Resolución 101/2024, de 23 de enero, del Rector de la Universidad de La Rioja, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de 8 puestos de trabajo de personal funcionario de administración y servicios

Con el fin de atender la necesidad de cubrir varios puestos de personal de administración y servicios, de conformidad con lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad de La Rioja, aprobados por acuerdo del Consejo de Gobierno de La Rioja de 25 de marzo de 2004 (Boletín Oficial de La Rioja de 11 de mayo) según la redacción dada por la última modificación aprobada en Consejo de Gobierno de La Rioja de 28 de diciembre de 2017 (Boletín Oficial de La Rioja de 24 de enero de 2018), este Rectorado, en uso de las competencias que le son atribuidas por el artículo 53 de la misma norma, acuerda convocar concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo de personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de La Rioja, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales.

1.1. Se convoca concurso de traslados para la provisión de ocho puestos de trabajo de personal funcionario de administración y servicios que se detallan en el Anexo I de esta resolución.

1.2. Al presente concurso le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, en cuanto no se opongan al mencionado Real Decreto Legislativo 5/2015; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los Estatutos de la propia Universidad, el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios Funcionario de la Universidad de La Rioja, aprobado por el Consejo de Gobierno de 21 de marzo de 2017, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Podrán ser admitidos en el presente concurso, los funcionarios de carrera que cumplan los requisitos siguientes:

a) Que pertenezcan a la Escala Auxiliar de Administración de la Universidad de La Rioja, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto la de suspensión firme de funciones, o que pertenezcan a Cuerpos y Escalas de otras Administraciones Públicas en servicio activo y con destino definitivo en la Universidad de La Rioja. En este último caso se exigirá que dichas escalas sean asimilables a la Escala Auxiliar de Administración.

b) Que ocupen un puesto con idéntico nivel de complemento de destino al de las plazas relacionadas en el Anexo I.

2.2. No podrán participar en este concurso los funcionarios que hayan tomado posesión en el último destino obtenido por concurso o libre designación, sin haber trascurrido dos años desde la misma.

2.3. Los funcionarios de carrera que se encuentren en adscripción provisional tendrán la obligación de participar en el presente concurso si entre las plazas convocadas se encuentra la que ocupan en la citada forma de provisión.

2.4. Los requisitos establecidos en esta base serán acreditados mediante certificación expedida de oficio por la Universidad de La Rioja.

2.5. De conformidad con el Convenio de Movilidad del Personal de Administración y Servicios del Grupo 9 de Universidades, firmado el 11 de mayo de 2007, podrán participar en la presente convocatoria, siempre que reúnan los mismos requisitos exigidos a los funcionarios de la Universidad de La Rioja, los funcionarios de carrera con destino definitivo en una de las universidades siguientes: Cantabria, Extremadura, Islas Baleares, Oviedo, Pública de Navarra y Zaragoza. En este caso los requisitos deberán ser acreditados por los aspirantes.

2.6. Todos los requisitos establecidos en esta base y los méritos alegados en el concurso deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.

3.1. Las solicitudes para participar en el concurso de traslados se realizarán en la Sede electrónica de la Universidad de La Rioja (https://sede.unirioja.es) a través del procedimiento 'Concurso de méritos del PAS'.

3.2. Se deberán indicar todas las plazas solicitadas, con el orden de preferencia de las mismas, en una única solicitud acompañada de la siguiente documentación:

a) Impreso normalizado de la 'Relación de plazas solicitadas', obtenido en la propia Sede o en la dirección web: (https://www.unirioja.es/pas-impresos)

b) Acreditación de aquellos méritos valorables que no obren en el expediente personal del aspirante.

3.3. La información necesaria para aplicar los criterios de adjudicación será incorporada de oficio al proceso con los datos obrantes en los archivos de la Universidad de La Rioja respecto de sus empleados. No obstante, los interesados podrán descargar su Hoja de Servicios, disponible en el Catálogo de procedimientos de la Sede Electrónica, que contiene los datos que van a ser incorporados con el fin de que, tras su comprobación, se puedan aportar, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, aquellos méritos que no estén incluidos.

3.4. A la solicitud realizada por medios electrónicos se podrá acompañar, en su caso, la documentación justificativa de aquellos méritos no incluidos en la 'Hoja de Servicios'.

3.5. El plazo de presentación será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

3.6. No se admitirán solicitudes de renuncia fuera del plazo de presentación de solicitudes.

3.7. La solicitud de los funcionarios citados en la base 2.5. se formulará en el mismo plazo establecido en la base 3.5 de la presente convocatoria y su valoración estará condicionada a la no cobertura en una primera fase de los puestos convocados.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de La Rioja dictará una resolución haciendo pública la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación del motivo de la exclusión, en su caso. Dicha resolución, con expresión de todos los candidatos admitidos y excluidos, se publicará en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad de La Rioja.

4.2. Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen el defecto determinante de la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso de provisión.

4.3. Transcurrido el plazo de subsanación, o resueltas las actuaciones, el Rector dictará una resolución aprobando las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad de La Rioja. Contra esta resolución se podrá interponer recurso en los términos previstos en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5. Comisión de Valoración.

