Resolución 236/2024, de 9 de abril, de la Dirección General de Desarrollo Rural, complementaria a la Resolución de concesión, ampliando el plazo de presentación de solicitud de pago de la primera anualidad (ejercicio 2024) de la convocatoria 2023 de la intervención "Inversiones" de la ISV 24-27

Hechos:

Primero. Resolución 21/2024, de 10 de enero, de la Dirección General de Desarrollo Rural, de concesión, relativa a la convocatoria pública 2023 aprobada mediante Orden ATP/14/2023, de 19 de marzo, por la que se dictan las bases reguladoras para la solicitud de ayudas destinadas a inversiones dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola Español (ISV) 2024-2027 en la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 9 de 12 de enero de 2024), estableciendo el plazo máximo para la presentación de la solicitud de pago para los expedientes con cargo al ejercicio FEAGA 2024, las 14:00 h del 30 de abril de 2024.

Segundo. Orden APA/165/2024, de 22 de febrero, por la que se modifica el plazo de justificación y solicitud de pago para la primera anualidad de la primera convocatoria de la intervención de inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, contenida dentro de la intervención sectorial vitivinícola, en aplicación de la disposición final segunda del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la intervención sectorial vitivinícola 2024-2027 en el marco del plan estratégico de la política agrícola común.

Tercero. Circular número 1/2024 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente de fecha 8 de abril de 2024, por la que se establecen criterios para definir el plazo de justificación de la ayuda correspondiente a la intervención de realización de inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, en el marco de la intervención Sectorial del Sector Vitivinícola Español (ISV) 2024-2027.

Cuarto. Informe propuesta del Centro Gestor de ampliación de plazo de solicitud de pago de fecha 9 de abril de 2024, en los siguientes términos:

''Con fecha 30 de octubre de 2023, la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural acordó, según lo previsto en el artículo 26.2 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, la distribución de fondos entre las comunidades autónomas correspondiente a la citada primera convocatoria.

Tras el oportuno traslado de las procedentes resoluciones a los beneficiarios por parte de los órganos competentes de las comunidades autónomas, algunos beneficiarios han comunicado a las autoridades competentes la dificultad de poder satisfacer en plazo la primera justificación y solicitud de pago, correspondiente al ejercicio financiero 2024, considerando la desviación de la fecha de comunicación de la concesión, respecto a lo inicialmente previsto.

La disposición final segunda del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para modificar las fechas y plazos que se establecen en el referido Real Decreto por motivos de urgencia debidamente justificados o de adecuación a la normativa europea, habilitación en virtud de la cual se aprueba la presente Orden.

Por ello, la Orden APA/165/2024, de 22 de febrero tiene como objeto la ampliación del plazo de justificación y solicitud de pago establecido en el artículo 29.2 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, y en consecuencia el artículo 17.2 de la Orden ATP 14/2023, de 19 de marzo, en lo correspondiente al primer ejercicio financiero de la primera convocatoria de la medida de inversiones de la Intervención Sectorial Vitivinícola 2024-2027''.



Fundamento de derecho:

Primero. Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la Política Agrícola Común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) número 1305/2013 y (UE) número 1307/2013, contempla en su artículo 57 y siguientes los tipos de intervenciones a realizar en el sector vitivinícola y la ayuda financiera de la Unión para esta intervención.

Segundo. Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola 2024-2027 en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, tiene por objeto establecer la normativa básica aplicable a las intervenciones recogidas en la Intervención Sectorial Vitivinícola, contenida dentro del Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PAC) del Reino de España 2023-2027, que incluye, entre otras, a la intervención de realización de inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización.

Tercero. Orden ATP/14/2023, de 19 de marzo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, por la que se dictan las bases reguladoras para la solicitud de ayudas de la Intervención Inversiones dentro de la Intervención Sectorial del Sector Vitivinícola Español (ISV) 2024-2027 en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Cuarto. Orden APA/165/2024, de 22 de febrero, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Quinto. Resolución 34/2023, de 17 de julio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, sobre delegación de competencias de esta Consejería.

Sexto. Decreto 56/2023, de 14 de julio, modificado por Decreto 157/2023, de 21 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

El Director General de Desarrollo Rural, en virtud de las funciones atribuidas por la Resolución número 34/2023, de 17 de julio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVE

Modificar la Resolución 21/2024, de 10 de enero, de la Dirección General de Desarrollo Rural, de concesión, relativa a la convocatoria pública 2023 aprobada mediante Orden ATP/14/2023, de 19 de marzo, por la que se dictan las bases reguladoras para la solicitud de ayudas destinadas a inversiones dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola Español (ISV) 2024-2027 en la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 9 de 12 de enero de 2024), ampliando el plazo de justificación y solicitud del pago al que se refiere el apartado 2 del artículo 17 de la Orden ATP 14/2023, de 19 de marzo, hasta el 31 de mayo de 2024 para las solicitudes de ayuda presentadas desde su entrada en vigor hasta el 1 de abril de 2023.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición potestativo, ante la Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el artículo 9.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con el artículo 46 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Transcurrido el plazo de interposición del recurso de reposición únicamente podrá interponerse recurso contencioso administrativo.

Logroño a 9 de abril de 2024.- El Director General de Desarrollo Rural, David Martín Civera.

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