Resolución 55/2024, de 21 de mayo, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se regula la implantación de las Aulas de Emprendimiento Profesional (AEP) de la Comunidad Autónoma de La Rioja, durante el curso 2024/2025
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La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su redacción dada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre establece en su artículo 2 f) que el sistema educativo español se orientará, entre otros fines, a la consecución del desarrollo de la capacidad del alumnado para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor. Además, en su artículo 40, también determina que la Formación Profesional en el sistema educativo contribuirá a que el alumnado consiga los resultados de aprendizaje que le permitan desarrollar las competencias de innovación y emprendimiento que favorezcan su empleabilidad y desarrollo profesional.
La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional establece en su artículo 102.1 que la cultura de la innovación, la investigación aplicada y el emprendimiento activo deberán formar parte de los currículos básicos de las ofertas del Sistema de Formación Profesional y desarrolla en su artículo 104 el emprendimiento fijando en su punto 1 que las ofertas de Formación Profesional incluirán orientación y apoyo para el emprendimiento, actividades de fomento de la cultura emprendedora, del sentido de la iniciativa y la capacidad de iniciar nuevos proyectos empresariales vinculados al sector productivo para el que se forman, favoreciendo la creación de empresas.
El Plan Estratégico de Impulso a la Formación Profesional, que constituye el componente 20 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tiene como objetivo la transformación y modernización del sistema de formación profesional, de tal forma que se configure como uno de los ejes vertebradores del nuevo modelo económico basado en el conocimiento del capital humano, capaz de dar respuesta a las constantes transformaciones de los sectores productivos, mantener la empleabilidad de trabajadores, y por extensión mejorar la productividad y la competitividad de las empresas.
En este sentido, el emprendimiento constituye una parte indispensable e indisoluble de la competencia profesional y que garantiza la progresión individual de los ciudadanos. Se trata, por tanto, de poner a disposición de la ciudadanía y de los sectores productivos la formación que dé respuesta a los distintos perfiles profesionales en evolución, presentes y futuros, que contenga todos aquellos elementos que permitan el emprendimiento, la innovación, la investigación aplicada, la actualización de conocimientos y competencias y, en definitiva, la posibilidad de hacer realidad a nivel individual y colectivo el proceso de aprendizaje a lo largo de la vida.
En línea con lo anterior, se ha propuesto la creación de la red de centros de emprendimiento, que se materializa en la creación de Aulas de Emprendimiento Profesional en centros de Formación Profesional, desarrolladas en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, NextGenerationEU. Dichas AEP pretenden canalizar las iniciativas emprendedoras del alumnado del centro educativo y egresado, mediante un sistema de orientación, guía y tutela de las ideas emprendedoras que el propio alumnado aporte y dar soporte técnico y de infraestructuras en estas fases iniciales críticas, especialmente para el alumnado más joven, que permita crear un marco de desarrollo de empresas emergentes.
En la Comunidad Autónoma de la Rioja la Resolución 17/2023 de 13 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud por la que se designa los centros educativos públicos con enseñanzas de Formación Profesional de la Rioja en los que se autorizan la continuidad y la nueva implantación de Aulas de Emprendimiento Profesional (AEP) en el curso 2023/2024, así como la resolución 31/2023 de 12 de septiembre, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se designa los centros educativos privados concertados con enseñanzas de Formación Profesional de la Rioja en los que se autorizan la continuidad y la nueva implantación de Aulas de Emprendimiento Profesional (AEP) en el curso 2023/2024 establecían que las AEP implantadas en el curso 2022/2023 y las implantadas en el 2023/2024 recibirían financiación a través de una dotación económica de 5000 euros del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) hasta el curso 2024/2025 inclusive.
Sin embargo, una vez iniciado el curso 2023/2024, con motivo del comienzo de la segunda fase de ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el Gobierno de España y la Comisión Europea han llevado a cabo la actualización de los diferentes hitos y objetivos recogidos en el mismo, así como del correspondiente calendario de desembolsos asociado a su cumplimiento estableciéndose que el CID 467a, asociado al Proyecto C20.I02.P03 de Creación de aulas de emprendimiento finalizará en el 4º trimestre del año 2024, no ampliándose su periodo de ejecución y dejando, por tanto, sin financiación al correspondiente al curso 2024/2025.
Por todo ello, esta Consejería, a propuesta del Director General de Formación Profesional y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,
RESUELVE
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
La presente resolución tiene por objeto:
1. Autorizar, durante el curso 2024/2025, la continuidad de la financiación, con cargo a los fondos de la Dirección General de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de La Rioja, de las siguientes Aulas de Emprendimiento Profesional implantadas en el curso 2023/2024:
- CEPA Plus Ultra, de Logroño.
- IES Duques de Nájera, de Logroño.
- IES Práxedes Mateo Sagasta, de Logroño.
- IES Celso Díaz, de Arnedo.