5.1. Los méritos serán valorados por una Comisión formada por los miembros que figuran en el Anexo II de la presente resolución.

5.2. Los miembros de la Comisión de Valoración deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El Presidente podrá solicitar de los miembros de la Comisión de Valoración declaración expresa de no hallarse en las circunstancias previstas en el citado artículo. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión de Valoración cuando concurra alguna de dichas circunstancias.

5.3. Las Comisiones de Valoración podrán solicitar la designación de expertos que, en calidad de asesores, actuarán con voz, pero sin voto.

6. Criterios de adjudicación.

6.1. Como criterio de adjudicación se tendrá en cuenta exclusivamente la antigüedad en la Escala Auxiliar de Administración de la Universidad de La Rioja, o escalas asimilables de otras administraciones públicas, y en caso de empate el orden de prelación obtenido en el acceso a dichas escalas.

6.2. Corresponde a la Comisión de Valoración interpretar y valorar la documentación justificativa de los indicados criterios.

6.3. A aquellos solicitantes que hayan sido designados en comisión de servicios, adscripción provisional o atribución temporal de funciones, se les considerarán, a efectos de aplicación de los criterios de adjudicación, los puestos realmente desempeñados.

6.4. Los méritos alegados que no hayan sido justificados documentalmente dentro del plazo de presentación de solicitudes no serán tenidos en cuenta para la resolución del concurso.

7. Adjudicación del puesto.

7.1. El concurso de traslados se resolverá en dos fases:

Primera Fase: Por aplicación de los criterios indicados en la base 6 correspondientes a los aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en la base 2.1 de la presente resolución y se adjudicarán los puestos entre éstos.

Segunda Fase: Si algún puesto resulta vacante tras la primera fase, se aplicarán los citados criterios a los aspirantes procedentes de las universidades citadas en la base 2.5 de la presente resolución y se podrán adjudicar los puestos entre éstos.

7.2. La adjudicación de los puestos vendrá dada por el orden de prioridad solicitado y de acuerdo a los criterios establecidos en la base 6. La Comisión de Valoración elevará al Rector la correspondiente propuesta para la adjudicación de los puestos, que deberá recaer sobre el candidato o candidata que posea mayor antigüedad valorada.

8. Resolución del concurso.

8.1. La Comisión de Valoración publicará la propuesta provisional de adjudicación de los puestos en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad de La Rioja. Los interesados podrán formular reclamaciones en el plazo de cinco días hábiles a partir del día siguiente a su publicación.

8.2. La Comisión de Valoración resolverá, en su caso, las reclamaciones presentadas y elevará la propuesta definitiva, remitiéndose al Rector para la resolución definitiva del concurso.

8.3. El puesto adjudicado será irrenunciable, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.

8.4. La toma de posesión del destino obtenido tendrá lugar en la fecha señalada por la Gerencia de la Universidad de La Rioja, sin exceder del plazo de un mes desde la publicación de la resolución definitiva, pudiendo prorrogarse excepcionalmente por circunstancias organizativas y del servicio hasta el plazo máximo de tres meses.

9. Norma final.

9.1 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de la Comisión de Valoración, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

9.2. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Logroño en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

No obstante, puede optarse por interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de La Rioja, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja, en cuyo caso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 23 de enero de 2024.- El Rector, Juan Carlos Ayala Calvo.




ANEXO I

Puestos convocados


     Cód. Puesto   Nivel  
Jorn. CE (*) Unidad
  126.900 Auxiliar Administrativo 16 E1   8.801,40  
Servicio de Relaciones Institucionales y Comunicación
  9116.900 Auxiliar Administrativo 16 O 7.653,48 Servicio de Personal
  9522.900 Auxiliar Administrativo 16 O 7.653,48 Servicio de Gestión de la Investigación
  9523.900 Auxiliar Administrativo 16 O 7.653,48 Servicio de Gestión de la Investigación
  9630.900 Auxiliar Administrativo 16 OE 9.566,76 Servicio de la Oficina del Estudiante
  9636.900 Auxiliar Administrativo 16 O 7.653,48 Servicio de Gestión Académica (Grado)
  9806.900 Auxiliar Administrativo 16 O 7.653,48 Servicio de Actividades Deportivas
  9916.900 Auxiliar Administrativo 16 O 7.653,48 Servicio de la Oficina del Estudiante

(*) Complemento específico referido a doce mensualidades.




ANEXO II

Comisión de valoración

Titulares:

Presidente: Carlos Mayoral Hernández.

Vocal: María del Prado Díaz Encabo.

Vocal: Francisco Javier Ruiz Tola.

Vocal: Adoración Cabrerizo Cristóbal.

Vocal: Ana María Gómez Rodríguez.

Secretario: Jesús Expósito Rodríguez.

Suplentes:

Presidente: Fernando Goded Herrero.

Vocal: Eugenio Sáenz de Santa María Cabredo.

Vocal: Valentín Caro Martínez.

Vocal: María Paz Jiménez Fraile.

Vocal: Pilar Esther Ovejas Acha.

Secretaria: Elena Blanco Elizondo.

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