Resolución 198/2024, de 27 de mayo, de la Dirección General de Política Local y Lucha contra la Despoblación, por la que se publica la convocatoria para la provisión del puesto de Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Logroño

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De acuerdo con lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, con fecha 22 de mayo de 2024, el Ayuntamiento de Logroño ha remitido Resolución del Presidente de la Corporación de fecha 17 de mayo de 2024, por la que se aprueban las bases para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, clase 1ª (TOAJGL), y se acuerda formular la convocatoria correspondiente.

En cumplimiento de lo dispuesto en el citado artículo y en virtud de la competencia que tengo atribuida mediante Decreto 57/2023, de 14 de julio, artículo 9.g),

RESUELVO

Primero. Disponer que se publique en el Boletín Oficial de La Rioja, por medio de las expresadas bases, la convocatoria para la provisión del puesto de Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Logroño, de acuerdo con el texto anexo.

Segundo. Realizada esta publicación, se remitirá la convocatoria al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, para su publicación en extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Logroño a 27 de mayo de 2024.- El Director General de Política Local y Lucha contra la Despoblación, Óscar León García.






















ANEXO
Bases de la convocatoria para la provisión por el procedimiento de libre designación del puesto de trabajo de titular del Órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local, perteneciente a la escala de funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, Subescala Secretaría, Categoría Superior

Primera. Objeto de las bases.

Las presentes bases tiene por objeto regir la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de Órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Logroño, encuadrado en la Subescala Secretaría General, Categoría Superior, reservado a Funcionarios de Administración Local con habilitación de Carácter Nacional, existente en el relación de puestos de trabajo y de inminente vacante , conforme a lo previsto en el artículo 92 bis, apartado 6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en los artículos 45 y siguientes del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

El sistema de provisión es el de libre designación, atendiendo a criterios de mérito, capacidad e idoneidad para el puesto, en relación con la experiencia previa y capacitación de los/las candidatos/tas.

Segunda. Características del puesto.

1. Corporación: Ayuntamiento de Logroño.

2. Denominación del puesto: Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local.

3. Escala: Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

4. Subescala: Secretaría.
5. Categoría: Superior.
6. Clase: Primera.

7. Grupo: A, Subgrupo A1.

8. Complemento de Destino: nivel 30.

9. Complemento específico: 55.241,76 euros.

10. Requisitos para su desempeño conforme a la relación de puestos de trabajo: Puesto reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría, categoría Superior.

11. Sistema de provisión: Libre designación.

Tercera. Participación en la convocatoria.
Requisitos de los/las aspirantes.

1.- Tener la condición de funcionario/a de carrera perteneciente a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría, Categoría Superior.

2.- No podrán concurrir a esta convocatoria los funcionarios/as que se encuentren comprendidos en cualquiera de los supuestos que señala el artículo 36.2. a), b) y c) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter nacional.

3.- Los requisitos, así como los méritos alegados, deberán reunirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Cuarta. Convocatoria.

Corresponde la aprobación de la convocatoria a la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de Logroño, y será remitida a la Dirección General de Política Local de la Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para su publicación íntegra en el Boletín Oficial de La Rioja, y su remisión a la Dirección General de Función Pública dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública, quién dispondrá la publicación en extracto, en el Boletín Oficial del Estado.

Quinta. Solicitudes.

1.- Las solicitudes se dirigirán al Ilmo. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Logroño, se presentarán por sede electrónica del Ayuntamiento de Logroño , en el Registro General del mismo, o en cualquiera de los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de quince día hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

En la solicitud se expresará que el aspirante reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria y deberá ir acompañada de una declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las situaciones recogidas en los apartados a),b) y c) del artículo 36.2 del Real Decreto 128/ 2018, de 16 de marzo.

2.- A la solicitud se deberá acompañar el curriculum vitae del/la solicitante en el que deberá constar debidamente documentados y fehacientemente acreditados, los años de servicio, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública, la experiencia profesional, los títulos académicos que en cada caso se posean, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno poner de manifiesto en orden a acreditar su capacidad e idoneidad para el desempeño del puesto convocado.

3.- Los méritos alegados deberán justificarse y acompañarse de la documentación acreditativa correspondiente. Se podrá recabar de los participantes cuantas aclaraciones o documentación adicional fuere precisa, cuando de la presentada no resulte suficientemente acreditados los datos alegados.

4.- La presentación de la solicitud para participar en la provisión del puesto al que se refieren las presentes Bases, comportará la plena aceptación de las mismas.

Sexta. Entrevista.

Los aspirantes podrán ser convocados, en su caso, para la realización de una entrevista sobre cuestiones derivadas de su curriculum profesional. A estos efectos, el Ayuntamiento de Logroño comunicará con tres días de antelación la fecha, lugar y hora de celebración de la misma. Los gastos de desplazamiento serán a cargo de los aspirantes.

Séptima. Resolución de la convocatoria.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía Presidencia, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, y a la vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados por los aspirantes, dictará la resolución correspondiente debidamente motivada en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación.

El puesto deberá ser adjudicado entre los/las candidatos/as que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento establecido.

De dicha resolución se dará traslado al órgano competente de la Comunidad Autónoma de La Rioja y al Ministerio de Hacienda y Función Pública, para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, conforme exige el artículo 46.3 del Real Decreto 128/2018.

Octava. Toma de posesión.

El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino será de tres días hábiles si se trata de puesto de trabajo en la misma localidad, o de un mes, si se trata del primer destino o de puesto de trabajo en localidad distinta.

Este plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse de dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del procedimiento de libre designación en el Boletín Oficial del Estado. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

Novena. Impugnación.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Alcalde-Presidente de la Corporación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño, en el plazo de dos meses, conforme lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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