, dentro de la estrategia Ebro Resilience y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas por la Unión Europea NextGenerationEU
Mediante Resolución 429/2024, de 10 de abril (Boletín Oficial de La Rioja número 72, de 12 de abril de 2024) de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, se aprueba la convocatoria de subvenciones para actuaciones de adaptación al riesgo de inundación de las edificaciones, equipamientos e instalaciones o explotaciones existentes en los municipios riojanos del tramo medio de la cuenca del río Ebro, dentro de la Estrategia Ebro Resilience y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas por la Unión Europea NextGenerationEu.
Para la convocatoria se han recibido catorce (14) solicitudes dentro del plazo establecido y se ha procedido a la comprobación de la documentación aportada.
Por el presente requerimiento se comunica a los solicitantes que, una vez revisada la documentación presentada, ésta se constata insuficiente de acuerdo al apartado 4 del artículo 9 de la citada Orden, por lo que deberán presentar y/o completar la documentación requerida a cada solicitante mediante notificación.
La relación de solicitantes para la subsanación de la solicitud es la que figura en el anexo a este requerimiento.
Por tanto, y conforme al artículo 11.1 de la citada orden, se requiere a los solicitantes para que, en un plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de La Rioja, presenten los documentos solicitados de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso contrario:
- Si la documentación requerida es para acreditar alguno de los criterios y no se subsana, perderá el derecho a que se puntúe el citado criterio con las consecuencias que se puedan derivar de ello.
-Si la documentación requerida es necesaria para la subvencionabilidad del expediente y no se subsana, se les tendrá por desistidos de su solicitud de ayuda.
Logroño a 3 de julio de 2024.- La Jefa de Sección de Planificación Ambiental, María José Clavijo Izquierdo.
ANEXO
Nº Expediente | Titular | NIF |
02 | Luis Ramón Ruiz Ordoyo | ***7359** |
03 | Ayuntamiento de Arrúbal | P2601900J |
04 | Ayuntamiento de Logroño | P2608900C |
05 | Ayuntamiento de Logroño | P2608900C |
06 | Ayuntamiento de Cervera del Río Alhama | P2604700A |
07 | Ayuntamiento de Quel | P2612000F |
08 | Ayuntamiento de Quel | P2612000F |
09 | Comunidad General de Regadíos de Calahorra | G26018036 |
10 | Comunidad de Regantes del Término de Tambarría | G26030809 |
11 | Comunidad de Regantes del Río Ebro | G26017632 |
12 | Comunidad de Regantes del Río Ebro | G26017632 |
13 | Ayuntamiento de Alfaro | P2601100G |
14 | Ayuntamiento de Alfaro | P2601100G |