Notificación de resolución infructuosa
Habiendo sido infructuosos los intentos de notificación personal a José Ramón Martínez Arce, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, de la ley 39/2015, de 1 de octubre, por medio de la presente, se notifica:
Primero. Que por Resolución de Alcaldía de fecha 16 de febrero de 2024 se constata la ausencia de alegaciones relativas al expediente abierto por violación de la ordenanza de protección de casco antiguo y artículo 9 del plan general municipal; se confirma la sanción máxima que asciende a 750 euros y se resuelve iniciar expediente de ejecución subsidiaria.
Segundo. Que por Resolución de Alcaldía de fecha 18 de febrero de 2024 se constata la ausencia de alegaciones relativas al expediente abierto por violación de ordenanza reguladora de tráfico en casco urbano y se confirma la sanción máxima, que asciende a 1.500 euros.
Estas Resoluciones tendrán carácter definitivo en vía administrativa. Se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano que las ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta notificación. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, en su caso, o bien directamente contra esta resolución se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los juzgados contencioso administrativos de Logroño, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta notificación. En caso de que la desestimación del recurso de reposición se produjese por silencio administrativo, el plazo para la interposición del recurso contencioso administrativo será de seis meses a contar desde el día siguiente al día en que el referido recurso de reposición se entienda desestimado.
Cuzcurrita de Río Tirón a 22 de abril de 2024.- El Alcalde-Presidente, Román Urrecho Junquera.