- IES Valle del Oja, de Santo Domingo de La Calzada.
- CPCFP La Planilla, de Calahorra.
2. Autorizar, durante el curso 2024/2025, la continuidad de la financiación, con cargo a los fondos de la Dirección General de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de La Rioja, de las siguientes Aulas de Emprendimiento Profesional implantadas en el curso 2022/2023:
- IES Hermanos Delhuyar, de Logroño.
- IES La Laboral, de Lardero.
- IES Virgen de Vico, de Arnedo.
- IES Valle del Cidacos, de Calahorra.
- CPC Los Boscos, de Logroño.
- CPC Sagrado Corazón, de Logroño.
- CPC Paula Montal, de Logroño.
3. Dar por concluida la financiación de las Aulas de Emprendimiento Profesional implantadas en el curso 2021/2022. Estas AEP seguirán contando durante el curso 2024/2025 con los recursos establecidos en el apartado tercero de esta resolución a excepción de los de carácter económico recogidos en el punto 5 del mismo:
- CIPFP Camino de Santiago, de Santo Domingo de la Calzada.
- IES Batalla de Clavijo, de Logroño.
- IES Inventor Cosme García, de Logroño.
4. Mantener durante el curso 2024/2025 los recursos establecidos en el apartado tercero de esta resolución, a excepción de los de carácter económico recogidos en el punto 5 del mismo, a las Aulas de Emprendimiento profesional implantadas en el curso 2020/2021.
- CIPFP de Distancia, de Logroño.
- IES Comercio, de Logroño.
- IES Gonzalo de Berceo, de Alfaro.
- IES Manuel Bartolomé Cossío, de Haro.
- IES Rey Don García, de Nájera.
Segundo. Objetivos.
La implantación de un AEP en los centros educativos estará enfocada a la consecución de los siguientes objetivos:
1. Fomentar el emprendimiento del alumnado a través del desarrollo de las competencias personales y sociales relacionadas, incluyendo la creatividad, la innovación, la búsqueda de oportunidades laborales y empresariales, la iniciativa personal, la perseverancia, la confianza, el aprendizaje a través del error, la resiliencia y las habilidades comunicativas.
2. Impulsar la innovación y el cambio metodológico que promuevan, a través de los propios procesos de enseñanza y aprendizaje, tanto la creatividad del alumnado dentro de sus competencias profesionales, con la elaboración de ideas, proyectos y prototipos comercializables relacionados con el sector profesional en el que se encuentra integrado cada ciclo formativo, como los procesos de selección, búsqueda y elaboración de materiales enfocados a la creación de empleo.
3. Desarrollar en el alumnado el autoconocimiento que le permita comprender, incrementar y redirigir su potencial personal y sus opciones profesionales para afrontar con éxito su incorporación al mundo laboral por medio del autoempleo.
4. Estimular la iniciativa y los valores emprendedores del alumnado, facilitando los instrumentos necesarios para la constitución de microempresas, incluyendo la formación acerca del marco referencial y administrativo y aportando el soporte técnico y el acompañamiento necesarios para la creación de empresas.
5. Generar experiencias para la creación de empresas, a través de un espacio en los centros educativos donde interactúen profesorado, alumnado, alumnado egresado, profesionales del tejido empresarial y agentes de la administración.
6. Crear en los centros educativos viveros de empresas que ofrezcan los espacios físicos para la puesta en marcha de ideas de negocio y el asesoramiento de los responsables de las AEP, al objeto de que se apoyen las necesidades básicas de las nuevas ideas empresariales durante sus primeros estadios de vida permitiendo su despegue y consolidación servicios de infraestructura, apoyo y seguimiento de un plan de negocios.
7. Acercar el tejido empresarial al entorno educativo, favoreciendo la conexión entre el alumnado y el mundo profesional y crear redes de colaboración y alianzas entre centros educativos, empresas, instituciones y organizaciones del entorno comprometidas con el emprendimiento.
8. Organizar y/o participar en ferias de emprendimiento y participar en convocatorias de premios locales, autonómicos o nacionales de proyectos relacionados con el emprendimiento y empresas emergentes (startups).
9. Ofrecer oportunidades de mejora a las empresas del sector profesional en el que se encuentra integrado cada ciclo formativo, especialmente a las pequeñas y medianas empresas, dando respuesta, desde los centros de formación profesional, a los retos tecnológicos, sociales o medioambientales reales del ámbito de actividad de las mismas.
10. Convertir los centros docentes de Formación Profesional en polos tecnológicos de innovación, que constituyan un elemento clave en el impulso para la transformación del tejido productivo del entorno.
Tercero. Recursos.
