Resolución de Alcaldía de 6 de marzo de 2024, modificando la composición del tribunal calificador en el proceso selectivo convocado para la provisión en propiedad de dos plazas de auxiliar administrativo, en régimen de estabilización de empleo temporal

Con fecha 6 de marzo de 2024 por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villamediana de Iregua se ha dictado la siguiente resolución:

1. Vista la Resolución de Alcaldía de fecha 22 de diciembre de 2022 por la que se aprueban las bases que rigen la convocatoria del proceso selectivo para la selección y provisión en propiedad de dos plazas de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Villamediana de Iregua, bajo el régimen de estabilización de empleo temporal (puestos número 8 y 9 de la RPT), encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar (Grupo C, Subgrupo C2), por el procedimiento de concurso (Boletín Oficial de La Rioja número 247, de 27 de diciembre de 2022, con corrección de errores en el número 249 de fecha 29 de diciembre de 2022)

2. Visto que por Resolución de Alcaldía de fecha 24 de febrero de 2023, se procede al nombramiento del Tribunal Calificador de las citadas pruebas (Boletín Oficial de La Rioja número 41, de 28 de febrero de 2023).

3. Que, debido a circunstancias sobrevenidas derivadas de la organización de esta Administración, hacen necesario modificar la composición del mencionado Tribunal Calificador.

Por ello, de acuerdo con las Bases que rige este proceso selectivo (4.3 y 5.1), y en uso las facultades que legalmente me han sido encomendadas por el artículo 21.1 g) y s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, por la presente,

RESUELVO

Primero. Modificar la Composición del Tribunal Calificador referenciado en el expositivo 2 quedando como se indica a continuación:

Baja: Vocal titular: Águeda Bello Valdés.

Alta: Vocal titular: Fernando Peña Diaz.

Segundo. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja, Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en la página web municipal (https://villamedianadeiregua.sedelectronica.es/info.0)

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponerse recurso de reposición ante esta alcaldía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que hubiera recibido resolución a éste, se deberá entender desestimado y se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de La Rioja, en el plazo de seis meses. Si se recibe la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de La Rioja, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo contra esta resolución ante el órgano judicial y en el plazo señalado en el párrafo anterior.

Villamediana de Iregua a 6 de marzo de 2024.- El Alcalde-Presidente, Rubén Gutiérrez Ruiz.

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