Resolución 478/2024, de 8 de mayo, del Rector de la Universidad de La Rioja, por la que se ordena la publicación de la modificación parcial de la relación de puestos de trabajo del personal técnico, de gestión y de administración y servicios
En sesión celebrada el 24 de abril de 2024 el Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja, a propuesta del Rector, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de los Estatutos de la Universidad de La Rioja, ha aprobado la modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo del Personal técnico de gestión y de administración y servicios de la Universidad de La Rioja, publicada por Resolución rectoral número 987/2012, de 26 de julio (Boletín Oficial de La Rioja de 1 de agosto de 2012).
Esta modificación ha sido previamente negociada con las organizaciones sindicales, de conformidad con lo disputo en el Capítulo IV del título III Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Por ello, este Rectorado, en uso de las atribuciones que tiene conferidas por los Estatutos de la Universidad, ha resuelto ordenar la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, del Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se lleva a cabo esta modificación.
Esta modificación entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño a 8 de mayo de 2024.- El Rector, Juan Carlos Ayala Calvo.
Acuerdo de 24 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja, de modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo del personal técnico, de gestión y de administración y servicios
Sin perjuicio de una revisión más amplia a realizar en un momento posterior, se hace precisa una modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo del personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios.
Se pretende una modificación sin coste económico en relación con el procedimiento de cobertura del puesto de Jefe/a de Servicio de Gestión de la Investigación.
Conforme a la Ley 9/2023, de 5 de mayo, de función pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, podrán proveerse por este sistema los puestos que por la índole de su responsabilidad se determinen en las relaciones de puestos de trabajo, y en todo caso los puestos de trabajo de jefatura de servicio o equivalente de especial responsabilidad o confianza para los que, de forma motivada, así se determine en la relación de puestos de trabajo.
Son funciones de la Jefatura de Servicio planificar, organizar, controlar y orientar las distintas áreas de trabajo en que se estructura el Servicio, así como planificar y supervisar la gestión administrativa del mismo. Corresponden igualmente a la Jefatura de Servicio funciones de coordinación de las actuaciones que le son propias con el resto de unidades y servicios.
Asume la jefatura del personal adscrito al Servicio, velando por el cumplimiento por parte de aquellos de las disposiciones aplicables y atiende las necesidades puntuales que se planteen en las distintas Secciones o unidades del servicio redistribuyendo, si fuera necesario el personal adscrito al Servicio.
Le corresponde elaborar, en coordinación con la Gerencia, normas internas o instrucciones de funcionamiento sobre materias competencia del Servicio, elaborar los informes, memorias y estudios que les sean solicitados y recopilar y mantener actualizadas las disposiciones legales y normas relacionadas con las materias de su Servicio, así como transmitirlas entre su personal.
Estas funciones requieren de una especial responsabilidad, y están referidas al estrato más alto de la estructura administrativa de la Universidad, por lo que se considera que su provisión debe ser por el procedimiento de libre designación, en el que se valora la idoneidad de las personas candidatas en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.
Situación actual:
Código | Puesto | Denominación del puesto | Dot. | TP | FP | Tipo | Subgrupo | Nivel | Jornada | Comp. esp. | Escala /s | Excl. | Requisitos |
GERENCIA | |||||||||||||
ÁREA ECONÓMICA Y DE LA INVESTIGACIÓN | |||||||||||||
SERVICIO DE GESTIÓN DE LA INVESTIGACIÓN | |||||||||||||
9503 | 302 | Jefe/a del Servicio de Gestión de la Investigación | 1 | S | C | F | A1/A2 | 26 | ED | 25.411,44 | AG | EX.11 |
Nueva RPT:
Código | Puesto | Denominación del puesto | Dot. | TP | FP | Tipo | Subgrupo | Nivel | Jornada | Comp. esp. | Escala /s | Excl. | Requisitos |
GERENCIA | |||||||||||||
ÁREA ECONÓMICA Y DE LA INVESTIGACIÓN | |||||||||||||
SERVICIO DE GESTIÓN DE LA INVESTIGACIÓN | |||||||||||||
9503 | 302 | Jefe/a del Servicio de Gestión de la Investigación | 1 | S | LD | F | A1/A2 | 26 | ED | 25.411,44 | AG | EX.11 |