1. Las AEP se conciben como proyectos de innovación en emprendimiento, que se incorporan al Proyecto Educativo de Centro y serán gestionadas a través de un órgano de coordinación docente propio, de conformidad con el Artículo 7 c) del Decreto 54/2008, de 19 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
2. La persona responsable de la coordinación, implementación y desarrollo del AEP será un/a profesor/a, preferentemente de la especialidad de Formación y Orientación Laboral, que se designará con carácter anual por la Dirección del centro. Dicho/a coordinador/a podrá disponer de 1 hora complementaria semanal de las destinadas a guardias del centro para la dedicación a la coordinación de la AEP, sin perjuicio de que el resto del profesorado del centro pueda participar en las actividades vinculadas a la misma.
3. Además de la persona responsable de la coordinación del AEP, la Dirección de cada centro educativo designará 1 colaborador/a de cada familia profesional implantada en el centro.
4. La participación del profesorado en el PIE Aulas de Emprendimiento durante el curso 2024/2025 será reconocida con la certificación de 50 horas de formación para el/a coordinador/a y de 30 horas para el profesorado colaborador, siempre que se desarrollen las actividades recogidas en el Plan anual de Emprendimiento elaborado por cada AEP.
5. Con carácter extraordinario, cada una de las AEP implantadas en los cursos 2022/2023 y 2023/2024, recibirá una dotación económica de 5.000 euros de la Dirección General de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de la Rioja para el desarrollo de las actividades programadas para el curso 2024/2025 que deberá ser ejecutada en su totalidad antes de la finalización del año natural correspondiente. La gestión de esta cuantía, así como el seguimiento del gasto ejecutado, deberá dar debido cumplimiento a las directrices establecidas por el Servicio de Formación Profesional, relativas a la justificación económica.
6. Aquellas AEP que durante el curso 2023/2024 recibieron dotación económica de 5000 euros del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) deberán justificar el gasto de dicha cuantía antes del 31 de diciembre de 2024. La gestión de esta cuantía, así como el seguimiento del gasto ejecutado, deberá dar debido cumplimiento a las Instrucciones relativas a la justificación económica y técnica del Plan de Modernización de la Formación Profesional año 2023 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en las que se indica que las facturas de dicha justificación deberán tener fecha de gasto anterior al 31 de diciembre de 2024.
Cuarto. Obligaciones en materia de colaboración y difusión.
1. Con el fin de compartir y optimizar la creatividad e innovación surgidas de estas aulas, los centros podrán difundir y publicar, por sus propios medios, incluidos los electrónicos y telemáticos, su intervención en los proyectos, y pondrán a disposición de la administración educativa, por su interés pedagógico y profesional, los recursos educativos creados para el aprendizaje en las AEP.
2. Los centros fomentarán la participación en redes de centros de AEP, con el objetivo de divulgar sus experiencias emprendedoras y sus buenas prácticas y difundirlas entre la comunidad educativa, las instituciones y empresas. Para ello, se podrán celebrar certámenes, concursos, eventos o jornadas y participar en plataformas, así como en competiciones de emprendimiento, incluido el ámbito de las competiciones Skills.
3. Los centros docentes que cuenten con AEP participarán en las plataformas de emprendimiento que se pongan en marcha desde las Administraciones, para la colaboración entre centros docentes, pudiendo generar proyectos intercentros y el intercambio de buenas prácticas.
4. Con carácter anual se podrá celebrar una jornada de difusión del emprendimiento o hackathon con todos los centros docentes que cuenten con AEP, con el objetivo de constituirse como un espacio de intercambio de sinergias entre los equipos participantes.
5. Los centros docentes potenciarán la internacionalización de su AEP, favoreciendo la presentación de los programas desarrollados en la misma a las diferentes convocatorias de proyectos de la Unión Europea.
Quinto. Procedimiento de certificación de horas de formación.
1. Cada AEP elaborará su Plan de Emprendimiento para el curso 2024/2025 que se incorporará a la Programación General Anual. El Plan de Emprendimiento incluirá los objetivos, plan de actividades, coordinador/a de la AEP, profesorado colaborador y descarga horaria del/a coordinador/a si la hubiere, espacio utilizado y evaluación y seguimiento.
2. El centro remitirá el Plan de Emprendimiento anual al Servicio de Formación Profesional antes del 30 de octubre de 2024. La Dirección General de Formación Profesional podrá solicitar las aclaraciones o ampliación de información relativas al citado plan que considere oportunas.
3. Con el fin de poder certificar las horas de formación el/a coordinador de cada AEP remitirá al Servicio de Formación Profesional, antes del 15 de junio de 2025, una memoria, visada por el/a director/a del centro en la que se recojan las actividades realizadas y la participación de cada colaborador en las mismas.
Sexto. Habilitación para la aplicación y ejecución.
1. Se autoriza al titular de la Dirección General de Formación Profesional a dictar las resoluciones e instrucciones que se consideren necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente resolución.
2. Esta resolución será de aplicación al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño a 21 de mayo de 2024.- El Consejero de Educación y Empleo, Alberto Galiana García.