Resolución 476/2024, de 7 de mayo, del Rector de la Universidad de La Rioja, por la que se anuncia la convocatoria ayudas a la movilidad predoctoral para la realización de estancias breves en centros de I+D+i de España y el extranjero (extracto)

BDNS: 759943

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/759943)

Primero. Beneficiarios.

Beneficiarios en activo de un contrato o de una ayuda predoctoral para la formación de personal investigador de la Universidad de La Rioja, financiados por la Universidad de La Rioja o por la Comunidad Autónoma de La Rioja o por la Asociación Española Contra el Cáncer.

Asimismo, podrán ser solicitantes de estas ayudas los beneficiarios en un contrato del periodo de orientación postdoctoral (POP)del plan propio de la Universidad de La Rioja.

Segundo. Objeto.

Ayudas a la movilidad predoctoral para la realización de estancias breves en centros de I+D+i de España y el extranjero.

Tercero. Bases reguladoras.

Resolución número 498/2020, de 17 de junio, del Rector en funciones de la Universidad de La Rioja, por la que se ordena la publicación de las bases reguladoras de la Universidad de La Rioja para las convocatorias de ayudas a la movilidad predoctoral para la realización de estancias breves en centros de I+D de España y el extranjero.

El texto íntegro de la Resolución de esta convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web de la UR: (https://www.unirioja.es/administracion-y-servicios/servicio-de-gestion-de-la-investigacion/predoctoral-car-ur/)

Cuarto. Cuantía.

La financiación de esta convocatoria se efectuará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 03.14.01 500I 481.03 , 03.14.02.02 500I 481.03 y 03.30.04 500I 641.51del presupuesto de gastos para 2023, siendo de un presupuesto total de 80.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Otros datos.

Las solicitudes deberán presentarse mediante las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, las solicitudes se podrán presentar en el Registro Electrónico de la Universidad de La Rioja a través del procedimiento de Instancia General (https://sede.unirioja.es/portal/procedimientos/instancia-general) de la Sede Electrónica en el que se adjuntará la documentación señalada en la convocatoria.

Los impresos de solicitud, que se encontrarán disponibles en la página web de la Universidad (http://www.unirioja.es/plan_propio), se dirigirán debidamente cumplimentados en todos sus apartados al Vicerrectorado de Investigación e Internacionalización.

A la solicitud se acompañarán, debidamente cumplimentados, los siguientes documentos:

a) Justificante de la inscripción on-line en el Programa "Santander Investigación" a través del enlace web: (www.becas-santander.com).

b) Documento que acredite la admisión en el centro de destino.

c) Documento que certifique el dominio del idioma de trabajo del centro extranjero, en su caso.

d) Autorización original firmada de comisión de servicios. De acuerdo con el artículo 4 del Reglamento regulador de las indemnizaciones por razón del servicio de los presupuestos de La Universidad de La Rioja, la firma de la autorización del gasto le corresponde al Vicerrector de Investigación e Internacionalización y la autorización de la orden de comisión si es superior a 1 mes dentro del territorio nacional y a 3 meses en el extranjero la firmará el Rector de la Universidad de La Rioja y si es inferior a 1 mes dentro del territorio nacional y a 3 meses en el extranjero la firmará el Vicerrector con competencias en materia de investigación e internacionalización.

e) Escrito de un máximo de 300 palabras, con el objetivo de la estancia.

f) Informe del director/codirector de tesis sobre la adecuación de la estancia al plan de formación para el que fue concedida la ayuda.

g) Presupuesto aproximado del viaje a realizar.

h) Méritos. Documentación acreditativa de los méritos alegados que figuren en la solicitud, el interesado deberá adjuntar una declaración responsable sobre la autenticidad de los mismos, sin perjuicio de que en cualquier momento la Comisión de Investigación o la Universidad pueda requerirle que acredite la veracidad de los mismos.

i) En el caso de que la estancia solicitada la utilice para la mención de doctoral internacional deberá presentar la solicitud o autorización a la Comisión Académmica de Doctorado.

Los méritos alegados en la solicitud que dentro del plazo de presentación de solicitudes no hayan sido justificados debidamente no serán tenidos en cuenta para la resolución de la convocatoria.

Logroño a 7 de mayo de 2024.- El Rector, Juan Carlos Ayala Calvo.

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