Resolución 53/2024, de 21 de mayo, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se convocan para el ejercicio 2024, subvenciones para estancias formativas en empresas destinadas al profesorado de Formación Profesional del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y de las ayudas correspondientes a los gastos generados por dicha actividad (extracto)
BDNS:762609
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/762609)
Primero. Beneficiarios.
Profesores en activo que impartan docencia en los ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo, de los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja dentro de las modalidades de las estancias de formación en empresas se recogen en el artículo 4 de la Orden 2/2016, de 9 de marzo.
Segundo. Objeto.
Convocar subvenciones para la realización de estancias formativas en empresas, dirigidas al profesorado que desarrolla su labor docente en la Formación Profesional del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de La Rioja durante el año 2024.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden 2/2016, de 9 de marzo, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las estancias formativas en empresas destinadas al profesorado de Formación Profesional del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de La Rioja y de las ayudas correspondientes a los gastos generados por dicha actividad. (Boletín Oficial de La Rioja número 30, de 14 de marzo).
Cuarto. Importe.
La cuantía total de las subvenciones es de 12.000,00 euros. La cuantía económica de la ayuda a percibir por beneficiario estará en función del tipo de estancia y del lugar de realización, estableciéndose los siguientes límites:
a.- Para la modalidad Tipo A, cuando las estancias formativas tengan lugar en la Comunidad Autónoma de La Rioja o en una localidad de una provincia limítrofe cuya distancia no supere los 100 Kilómetros, de su domicilio habitual, se establece una cuantía media máxima de 65 euros por día de estancia en la empresa, y de 1.000 euros para la totalidad de la estancia. En este caso, las ayudas podrán cubrir los gastos de locomoción y dietas, quedando excluidos los gastos de alojamiento.
b.- Para la modalidad Tipo A, cuando las estancias formativas tengan lugar en una localidad de una provincia limítrofe a la Comunidad Autónoma de La Rioja cuya distancia supere los 100 Kilómetros de su domicilio habitual, se establece una cuantía media máxima de 100 euros por día de estancia en la empresa, y de 2.500 euros para la totalidad de la estancia. En este caso, las ayudas podrán cubrir los gastos de locomoción, dietas y gastos de alojamiento.
c.- Para la modalidad Tipo B, cuando las estancias formativas tengan lugar en empresas o instituciones radicadas en el resto del territorio nacional o en el extranjero, se establece una cuantía media máxima de 150 euros por día de estancia en la empresa, y de 3.000 euros para la totalidad de la estancia. En este caso, las ayudas podrán cubrir los gastos de locomoción, dietas y gastos de alojamiento.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.
Sexto. Otros datos de interés.
- Solicitudes: vía telemática (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=11407)
- Documentación: la prevista en el apartado cuarto de la resolución de convocatoria.
- Forma de pago: El abono se realizará en un único pago una vez finalizada la estancia formativa en la empresa y previa la presentación de la documentación justificativa prevista en el apartado octavo de la convocatoria.
- Plazo de justificación: Según lo previsto en el apartado noveno de la convocatoria la fecha límite para presentar la anterior documentación justificativa es el 25 de octubre de 2024, incluido.
Logroño a 21 de mayo de 2024.- El Consejero de Educación y Empleo, Alberto Galiana García.