Constitución del coto de caza LR-10.221
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La Sociedad De Cazadores Alfareña ha solicitado la creación de un Coto de Caza, con una superficie de 11.441 hectáreas, todas ellas incluidas en el término municipal de Alfaro, e incluyendo parte del monte de Utilidad Pública número 147 'Yerga y Sotos de Alfaro', para lo cual ha acreditado la cesión de los derechos cinegéticos del 16 % de la superficie del coto solicitado. Por lo tanto, en virtud del artículo 23 de la Ley 8/2022, de 24 de junio, de caza y gestión cinegética de La Rioja, y el artículo 33 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto 17/2004 de 27 de febrero, puede tramitarse el expediente de creación de dicho coto, cuyos límites son los siguientes:
- Norte: Término Municipal de Alfaro (zona no cinegética) y Comunidad Autónoma de Navarra.
- Sur: Términos Municipales de Alfaro (coto de caza LO-10.085) y de Cervera del Río Alhama (coto de caza LO-10.147) y Comunidad Autónoma de Navarra.
- Este: Término Municipal de Alfaro (zona no cinegética).
- Oeste: Términos Municipales de Grávalos (coto de caza LO-10.181), de Alfaro (cotos de caza LO-10.051, LO-10.041 y LR-10.222) y Rincón de Soto (coto de caza en tramitación LR-10.185).
Dichos límites pueden consultarse a través de la aplicación de gestión telemática de Cotos de caza del Gobierno de La Rioja.
Lo que se hace público para general conocimiento y en particular de los posibles afectados, pudiendo quienes se consideren perjudicados dirigir por escrito las reclamaciones pertinentes ante la Dirección General de Medio Natural y Paisaje en Logroño, calle Prado Viejo, 62-Bis, o el Ayuntamiento de Alfaro dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, plazo durante el cual estará de manifiesto el expediente en horario de atención al público en las oficinas de la Dirección General de Medio Natural y Paisaje.
Logroño a 6 de junio de 2024.- El Director General de Medio Natural y Paisaje, Ignacio Sáenz de Urturi Sánchez.