Resolución 394/2024, de 20 de febrero, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone la publicación del resumen de la Adenda de modificación al Convenio entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y la Universidad de La Rioja para el desarrollo de prácticas académicas externas en las unidades del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja
De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.
Logroño a 20 de febrero de 2024.- La Jefa de Servicio de Secretariado de Gobierno y Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno (Por Resolución 894/2023, de 20 de julio, de la SGT), Begoña Sáinz Martínez.
Número de Registro: 2024/0217.
Resumen de la Adenda de modificación al Convenio entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y la Universidad de La Rioja para el desarrollo de prácticas académicas externas en las unidades del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Fecha de suscripción: 1 de febrero de 2024.
Sujetos que lo suscriben:
Gobierno de La Rioja: Alfonso Dominguez Simón - Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno.
Universidad de La Rioja: Juan Carlos Ayala Calvo - Rector Magnífico.
Objeto del convenio: Modificar el Convenio suscrito con fecha 27 de septiembre de 2021 entre la Comunidad Autónoma de la Rioja, a través de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y la Universidad de La Rioja dando una nueva redacción a sus cláusulas para regular la adecuación al nuevo marco legal establecido en los antecedentes de esta adenda.
Vigencia: La presente Adenda entrará en vigor el día de su firma, sin que pueda surtir efectos antes del 1 de enero de 2024 y tendrá la vigencia que determine el Convenio al que modifica.
Prórrogas: Siguiendo respecto de su prórroga, las normas de vigencia del Convenio.