Delegacion de funciones para la celebración de matrimonio civil
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Por esta Alcaldía mediante Resolución del día 15 de enero de 2024 y en uso de las atribuciones concedidas por el artículo 43.3 del real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, ha resuelto delegar la atribución que le confiere el artículo 51 del Código Civil con referencia a la autorización de matrimonio civil al Concejal Samuel Ochagavía Pascual para la celebración del matrimonio civil que tendrá lugar el día 14 de febrero de 2024, expediente número 15/2023.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del citado Reglamento.
Albelda de Iregua a 17 de enero de 2024.- El Alcalde-Presidente, Sergio Ochagavía Ansótegui.