Delegación de funciones para la celebración de matrimonio civil
Por esta Alcaldía, mediante resolución del día 28 de mayo de 2024, en uso de las atribuciones concedidas por el artículo 43.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento, y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, ha resuelto delegar la atribución que le confiere el artículo 51 del Código Civil, con referencia a la autorización de matrimonio civil, a la concejal Marta Elguea Cantabrana para la celebración del matrimonio civil que tendrá lugar el día 15 de junio de 2024 conforme al Expediente 2051/2024 y 44/24.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del citado Reglamento.
Lardero a 28 de mayo de 2024.- La Alcaldesa-Presidenta, Isabel Barceló Martínez.